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Cuestionario 3


Enviado por   •  17 de Mayo de 2015  •  644 Palabras (3 Páginas)  •  212 Visitas

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Cuestionario 3

1. ¿En dónde se debe llevar a cabo la visita domiciliaria efectuada por la autoridad fiscalizadora?

Se debe llevar acabo en el lugar señalado en la orden de visita.

Artículo 43 y 44 del CFF

2. ¿Cuántas actas parciales o complementarias se pueden levantar dentro del desarrollo de la visita domiciliaria?

Se podrán levantar tantas actas parciales o complementarias que se requieran, lo cual depende del desarrollo de la visita.

Artículo 46 fracción IV del CFF

3. En el caso de la autoridad fiscalizadora haya iniciado una visita domiciliaria y la empresa se encuentre en huelga ¿En qué plazo pueden obtener los visitadores la contabilidad?

De acuerdo con el artículo 46-A Frac. I del CFF, indica que los plazos para concluir las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete a que se refiere el primer párrafo de ese artículo, se suspenden en caso de “Huelga, a partir de que se suspenda temporalmente el trabajo y hasta que termine la huelga”.

4. Si al iniciarse una visita domiciliaria el contribuyente visitado no designa testigos. ¿Quién y cómo los debe designar?

Los visitadores serán quienes lo designen haciendo constar esta situación en el acta que levanten, sin que esta circunstancia invalide los resultados de la visita.

Artículo 44 Frac III CFF

5. ¿De qué documentos se componen el acta final de la visita?

De las actas parciales.

Artículo 46 Frac VII CFF

6. ¿En qué casos la autoridad puede determinar presuntivamente la utilidad fiscal?

El artículo 55, en su fracción II, del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente los ingresos o la utilidad fiscal de los contribuyentes, cuando no presenten los libros y registros de contabilidad, la documentación comprobatoria de más del 3% de alguno de los conceptos de las declaraciones, o no se proporcionen los informes relativos al cumplimiento de las disposiciones fiscales.

7. Señala los casos en que la autoridad fiscalizadora puede asegurar bienes y mercancías dentro de la visita domiciliaria

El aseguramiento de bienes y mercancías se practicara una vez agotadas las medidas de apremio a que se refieren las Fracciones I y II del artículo 20 del CFF excepto cuando:

a) Cuando no puedan iniciarse o desarrollarse las facultadas de las autoridades fiscales derivado de que los contribuyentes, los responsables solidarios, no sean localizables en su domicilio fiscal; desocupen o abandonen el mismo sin presentar el aviso correspondiente; hayan desaparecido, o se ignore su domicilio.

b) Cuando las autoridades fiscales practiquen visitas a contribuyentes con locales, puestos fijos o semifijos en la vía pública y éstos no puedan demostrar que se encuentran inscritos en el registro federal de contribuyentes o, en su caso, no exhiban los comprobantes

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