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FACILIDAD A TRABAJADORES PARA DARSE DE ALTA EN EL IMSS


Enviado por   •  8 de Agosto de 2011  •  455 Palabras (2 Páginas)  •  2.657 Visitas

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Todo trabajador tiene derecho a ser inscrito por su patrón en el Instituto Mexicano del Seguro (IMSS), para poder contar y disfrutar de servicios médicos y las prestaciones económicas y sociales que otorga la institución, tanto para él como sus beneficiarios.

El subdelegado del IMSS en Mexicali, contador público Sergio Arvizu Vizcaino, señaló que como constancia de que ha sido dado de alta por primera vez, el patrón debe entregar al trabajador el aviso de inscripción para que con dicho documento vaya a la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde de acuerdo a su domicilio particular para darse de alta junto con su familia.

Para ello debe presentar identificación oficial, tanto de él, como la de su familia, junto con las actas originales de matrimonio, nacimiento de cada hijo en su caso y dos fotografías tamaño infantil de cada persona.

El departamento de archivo clínico del instituto, al comprobar la vigencia de derechos del asegurado proporcionará al trabajador y a cada uno de sus beneficiarios, su cartilla de salud y citas médicas, en donde aparecerá él número de consultorio, turno y médico asignado.

Arvizu Vizcaino, puntualizó que los beneficiaros pueden ser el cónyuge del trabajador; hijos, asi como sus padres, siempre y cuando dependan económicamente de él y vivan en el mismo domicilio.

Cuando un trabajador fue dado de baja, adquiere otro empleo y su nuevo patrón lo da de alta, debe acudir a su clínica de adscripción con su cartilla de salud y citas médicas, y el nuevo aviso de inscripción, a fin de que se tome nota de que están vigentes sus derechos nuevamente.

Si el trabajador vive en concubinato, debe comprobar con documentos oficiales, que la relación tiene una antigüedad mínima de cinco años, o bien en caso de tener hijos y menos de cinco años de vivir en unión libre, deberán presentar también el aviso de inscripción, así como actas de nacimiento y credenciales de elector. Todo esto basado en el articulo 84 de la nueva Ley del Seguro Social, en la que se indican quiénes podrán ser amparados como beneficiarios del trabajador.

Para poder registrar a los padres, como se mencionó anteriormente, se deben cumplir con los requisitos de que los progenitores vivan en el mismo domicilio del trabajador y dependan económicamente de él, además de presentar el aviso de inscripción, así como las actas de nacimiento y credenciales de elector de ambos.

Para mayor información, los trabajadores pueden acudir a las clínicas al área de archivo, de lunes a viernes, de 8 de la mañana a 7 de la tarde, o bien comunicarse a los teléfonos 5-55-5055 o al 01 800 623 23 23 de la Coordinación de Atención y Orientación al Derechohabiente.

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