Cotizacion
Enviado por • 13 de Mayo de 2015 • 2.111 Palabras (9 Páginas) • 184 Visitas
¿Qué es la cotización?
Es la acción por la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social en virtud de su inclusión en dicho Sistema, por el ejercicio de una actividad laboral.
Sus elementos básicos son la base de cotización, el tipo de cotización y la cuota.
Desde cuándo se debe cotizar?: Nacimiento, duración y extinción de la obligación
La obligación de cotizar nace desde el inicio de la actividad laboral. La mera soliticud del alta del trabajador surtirá en todo caso idéntico efecto. La no presentación de la solicitud de afiliación/alta no impedirá el nacimiento de la obligación de cotizar desde el momento en que concurran los requisitos que determinen su inclusión en el Régimen que corresponda.
Se mantienedurante todo el período en que el trabajador desarrolle su actividad. La obligación de cotizar continuará en las situaciones de:
Incapacidad Temporal.
Riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
Descanso por maternidad y paternidad.
Cumplimiento de deberes de carácter público.
Desempeño de cargos de representación sindical (siempre que no den lugar a excedencia en el trabajo o al cese en la actividad).
Permisos y licencias que no den lugar a excedencias en el trabajo.
Convenios Especiales.
Desempleo contributivo.
Desempleo asistencial, en su caso.
En los supuestos establecidos en las normas reguladoras de cada Régimen .
Se extingue con el cese en el trabajo, siempre que se comunique la baja en tiempo y forma establecidos.
En los casos en que no se solicite la baja o se formule fuera de plazo, no se extinguirá la obligación de cotizar sino hasta el día en que la Tesorería General de la Seguridad Social conozca el cese en el trabajo por cuenta ajena, en la actividad por cuenta propia o en la situación determinante de la inclusión en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.
El derecho de la Administración de la Seguridad Social para determinar las deudas con la misma cuyo objeto esté constituido por cuotas, así como la acción para exigir el pago de las mismas, prescribirá a los cuatros años. La prescripción quedará interrumpida por las causas ordinarias y, en todo caso, por cualquier actuación administrativa realizada con conocimiento formal del responsable del pago conducente a la liquidación o recaudación de la deuda y, especialmente, por su reclamación administrativa mediante reclamación de deuda o acta de liquidación. (Nueva redacción del artículo 21 de la Ley General de Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social).
¿Qué es la Base de Cotización?
La Base de Cotización en los diversos Regímenes del Sistema de la Seguridad Social, será la cantidad que resulte de aplicar las reglas que, para que los distintos Regímenes, se establezcan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio económico, en el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social y en las normas que lo desarrollen y complementen. (VER BASES 2012)
¿Cuáles son los conceptos cotizables?
Contingencias Comunes:Para la cobertura de las situaciones que deriven de enfermedad común, accidente no laboral, jubilación, así como descanso por maternidad y paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales:Destinada a la cobertura de estas contingencias.
Horas Extraordinarias.
Otras Cotizaciones: Junto a las cuotas propiamente dichas, se recaudan otras cotizaciones que responden a conceptos específicos:
Desempleo
Fondo de Garantía Salarial
Formación Profesional
Las cuotas correspondientes a estos conceptos se liquidarán y comunicarán por los sujetos obligados a ello, juntamente con las correspondientes a la Seguridad Social y en la misma forma, plazos y lugar que éstas.
Topes Máximos y Mínimos
Las bases de cotización al Sistema de la Seguridad Social no podrán ser superiores al límite máximo absoluto establecido, y que será fijado para cada ejercicio económico por la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Dicho límite máximo será único para todas las actividades, categorías profesionales y contingencias comprendidas en el Régimen de que se trate y se aplicará cualquiera que sea el número de horas trabajadas, incluidos los supuestos de pluriempleo, pero no los de pluriactividad.
Las bases de cotización tendrán como límite mínimo, salvo disposición expresa en contrario, la cuantía íntegra del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento, incrementado en un sexto.
Bases Máximas y Mínimas
Los límites relativos de las bases de cotización están constituidos por las cuantías mínimas y máximas o únicas para el grupo de categorías profesionales o actividades, y se fijan en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio económico y en la Orden anual de Cotización. (VER BASES 2012)
Supuestos Especiales: Pluriempleo y Pluriactividad
Pluriempleo:Se entiende por pluriempleo la situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o más empresarios distintos y en actividades que den lugar a su alta obligatoria en un mismo Régimen de la Seguridad Social. En este supuesto, para determinar el tope máximo a aplicar, se distribuirá el tope máximo establecido con carácter general entre todos los sujetos de la obligación de cotizar en proporción a las retribuciones abonadas en cada una de las empresas en que preste sus servicios el trabajador, sin que, respecto a las contingencias comunes, la fracción del tope máximo que se asigne a cada empresa o sujeto obligado pueda ser superior a la cuantía de la retribución abonada al trabajador. El tope mínimo se prorrateará asimismo entre todas las empresas y demás sujetos de la obligación de cotizar, en proporción a las retribuciones percibidas en cada una de ellas .
Pluriactividad:Se entiende por pluriactividad la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social.
¿Qué es el Tipo de cotización?
El Tipo de Cotización es el porcentaje que se aplica a la base de cotización, siendo
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