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Enviado por mattdx24 • 23 de Agosto de 2011 • 3.586 Palabras (15 Páginas) • 858 Visitas
Sociedad Civil
Concepto
La sociedad civil esta constituida por dos o más personas que ponen en común dinero, bienes o industria con el propósito de repartir entre si las ganancias. Se regulan por lo establecido en el contrato suscrito por las partes y en lo no pactado se estará a lo dispuesto en el Código Civil.
Características
La Sociedades Civiles destinadas a la explotación de un negocio o profesión no necesitarán para su constitución de ninguna solemnidad, pudiendo formarse mediante contrato privado o público, salvo en el caso de que se aporten bienes inmuebles o derechos reales, en cuyo caso será necesario su constitución en escritura pública ante notario.
Como denominación social se puede adoptar cualquier nombre que se acompañara con al expresión “Sociedad Civil”.
No se exige un capital mínimo, que podrá estar formado por las aportaciones de los socios en dinero, bienes o industria. El número mínimo de socios es dos, no existiendo número máximo. Puede haber dos tipos de socios, los que aportan dinero o bienes y los socios industriales que aportan trabajo.
A falta de pacto la administración de la sociedad civil será ejercida por cualquiera de los socios.
Las pérdidas y ganancias se repartirán conforme a lo pactado. A falta de pacto la parte de cada socio en la ganancia y pérdida debe ser proporcional a lo que haya aportado.
Fiscalidad
Las sociedades civiles están reconocidas en la Ley General Tributaria como entidades de atribución de rentas, con capacidad de obrar en el tráfico jurídico.
• Impuesto de Actividades Económicas: las sociedades civiles son sujetos pasivos del este impuesto y obligadas a su pago en caso de no estar exentas.
• Impuesto sobre la Renta: las sociedades civiles no tributan por el impuesto sobre sociedades ni por el IRPF. Los rendimientos obtenidos por entidad, que se calcularán conforme al IRPF, se imputarán a sus socios o comuneros con arreglo a su participación. Los regímenes para determinar el rendimiento netos de las actividades económicas de estas entidades son: estimación directa normal o simplificada y estimación objetiva
• Impuesto sobre Valor Añadido: las sociedades civiles son sujetos pasivos de este impuesto, y pueden acogerse a los mismos regímenes de IVA que el empresario individual.
Ventajas e Inconvenientes
Las ventajas son:
• Los tramites de formalización son más sencillos que en otras formas jurídicas.
• No es necesario capital mínimo para su constitución.
• Mayor facilidad a la hora de conseguir préstamos, ya que éstos están, implícitamente, avalados por todos los socios.
• Su elección puede estar justificada por motivos fiscales, ya que pueden calcular sus beneficios en estimación objetiva y en caso de que la actividad sea comercio minorista el régimen especial de recargo de equivalencia en el IVA.
Como inconvenientes se pueden señalar:
• La sociedad civil responderá frente a terceros con todos sus bienes y si éstos no fueran suficientes responderán los socios con su patrimonio personal.
• Imagen “pobre” en el tráfico mercantil.
• Tipo impositivo elevado en el IRPF de los comuneros a partir de determinado volumen de beneficios, si no pueden acogerse a la estimación objetiva.
• El beneficio se reparte según la cuota pactada por los socios, sin que el socio pueda percibir una retribución por el trabajo.
El término sociedad civil, como concepto de la ciencia política, designa a la diversidad de personas con categoría de ciudadanos que actúan generalmente de manera colectiva para tomar decisiones en el ámbito público que conciernen a todo ciudadano fuera de las estructuras gubernamentales.
La existencia de una sociedad civil diferenciada de la sociedad política es un prerrequisito para la democracia. Sin ella, no hay Estado legítimo.1 Para Jürgen Habermas, la sociedad civil tiene dos componentes principales: por un lado, el conjunto de instituciones que definen y defienden los derechos individuales, políticos y sociales de los ciudadanos y que propician su libre asociación, la posibilidad de defenderse de la acción estratégica del poder y del mercado y la viabilidad de la intervención ciudadana en la operación misma del sistema; por otra parte estaría el conjunto de movimientos sociales que continuamente plantean nuevos principios y valores, nuevas demandas sociales, así como vigilar la aplicación efectiva de los derechos ya otorgados. Así, la sociedad civil contiene un elemento institucional definido básicamente por la estructura de derechos de los estados de bienestar contemporáneos, y un elemento activo, transformador, constituido por los nuevos movimientos sociales.
Tradicionalmente, siguiendo el concepto de Alexis de Tocqueville, se identifica "sociedad civil" con el conjunto de organizaciones e instituciones cívicas voluntarias y sociales que fungen como mediadores entre los individuos y el Estado. Esta definición incluye, pues, tanto a las organizaciones no lucrativas u organizaciones no gubernamentales como a las asociaciones y fundaciones. El concepto decimonónico incluyó también a las universidades, colegios profesionales y comunidades religiosas.
Según Enrique Brito Velázquez, la sociedad civil es "el conjunto de ciudadanos organizados como tales para actuar en el campo de lo público en busca del bien común, sin ánimo de lucro personal ni buscar el poder político o la adhesión a un partido determinado.
Ejemplos de instituciones de la sociedad civil
• Organizaciones no gubernamentales (ONG)
• Organizaciones no lucrativas (ONL)
• Clubes y organizaciones deportivas
• Clubes sociales
• Grupos religiosos
• Sindicatos
• Colegios Profesionales
• Organizaciones barriales.
• Think tanks
Sociedad civil en el ámbito jurídico
Artículo principal: Sociedad civil (Derecho)
La sociedad civil es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes ó industria, con ánimo de repartir entre sí las ganancias (definición del Código Civil de España).
La sociedad civil se opone a la sociedad mercantil. En general se distingue la sociedad civil por ser aquélla que se constituye sin un objeto mercantil, o al menos, no puramente mercantil.
CAPÍTULO I. LA SOCIEDAD CIVIL
1.1 La Oportunidad de la Sociedad Civil.
Un concepto elemental para explicar el fenómeno de las Organizaciones No Gubernamentales; en lo sucesivo denominadas ONG’s, es el de Sociedad Civil. A continuación
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