Contrato de arrendamiento para local para empresa
Enviado por kariflo • 6 de Agosto de 2013 • Ensayo • 2.107 Palabras (9 Páginas) • 496 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA LOCAL PARA EMPRESA
Y/O GIRO COMERCIAL EN EL ESTADO DE MÉXICO.
QUE SE CELEBRA AL TENOR DE LOS SIGUIENTES DATOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN Y SEÑALAN EN LA SIGUIENTE CARATULA:
1. FECHA DE ELABORACIÓN: 10 de Junio del 2013, (diez de junio del dos mil trece).
2. ARRENDADOR: Juana Hernández Ramírez, comparece en calidad de arrendador y se declara que es una persona física con capacidad de ejercicio plena y suficiente para celebrar contratos, ser de nacionalidad mexicana, quien tiene plenas facultades de dominio sobre el INMUEBLE objeto del arrendamiento. Que para efectos del presente contrato señala como domicilio convencional para cualquier notificación relativa a este contrato el ubicado en ¬Avenida Barrios, Manzana 12 (doce) Condominio, No. 28 (veintiocho), Colonia Los Reyes Ixtacala, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México.
3. ARRENDATARIO: Oscar Flores Hernández, comparece en calidad de arrendatario y se declara como persona física con capacidad de ejercicio plena y suficiente para celebrar contratos, ser de nacionalidad mexicana. Que para efectos del presente contrato señala como domicilio convencional para cualquier notificación relativa a este contrato el ubicado en ¬Avenida Barrios, Manzana 12 (doce) Condominio, No. 28 (veintiocho), Colonia Los Reyes Ixtacala, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México.
4. OBJETO.- INMUEBLE A ARRENDAR, EL LOCAL 1, PARA EMPRESA O GIRO COMERCIAL UBICADO EN: ¬Avenida Barrios, Manzana 12 (doce) Condominio, No. 28 (veintiocho), Colonia Los Reyes Ixtacala, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México, siendo el local No. 1 (uno).
5. PRECIO DE LA RENTA MENSUAL POR EL ARRENDAMIENTO: $2,000 °° mx ( Dos mil pesos mx/00)
6. TERMINO Y/O VIGENCIA DEL CONTRATO: Doce meses forzosos contados a partir del día 10 de junio del 2013 (diez de junio del dos mil trece). y que ambas partes están de acuerdo en que termine el día 10 de junio del 2014 (diez de junio del dos mil catorce).
7. LUGAR DE PAGO: Que para efectos del presente contrato señala como lugar en el cual deben hacerse los pagos de renta el domicilio del arrendador el ubicado en ¬Avenida Barrios, Manzana 12 (doce) Condominio, No. 28 (veintiocho), Colonia Los Reyes Ixtacala, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México.
8. USO EXCLUSIVO DE: Local comercial.
Quienes en lo sucesivo será denominados indistintamente como arrendador y como arrendatario según corresponda. Contrato que celebran al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.
D E C L A R A C I O N E S
DE LA PARTE ARRENDADORA.
I.- Ser mexicano, mayor de edad, en pleno uso de sus facultades, tener la capacidad legal necesaria para otorgar el arrendamiento del inmueble señalado.
II.- Que tiene el dominio del inmueble que se da en arrendamiento y que no esta limitada ni impedida por ningún concepto para dar el arrendamiento presente.
III.- Que es su deseo arrendar el inmueble arriba descrito, local No. 1 (uno).
DEL ARRENDATARIO.
I.- Ser de nacionalidad mexicana, mayor de edad, en pleno uso de sus facultades, tener la capacidad legal necesaria para obligarse en términos del presente contrato de arrendamiento.
II.- Que es su deseo y voluntad recibir el arrendamiento señalado anteriormente.
III.-Que no tiene limitación legal alguna para obligarse en términos del presente contrato, ni requiere permiso o autorización alguna; por lo tanto tiene la capacidad necesaria que la ley exige para obligar a su representada en este contrato.
IV.- Que reconoce expresamente por medio de este instrumento la personalidad de la arrendadora y que por ello, desde este momento renuncia a cualquier impugnación de la persona o personalidad procesal posterior relativa a la arrendadora.
C L A U S U L A S
PRIMERA.- EL OBJETO: El arrendador se obliga a dar, y da en arrendamiento al inquilino el inmueble descrito en la carátula y sección de datos del presente instrumento, bien inmueble perfectamente precisado y conocido físicamente por las partes. Así mismo el arrendatario recibe en arrendamiento dicho inmueble en buen estado de conservación y pintura por lo tanto a su entera satisfacción.
SEGUNDA.- EL USO: Arrendatario se obliga a que el uso que dará al inmueble será exclusivamente el señalado.
TERCERA.- RENTA: El arrendatario se obliga a pagar al arrendador o a quien sus derechos represente la cantidad señalada en la carátula, por concepto de pago de renta mensual, cantidad que deberá entregar al arrendador en el domicilio señalado del arrendador, pago que deberá realizar en los primeros cinco días de cada mes; y por mensualidades adelantadas. El arrendador se obliga a dar por cada pago que reciba, el correspondiente "Recibo de renta” conforme a las leyes. Para el caso de que el inquilino deposite la renta, se obliga a conservar su comprobante bancario para entregarlo al arrendador y que éste se lo cambie por el recibo de arrendamiento correspondiente.
CUARTA.- EL TÉRMINO: El término del arrendamiento es el señalado en la carátula del presente contrato en la “sección de datos”. Obligándose el inquilino a desocupar el inmueble arrendado el día 10 (diez) de junio del 2014 (dos mil catorce). Salvo, la excepción de que las partes lleguen a diverso acuerdo de voluntades y celebren convenio o nuevo contrato al respecto. Y para el caso de que no exista la excepción aquí mencionada, el arrendatario se obliga a pagar la renta estipulada en las mismas condiciones, mas un incremento de lo que haya sido la inflación durante el año de vigencia del contrato. Para ello se estará al informe anual que rinda el Banco de México.
QUINTA.- CONSERVACIÓN DEL BIEN: El inquilino manifiesta que ha recibido el local en perfectas y adecuadas condiciones para el uso pactado por las partes constante en la carátula del presente, por lo que se obliga a hacer las reparaciones menores necesarias y a devolverlo en buen estado correspondiente al uso normal del inmueble y sin deterioros mayores; a satisfacción por escrito del arrendador, entendiéndose que el buen estado será pintado, sin humedad, sin desperfectos en la cañería y drenaje, con interruptores de luz funcionando en perfecto estado, sin desperfectos en los muros del mismo. De no hacerlo así el inquilino se obliga a pagar las reparaciones necesarias para que el inmueble quede en las mismas condiciones de uso en que lo recibe y el arrendador tendrá pleno derecho a retener el depósito que el inquilino haya realizado, mientras se repara el inmueble incluso a pagar de dicho depósito hasta
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