Como Darse De Alta En El SAT
Enviado por jekka • 11 de Febrero de 2013 • 2.152 Palabras (9 Páginas) • 981 Visitas
Darse de alta en el SAT
¿Cómo se deben inscribir ante el Registro Federal de Contribuyentes?
Después de abrir o iniciar el negocio se tiene un mes para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes.
Este trámite se debe presentar en los Módulos de Atención del SAT que correspondan al domicilio del negocio, con la siguiente documentación:
Formulario de Registro R-1 y Anexo 4, ambos por duplicado.
Acta de nacimiento en copia certificada (que se otorga en el Registro Civil).
Original y copia de comprobante de domicilio.
Original y copia de identificación oficial del contribuyente o del representante legal, en su caso.
En caso de representante legal, copia certificada y copia del poder notarial.
Tratándose de extranjeros
Si ya se cuenta con la CURP, se debe presentar original y copia de la constancia expedida por el Registro Nacional de Población.
También puede inscribirse de manera inmediata en el RFC acudiendo a una entrevista con personal del SAT sin necesidad de presentar el formato R-1.
Una vez inscrito, se le entregará su Constancia de Inscripción y su Cédula de Identificación Fiscal.
Como comprobante del trámite de inscripción deberá conservar el acuse de su trámite realizado en el Módulo de Asistencia.
Obligaciones de personas morales del régimen general
Personas morales del Régimen General
Es para las sociedades mercantiles, asociaciones civiles de profesionales que:
Realicen actividades lucrativas,
Sociedades cooperativas de producción,
Instituciones de crédito tales como bancos y casas de bolsa,
Organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, entre otras.
Guía para presentar por internet la Declaración Anual del 2010. Con el programa DEM
2011. Régimen General, personas morales.
Las personas morales con fines de lucro, como las sociedades mercantiles, están obligadas a
presentar la Declaración Anual de 2010 durante el periodo de enero a marzo de 2011.
Para cumplir con esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a su
disposición la Guía para elaborar y presentar por internet la Declaración Anual de 2010 con el
programa DEM 2011. Régimen General, personas morales.
o Balanza de comprobación al 31 diciembre.
Integración de ingresos contables y fiscales.
Cédula de gastos de operación.
Cédula de gastos o productos financieros.
Clasificación de gastos.
Determinación de las deducciones autorizadas.
Estado de posición financiera (balance).
Estado de costo de ventas.
Estado de resultados.
Obligaciones fiscales de las asociaciones religiosas
Una vez realizada la inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes se deberá cumplir con
las siguientes obligaciones:
Llevar contabilidad
Expedir comprobantes simplificados
Realizar las declaraciones de pagos de retenciones
Cómo pagar el impuesto retenido
Realizar el Cálculo anual del ISR de los trabajadores
Presentar Declaraciones informativas
Casos en los que las asociaciones religiosas no tienen obligaciones fiscales
Asociaciones religiosas
Son congregaciones que tienen como fin el ejercer culto a una divinidad; para efectos fiscales, se considerarán a las iglesias y demás agrupaciones que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación, en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ya que es a través de este registro como se obtiene la personalidad jurídica.
En qué régimen fiscal se deben inscribir o dar de alta
Cómo deben inscribirse en el RFC
Cómo deben mantener actualizada su situación fiscal ante el RFC
Qué impuestos deben declarar
Qué obligaciones fiscales deben cumplir
Qué pasa si omiten cumplir con alguna obligación fiscal, si cumplen incorrectamente o de manera extemporánea
Qué deben hacer si dejan de realizar actividades
Qué facilidades administrativas tienen
Artículos relacionados de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
Obligaciones morales con fines no lucrativos
Expedir comprobantes simplificados
Deben expedir comprobantes simplificados que demuestren la obtención de sus ingresos.
Estos comprobantes deben reunir los requisitos siguientes:
Tener impresos: la clave de Registro Federal de Contribuyentes y el número de folio.
Señalar lugar y fecha de la operación.
Concepto por el que se expide el importe total de la operación.
Valor total de los actos o actividades realizados.
Tratándose de las ofrendas, diezmos, primicias y donativos que reciban durante celebraciones de culto público en donde no sea posible identificar al otorgante, o bien que sean depositados en alcancías, canastillas o alfolíes, estarán relevadas de emitir el comprobante respectivo.
Otras obligaciones
Retener el impuesto sobre la renta por concepto de sueldos y salarios y enterarlo de manera mensual a mas tardar el 17 del mes siguiente al que corresponda el impuesto.
Calcular el impuesto anual de los trabajadores y en su caso, enterar la diferencia que resulte a cargo, a más tardar en el mes de febrero del año siguiente al año de que se trate, conforme a las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento.
Pagar el crédito al salario a los trabajadores que tengan derecho a recibirlo, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Proporcionar a los trabajadores constancias de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas, a más tardar el 31 de enero del año siguiente al que correspondan dichas remuneraciones.
Proporcionar, en su caso, a los trabajadores constancia del monto total de los viáticos pagados en el ejercicio de que se trate a más tardar el 15 de febrero de cada año, cuando éstos sean efectivamente erogados en servicio la sociedad o asociación.
Retener el impuesto sobre la renta a las personas físicas que les presten servicios profesionales, a las que les otorguen el uso o goce temporal de inmuebles (arrendamiento) y a los residentes en el extranjero. Dicho impuesto se deberá enterar de manera mensual a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del ejercicio.
Proporcionar a sus integrantes constancia
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