Casos prácticos de enajenación, personas físicas.
Enviado por Karla López • 17 de Septiembre de 2016 • Práctica o problema • 4.987 Palabras (20 Páginas) • 1.295 Visitas
5.1.8 Casos prácticos.
Caso N° 13
Fundamento legal:
El fundamento legal de este caso se encuentra en el Capítulo IV del Título IV de la Ley del ISR; particularmente en los Artículos 90, 93 y 119 se localiza lo relativo al sujeto del impuesto, los ingresos exentos y el objeto del impuesto; lo relacionado con la base gravable, aplicación de tarifa, determinación y pago del impuesto se sustenta en los Artículos 120-128 y 150-152.
Objetivo del caso:
El objetivo de este caso consiste en capacitar al estudiante para interpretar las disposiciones fiscales relacionadas con los ingresos por enajenación de bienes inmuebles, para instruirlo en el mecanismo de cálculo del pago provisional y del pago anual.
Datos:
Calcule el pago provisional y el pago anual para una persona física que en el ejercicio 2015 obtuvo ingresos por la enajenación de un inmueble:
- Costo comprobado de adquisición $ 60,000.00 (incluye terreno y construcción).
- Ingreso por enajenación de inmueble $ 650,000.00
- Inversión en mejoras a la construcción $40,000.00
- Gastos notariales pagados por el enajenante:
Por la adquisición del inmueble $ 1,000.00
Por la enajenación del inmueble $ 30,000.00
- Comisiones pagadas por el enajenante:
Por la adquisición del inmueble $ 1,500.00
Por la enajenación del inmueble $ 25,000.00
Información complementaria:
- Fechas:
De adquisición 30 de mayo de 1999.
De mejoras a la construcción 13 de agosto de 2003.
De enajenación 14 de enero de 2015.
- Contribuyente casado bajo el régimen de sociedad conyugal.
- Honorarios médicos pagados por atención de la esposa del contribuyente
$ 4,500.00, el recibo se elaboró a nombre de la señora.
- Honorarios dentales pagados por la atención de un hijo del contribuyente
$ 2,500.00, esta persona no percibe ingresos; el recibo se elaboró a nombre del contribuyente.
Determinación de la ganancia
Ingresos por enajenación de bienes inmuebles: | $ 650,000.00 |
(-) Costo comprobado de adquisición actualizado (Arts. 121 Fracc. I y 124 LISR): Terreno (20%) 12,000.00 (x) 2.0746**= 24,895.20 Construcción (80% ) 48,000.00 (-) 21,600.00*= 26,400.00 (x) 2.0746**= 54,769.44 Depreciación*: 48,000.00 (x) 3% (x) 15 años= $ 21,600.00 Factor de actualización**: INPC Dic. 2014/INPC Mayo 1999 = 116.059/ 55.941= 2.0746 |
79,664.64 |
(-) Inversión en construcciones, mejoras y ampliaciones (Arts. 121 Fracc. II y 124 LISR): Construcción 40,000.00 (-) 13,200.00*= 26,800.00 (x) 1.6082** = 43,099.76 Depreciación*: 40,000.00 (x) 3% (x) 11 años= $ 13,200.00 Factor de actualización**: INPC Dic. 2014/INPC Agosto 2003 = 116.059/ 72.167= 1.6082 | 43,099.76 |
(-) Gastos notariales, impuestos y derechos (Art. 121 Fracc. III LISR): Por adquisición 1,000.00 (x) 2.0746= 2,074.60 Por enajenación 30,000.00 | 32,074.60 |
(-) Comisiones y mediaciones (Art. 121 Fracc. IV LISR): Por adquisición 1,500.00 (x) 2.0746= 3,111.90 Por enajenación 25,000.00 | 28,111.90 |
Total deducciones | 182,950.90 |
Ganancia | $ 467,049.10 |
Ganancia por contribuyente $ 467,049.10 /2 cónyuges = $ 233,524.55 |
PAGO PROVISIONAL (Art. 126)
Ganancia | $ 233,524.55 |
(÷) años | 15 |
Ganancia anual | 15,568.30 |
(-) Límite inferior | 5,952.85 |
(=) Ingreso marginal | 9,615.45 |
(X) % | 6.40% |
(=) Impuesto marginal | 615.38 |
(+) Cuota fija | 114.29 |
(=) Impuesto anual | 729.67 |
(X) años | 15 |
(=) Impuesto total por la ganancia | $ 10,945.05 |
PAGO PROVISIONAL (Art. 127)
$ 233,524.55 (x) 5.00%= $ 11,676.22
Nota: El impuesto determinado conforme al Artículo 127 es superior al determinado conforme al Artículo 126, por tal motivo solamente se le entera impuesto a la Entidad Federativa por la cantidad de $ 10,945.05
Pago Anual
Concepto | Ingresos totales | Ingresos exentos | Deducciones autorizadas | Ingresos acumulables | Ingresos no acumulables |
Ingresos por enajenación de bienes inmuebles | $ 325,000.00 | $ 0.00 | $ 91,475.45 | $ 15,568.30 | $ 217,956.25 |
(-) Deducciones personales Fracción I | 2,500.00 | ||||
(=) Base gravable | 13,068.30 | ||||
(-) Límite Inferior | 5,952.85 | ||||
(=) Ingreso Marginal | 7,115.45 | ||||
(x) % | 6.40% | ||||
(=) Impuesto Marginal | 455.38 | ||||
(+) Cuota Fija | 114.29 | ||||
(=) Impuesto anual por ingresos acumulables | 569.67 | ||||
Tasa ingresos no acumulables | 4.68% | ||||
(+) Impuesto anual por ingresos no acumulables | 10,200.35 | ||||
(=) Impuesto anual causado | 10,770.02 | ||||
(-) Pagos provisionales | 10,945.05 | ||||
(=) Saldo a favor | ($ 175.03) |
Tasa para calcular el impuesto correspondiente a los ingresos no acumulables con fundamento en el Artículo 120 de la Ley del ISR
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