ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CUESTIONARIO CICLO DE LA VIDA DEL CONTRIBUYENTE


Enviado por   •  2 de Mayo de 2015  •  1.256 Palabras (6 Páginas)  •  345 Visitas

Página 1 de 6

CUESTIONARIO DE CICLO DE VIDA DEL CONTRIBUYENTE

1.- ¿Qué debe entenderse por Inicio de Actividades?

• Es una celebración que se hace frente al Servicio de Impuesto Interno, para el comienzo de cualquier negocio o labor para producir rentas.

2.- ¿Quién puede presentar el Formulario 4415 de Inscripción al Rut y aviso de Inicio de Actividades y dónde se debe realizar este trámite?

• El contribuyente, el o los representantes del negocio, sociedad o labor.

• Se debe realizar en las oficinas del servicio de impuesto interno.

3.- ¿Quién debe firmar el Formulario 4415 de Inscripción al Rut y aviso de Inicio de Actividades?

• El formulario lo debe firmar el contribuyente, el o los representantes o bien una persona con poder notarial.

4.- ¿Se puede efectuar Inicio de Actividades y obtener el Rut al mismo tiempo?

• Si, cuando se da aviso de inicio de actividades, se recomienda obtener el Rut en el mismo momento.

5.- ¿Quiénes son Personas Naturales y Personas Jurídicas para los efectos de dar aviso de Inicio de Actividades?

• Persona Natural: Todo individuo de la especie humana cualquiera sea su edad, sexo o condición.

• Persona Jurídica: Persona ficticia, que sea capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, debe ser representada jurídicamente.

6.- ¿Una Persona Jurídica constituida en conformidad a la Ley, puede dar aviso de Inicio de Actividades con posterioridad al plazo de 2 meses siguientes a su constitución?

• Si, la persona jurídica puede dar el aviso de inicio de actividades a los 2 meses después de su constitución, debe cumplir requisitos de este tramite tributario.

7.- ¿Quién puede solicitar el Rol Único Tributario (RUT)?

• La solicitud se realiza automáticamente cuando el contribuyente constituye la sociedad en el sitio web del Registro.

8.- Si constituí una sociedad a través del Registro, ¿Cómo consigo mi cédula RUT?

• Al momento de constituir la sociedad en el registro, se puede imprimir el comprobante provisorio de la cédula rut. Luego de 30 días de emitido el comprobante, el representante debe incurrir al SII que corresponde al domicilio tributario que incida la constitución para el retiro de la cédula.

9.- ¿Dónde realizar el Inicio de actividades?

• Cuando se constituye la sociedad y se obtiene el Rut, se abre una pantalla la cual se debe ingresar con una clave secreta y así poder solicitar el inicio de actividades.

10.- Mi sociedad fue constituída en el RES y el SII me asignó un RUT, pero no inicié actividades inmediatamente, ¿Cómo puedo dar aviso?

• El aviso de inicio de actividades se puede dar en el sitio web del SII, contando con la clave secreta.

11.- ¿Todas las modificaciones se deben realizar en el Servicio?

• No, hay modificaciones que se hacen solo en el servicio como el cambio de domicilio, modificación del giro, pero hay otras modificaciones que se deben hacer solo en el registro como por ejemplo el cambio de razón social, cambio de socios o accionistas, cambios de ingreso, etc.

12.- ¿Debo informar al SII si efectúo trámites de Saneamiento, Rectificación de Errores u Omisiones en el Registro de empresas y sociedades? Si requiero disolver una sociedad, ¿A quién debo informar primero, al Registro o al Servicio?

• No, se debe informar en la web del registro, ya que la información es automática.

• Si se requiere disolver una sociedad, se debe acudir al SII que corresponde al domicilio tributario para solicitar el termino del giro, luego se puede requerir la disolución en el registro.

13.- ¿Qué modificaciones debo informar al SII? y ¿Cómo?

• Cambio de domicilio, modificaciones de la actividad o giro, apertura cambio o cierre de sucursal, modificación de

14.- Para las modificaciones que deben ser informadas al SII ¿Cuál es el plazo para dar aviso?

• Se debe dar aviso de la modificación en un plazo de 15 días hábiles.

15.- Al realizar una disminución de Capital, ¿Debo dar aviso al SII?

• No, luego de ser informada al registro, este automáticamente le dará aviso al SII.

16.- Si realizo una modificación que implique una transformación o fusión de una sociedad en el portal web del Registro, ¿Debo realizar algún trámite en el SII?

• Se deberá presentar el formulario 3239.

17.- ¿Existe alguna modificación que no deba ser informada al SII?

• Si, las que deben ser informada al registro como: cambio de razón social o nombre de fantasía, ingreso, cambio de socios o accionistas, nuevos aportes al capital,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com