Constitucion De Sociedad De Responsabilidad Ltda
Enviado por gamboa324 • 1 de Noviembre de 2013 • 3.183 Palabras (13 Páginas) • 539 Visitas
LEY 1014 /2005
DOCUMENTO PRIVADO
CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LTDA.
ATH ALMACENA LTDA.
FECHA: 06 DE FEBRERO DE 2.007.-
DIRECCION: DIAGONAL 3 No. 9-02 CASA 7C DE MOSQUERA CUNDINAMARCA
TELEFONO: 8931199
MELBA MEDINA MARTÍNEZ, mayor de edad, vecina y residente e Mosquera (Cund), de estado civil CASADA CON SOCIEDAD CONYUGAL VIGENTE, identificada con la cédula de ciudadanía número 51.571.326 expedida en Bogotá D.E., quien obra en nombre propio y HERNANDO DELGADO SABOGAL, mayor de edad, vecino y residente de Mosquera (Cund), de estado civil CASADO CON SOCIEDAD CONYUGAL VIGENTE, identificado con la cédula de ciudadanía número 14.230.356 expedida en Ibagué (Tol.), quien obra en este acto en nombre y representación de sus menores hijos, y, por lo tanto Representante Legal de los mismos, MONICA VIVIANA DELGADO MEDINA Y LUIS HERNANDO DELGADO MEDINA, cuyos Registros Civiles de Nacimiento tienen los números de identificación 920723 – 74535 y 941219 – 09507 respectivamente, tal como lo acredita con los certificados que agrega a este documento para que formen parte de el, y, en las condiciones dichas manifestaron:
Que han resuelto constituir una Sociedad Limitada la que se regirá por los siguientes Estatutos:
ARTICULO PRIMERO.- DENOMINACION: La sociedad se denominará “ATH ALMACENA LTDA”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DOMICILIO SOCIAL: Tendrá su domicilio social principal en la ciudad de Mosquera., pero puede establecer agencias o sucursales dentro o fuera del País con el lleno de los requisitos legales.
ARTÍCULO TERCERO.- OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto social principal las siguientes actividades:
1ª.- Almacenamiento, deposito, conservación, custodia, el manejo y distribución de mercancías.-
2ª.- compra y venta por cuenta de terceros de mercancías, archivos, documentos y productos de procedencia nacional o extranjera.-
3ª.-La expedición de certificados de deposito y bonos de prenda.
CUARTO: En desarrollo del objeto antes descrito, la sociedad podrá:
A) – Contratar directa o indirectamente, con entidades oficiales o privadas la prestación de los servicios contenidos en el objeto antedicho, para con las primeras, cumpliendo estrictamente todos los parámetros jurídicos contenidos al respecto.-
B) – La intermediación en forma temporal de agente de aduanas, de bodegaje y de seguros, de manera directa o indirecta, mediante la contratación en cualquier modalidad, ciñéndose a las normas legales vigentes sobre la materia.
C) – patentar marcas, registros, logotipos y ejecutar estudios de promoción y mercado de sus servicios a nivel interno y del exterior.
D) – Representar firmas de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras
E) – Hacerse partícipe en sociedad de igual o similar objetivo como socia o accionista, fusionarse con ellas o transformarse.
F) La adquisición de toda clase de bienes muebles o inmuebles, el arriendo de los mismos, la importación y/o exportación de toda clase de activos o accesorios convenientes.
G) – Licitar con entidades públicas o particulares,
H) – Realizar toda clase de operaciones bancarias, de bolsa o de martillo y, en general, ejecutar toda clase de operaciones comerciales y/o mercantiles que no contravengan la ley.
I)- La elaboración de toda clase de contratos de mutuo, girar, otorgar, entregar, negociar, descontar, pagar. Etc., toda clase de títulos valores y suscribir los demás documentos civiles y comerciales.
K) – Como objeto social accesorio la sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad comercial y/o mercantil lícita y
L)- En general, la CIA podrá ejecutar todos los actos y contratos comerciales civiles que sean necesarios para lograr obtener el pleno desarrollo de su objetivo.
QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social de la sociedad es de VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000.oo) MONEDA LEGAL COLOMBIANA, correspondiente a dos mil (2000) cuotas de un valor nominal de Diez Mil pesos ( $10.000.oo) , cada una, dinero que ha sido aportado por las personas que a continuación se relacionan, como sigue:
NOMBRE DEL SOCIO No. CUOTAS VALOR TOTAL
MEDINA MARTÍNEZ MELBA 1000 $10.000.000
MONICA VIVIANA DELGADO MEDINA 500 5.000.000
LUIS HERNANDO DELGADO MEDINA 500 5.000.000
Total 2000 $20.000.000
SEXTO: La responsabilidad de los socios se limita exclusivamente al monto total de sus respectivos aportes.-
SÉPTIMO: La Sociedad tendrá los siguientes órganos de Administración: a) La Junta de Socios; y, b) Un Gerente quién tendrá un subgerente y remplazará al Gerente en sus faltas absolutas o temporales con las mismas facultades.
OCTAVO: La Junta de Socios estará integrada por todos los socios de la compañía y será por consiguiente el organismo Supremo de la sociedad. Cada parte en que se divide el capital social para todos los efectos de la representación y votación, dará derecho a un voto en las deliberaciones y decisiones de la Junta de Socios.
NOVENO: La Junta de socios podrá reunirse extraordinariamente, cada vez que la convoque el gerente o uno de los socios. Para este efecto, la convocatoria deberá ser por escrito; sus reuniones ordinarias se verificarán el último día hábil del mes de Marzo de cada año. En consecuencia, el Gerente avisará en la comunicación de convocatoria, la hora, el día y lugar de la reunión, mediante comunicación recomendada y por lo menos con diez (10) días de anticipación; cuando la reunión tenga por objeto la respectiva aprobación de los balances de ejercicio, la convocatoria se hará siquiera con una antelación de quince (15) días hábiles. La Junta de Socios, podrá acordar reuniones periódicas para enterarse oportunamente del desarrollo de la empresa y adoptar, sí fuere necesario las medidas y decisiones adecuadas.
PARAGRAFO: La Junta de socios podrá reunirse en cualquier lugar y a cualquier hora cuando estuvieren presentes la totalidad de los socios.
DECIMO: Son Funciones de la Junta de socios :
a) Designar y remover libremente al Gerente y su Subgerente, así como a los demás funcionarios o empleados que hayan de desempeñar cargos cuya creación también le compete y fijar su remuneración;
b) Crear nuevos cargos, fijarles sus funciones y remuneración, en cuanto no haya resuelto delegar en la Gerencia tales funciones;
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