Contabilización de Activos Fijos adquiridos vía Arrendamiento Financiero -Leasing
Enviado por ventor23 • 23 de Mayo de 2014 • Trabajo • 2.972 Palabras (12 Páginas) • 360 Visitas
AD 452 MERCADOTECNIA
LECTURAS
Autor Texto Fecha de Control
De Lectura
01 All Ries Posicionamiento 02 Mayo
02 Sixto Arotoma Marketing Básico: Un Enfoque estratégico y de Competitividad (Cap. I y II) 16 Mayo
03 Inés Temple Usted SA 30 Mayo
ENSAYOS
TEMA/PORDUCTO Fecha de Entrega
01 Contador Público 30 Junio
02 Carnaval Huamanguino 30 Junio
03 Imagen UNSCH 30 Junio
04 Merchandising político 30 Junio
MONOGRAFÍAS
GRUPO TEMA RESPONSABLE FECHA PRESENTACIÓN
01 Valor y niveles de producto: consultoría contable Juan Lagos 13 junio
02 Valores del producto contador Loli Galicia 13 junio
03 Características del servicio contable Soledad Quispe 20 junio
04 Tangibilización del servicio de consultoría contable Franklin Cavana 20 junio
05 Mix del producto consultoría contable Daysy Canchari 27 junio
06 Merchadising contable Nancy García 27 junio
07 Marcas de consultoría contable Yudy Huaman 04 julio
08 Marketing personal Sandra Tovar 04 julio
ROL DE CADA GRUPO EN LA PRESENTACIÓN DE MONOGRAFÍAS
PONENTE/PRESENTACION PANEL SISTEMATIZADOR
01 02 03
02 03 04
03 04 05
04 05 06
05 06 07
06 07 08
07 08 01
08 01 02
NOTA: Evaluación final de asignatura: 30 de junio
Área Tributaria I
Contabilización de Activos Fijos adquiridos vía
Arrendamiento
Financiero -Leasing-
Ficha Técnica
Autor : C.P.C. José Luis García Quispe
Título : Contabilización de Activos Fijos adquiridos vía Arrendamiento Financiero -Leasing-
Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 193 - Segunda
Quincena de Octubre 2009
1. Introducción
Un tema materia de consulta frecuente es la relacionada a las operaciones de bienes adquiridos vía leasing, en donde se pre- sentan varias interrogantes respecto a su contabilización y aspectos tributarios.
La coincidencia que hay entre lo contable y tributario es que en ambos aspectos, el bien adquirido vía arrendamiento finan- ciero tiene el tratamiento de un bien del Activo Fijo; por el lado contable tenemos la normatividad establecida en la NIC 17
ARRENDAMIENTOS; y en lo tributario, el Decreto Legislativo Nº 299 y normas rela- cionadas. La diferencia pronunciada de esta operación entre lo contable y tributario está centrada en el tratamiento de la deprecia- ción y en las diferencias de cambio, siempre que la operación se hubiera celebrado en una moneda distinta al nuevo sol.
2. Marco legal
- NIC 17 ARRENDAMIENTOS Resolu- ción del CNC Nº 034-2005-EF/93.01 (Vigente 01.01.06)
- Decreto Legislativo Nº 299 (30.07.84)
y modificatorias
3.2. Sustento tributario de la contabi-
lización inicial
La inclusión a la contabilidad del costo del activo fijo adquirido vía la presente modalidad se encuentra sustentada con el contrato de arrendamiento financiero del cual se exige que ésta haya sido celebrada de acuerdo a las normas que regulan la operación.
Artículo 4º del D.L. 915 (12.04.01)
3.3. Exigencias del contenido del con-
trato para fines tributarios
En este punto es de mencionar que la exigencia consiste en que el contrato de arrendamiento financiero debe establecer el monto del capital financiado, el valor de la opción de compra y las cuotas pac- tadas; en dicho contrato también debe detallarse de manera discriminada el capital y los intereses de las cuotas que se hayan pactado.
Artículo 5º del D.L. 915 (12.04.01)
3.4. Depreciación
3.4.1. Depreciación contable
En la contabilidad debe incluirse la depre- ciación financiera, el cual debe guardar referencia con lo establecido en la NIC
16 Propiedades, Planta y Equipos, pero también es de mencionar que si financie- ramente no se tuviera la certeza de que la empresa adquiriente (arrendataria) va a obtener la propiedad del bien (entién- dase de que no va a ejercer la opción de compra), el plazo para la amortización debe ser en el tiempo estimado de vida útil o en el plazo que dure el contrato,
en el desarrollo de su actividad
empresarial.
3. Su duración mínima ha de ser de dos (2) o de cinco (5) años, según tengan por objeto bienes muebles o inmuebles, respectivamente. Este plazo podrá ser variado por decreto supremo.
4. La opción de compra sólo podrá ser ejercitada al término del con- trato.
Artículo 18º del D.L. 299 (29.07.84)
4. Aplicación práctica
4.1. Enunciado
Para la demostración del tratamiento contable, y de una manera resumida, vamos a trabajar con los siguientes datos que para el presente caso representan en los importes totales extraídos del cuadro de deuda que se adjunta al contrato de arrendamiento financiero:
Capital S/. 215,623
Intereses S/. 58,879
IGV S/. 52,155
Total S/. 326,657
Tratándose de una operación que se caracteriza porque los pagos se dan en cierto número de cuotas, extendidas en el plazo de duración del contrato; en el presente caso, vamos a asumir las cuotas en un número de tres cuotas anuales más la última cuota que vendría a ser la opción de compra, las cuales pasamos a detallar:
- Decr eto L egislativo Nº (12.04.01)
915
el menor.
3.4.2. Depreciación tributaria
Cuota 1
Capital S/. 61,970
Intereses S/. 28,031
3. Aspectos generales
3.1. Contabilización de la operación
La inclusión de la operación en la contabilidad de la empresa tiene como sustento el criterio expuesto en el párrafo 20 de la NIC 17 que textualmente expresa lo siguiente:
“20. Al comienzo del plazo del arrenda-
miento financiero, éste se reconocerá, en
Para fines tributarios, la depreciación
puede practicarse de dos formas:
a. Empleando los porcentajes de de- preciación indicadas en el artículo
22º del Reglamento de la Ley del
Impuesto a la Renta.
b.
...