Caso Molex - Harvard
Enviado por Daniela Ordoñez Delgado • 3 de Febrero de 2022 • Trabajo • 1.909 Palabras (8 Páginas) • 1.570 Visitas
Daniela Ordoñez Delgado Mayo 26 de 2020
Pontificia Universidad Javeriana
Especialización en Gerencia financiera – Reporte y análisis de información financiera
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Caso Harvard: MOLEX
Las acciones de la dirección de MOLEX
Después de analizar el caso MOLEX, expuesto en la lectura, encontramos actuaciones cuestionables de parte de los directivos de la empresa, en cuanto a un error en el reporte de información financiera y contable. Este error favorecía a la compañía en cuanto a que hacía que los inventarios y las utilidades fueran sobrevalorados.
La empresa argumentaba la no materialidad del error, al ser cuestionados por no revelar la información al recibirla a la firma de auditoría. La materialidad, definida por XXX existe cuando la información puede influenciar la decisión de usuarios que consuman la información contenida en los estados financieros (International Accounting, Auditing And Ethics Audit And Assurance Faculty,2017).
La situación en la bolsa de Molex se había visto afectada por circunstancias recientes. La empresa estaba en recuperación después de varios periodos de caída en la demanda de sus productos. Teniendo esto en cuenta, es totalmente cuestionable el no reporte del error en inventarios a su auditora. Si en proceso de recuperación se daba a conocer la información, esto podría resultar en otra disminución en el valor de la empresa en la bolsa. El monto en cuestión era 8 millones de dólares, pero la no materialidad de este error contable fue confirmada por la firma de auditoría Deloitte and Touche; esta decisión puede ser argumentada teniendo en cuenta los 175,9 millones de dólares de beneficio neto en el año del ajuste. Esto hizo que el error no fuera señalado en la información revelada en los estados financieros
Al revisar el caso, la acción cuestionable cometida por MOLEX es la no mención del error para el cierre financiero a su firma auditora, ya que la misma firma determinó que esto no afectaría la toma de decisiones de usuarios financieros de la empresa, es decir, confirmó la no materialidad. Esta omisión termina siendo cuestionable porque la materialidad debe ser definida por el auditor, que vela por los intereses de los inversores, de la mano con la PCAOB, de acuerdo con la Ley Sarbannes Oxley, quienes garantizan minimizar el Audit risk en los estados financieros (Kenton, 2020). Por el otro lado, puede decirse que la empresa vela por sí misma al tomar decisiones.
Ante el caso expuesto en la lectura realizada, la junta directiva de Molex se enfrentaba a 2 opciones: 1. Ceder a las peticiones de Deloitte and Touche 2. Ignorar sus peticiones y, posiblemente, contratar nuevos auditores, ya fuera por la renuncia de los actuales o por su despido. Para analizar el curso de acción más favorable para la compañía, se debe partir de la postura de la otra parte involucrada.
Deloitte and Touche
Si encontramos una única acción cuestionable, la pregunta que surge es ¿tiene base argumental la petición de la firma firma de destituir a dos de los directivos? Para entender las peticiones de la firma Deloitte and Touche, debe tenerse en cuenta que su posición viene después de los escándalos contables mencionados en el caso. Disminuir el Audit risk objetivo de la PCAOB, quién puede sancionar a Deloitte and Touche, es decir que se minimicen las posibilidades de tener información materialmente incorrecta en los estados financieros que la firma audita (Tuovila, 2019).
Este escándalo sucedido en Estados Unidos pone a las firmas auditoras en una situación delicada, comparable a la situación enfrentada por ellas ante el inicio de la investigación a Odebretch en Colombia, en la que su auditora, Price Waterhouse Cooper, decidió renunciar. Desde 2017, la Junta central de contadores inició investigaciones de varias firmas auditoras vinculadas con empresas acusadas de corrupción en Colombia, porque “Dichas entidades podrían haber prevenido o detectado los movimientos financieros que derivaron en los diferentes hechos de corrupción que se produjeron después.” (La W Radio, 2017).
En Colombia, similar a como se maneja en Estados Unidos, las firmas de revisoría fiscal tienen la responsabilidad de “Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías, y rendirles los informes a que haya lugar o le sean solicitados”, además, en sus entregas deben señalar “Si el balance y el estado de pérdidas y ganancias han sido tomados fielmente de los libros; y si en su opinión el primero presenta en forma fidedigna, de acuerdo con las normas de contabilidad generalmente aceptadas, la respectiva situación financiera al terminar el período revisado, y el segundo refleja el resultado de las operaciones en dicho período”, esto según el artículo 207 y 208 del código del comercio (Código del comercio, Colombia). Para los auditores no existe tal cosa como el secreto profesional, como para otras profesiones de tal confianza.
Teniendo en cuenta la responsabilidad puesta en ambos casos por la ley de ambos países, se puede deducir la severidad de las condenas que las firmas podría enfrentar, por lo que estas adoptaron políticas que minimicen el riesgo de su operación, aunque podría argumentarse que las medidas tomadas podrían ser más fuertes que las más apropiadas para los clientes.
En conclusión, las firmas auditoras buscan la menor responsabilidad en casos donde la información presentada no sea fiel representante de la realidad de la empresa auditada. Tomando todo esto en consideración, la conclusión lógica es que la posición de Deloitte and Touche viene de desconfianza en la información que sería presentada por MOLEX en años posteriores, no de la información anteriormente presentada, ni de la materialidad del error de contabilidad cometido. Puede que esta postura sea más rígida de lo que debería ser para beneficiar a la compañía, pero esto es porque es un agente externo que no conoce las consecuencias internas de la decisión que pide tomar.
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