DERECHO EMPRESARIAL. MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITO
Enviado por rvillaseca • 11 de Noviembre de 2018 • Trabajo • 3.286 Palabras (14 Páginas) • 241 Visitas
INSTITUTO PROFESIONAL PROVIDENCIA
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INDICE
INTRODUCCIÓN 2
OBJETIVOS GENERALES 3
ALCANCE 3
DEFINICION DE LOS DELITOS…………………………………………………..…………4
MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITO 4
IMPLEMENTACION DEL SISTEMA…………………………………………………………5
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE DELITOS 5
SISTEMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS 6
GENERADOR DE RIESGOS 6
CAPACITACION DEL PERSONAL 6
EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTROLES 6
ACTIVIDADES DE DETECCION 7
CANAL DE DENUNCIAS 7
ÁREAS DE APOYO 7
REPORTES AL DIRECTORIO…………………………………………………………….8
DENUNCIAS A LA JUSTICIA 8
MONITOREO Y SUPERVISION MDP............................................................................8
CERTIFICACIÓN DEL MODELO DE PREVENCIÓN 8
VIGENCIA DEL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS 8
VENTAJAS DE IMPLEMTENCION DEL MDP (Modelo Prevención de Delitos)………..9
ÉTICA PROFESIONAL…………….……………………………………………………….9
SER UN MODELO A SEGUIR DENTRO DEL MUNDO DEL RETAIL 9
TENER MAYOR CONTROL DE LA EMPRESA 9
SUPERVISIÓN EN EQUIPO 9
RELACIONES CON CLIENTES Y PROVEEDORES................................................10
CONCLUSIÓN 11
INTRODUCCIÓN
En nuestro trabajo pretendemos asesorar implementando el modelo preventivo del delito, además de analizar las ventajas de acogernos a la ley 20.393, sin dejar de mencionar que formaremos un protocolo en el cual nuestra empresa no se encuentre involucrada y perjudicada por este tipo de hechos.
Las nuevas tecnologías en nuestra era, han permitido avanzar de manera alarmante los delitos de organizaciones vinculadas al lavado de activos y acciones terroristas, ya que la tecnología financiera al tener fácil acceso a transacciones electrónicas lo hace aún más global y rápido, esto produce un gran daño tanto a nivel social, como económico, lo que arriesga enormemente el lograr un desarrollo óptimo a nivel empresarial y nacional.
Lo antes expuesto nos lleva a nuestra propuesta de involucrarnos directamente al lavado de dinero o blanqueamiento de activos a nivel empresarial.
Nos centraremos en nuestros proveedores y en la prestación de nuestros servicios, detallaremos las funciones de cada una de las unidades y procesos a realizar para así mantener un sistema que cumpla cabalmente con nuestros objetivos de cumplir la ley en todas sus dimensiones y ser un aporte total a la economía mundial.
OBJETIVOS GENERALES
- Dar a conocer lo importante que es para la empresa el modelo de prevención del delito según la ley 20.393, y como se puede dar cumplimiento a esta, teniendo en cuenta sus principales artículos y siguiendo sus instructivos legales.
- Presentar protocolos y procedimientos con el fin de prevenir que cualquier persona pueda interferir dentro de lo estipulado.
- Identificar todas las actividades, ya sean, proveedores o servicios que entregue la empresa y que puedan atentar contra la ley.
- Dar sustentabilidad de la adopción de la implementación y operación de la empresa a asesorar.
- Establecer métodos de aplicación efectiva del Modelo de Prevención de Delitos, con el fin de detectar cualquier error que pueda poner en peligro el cumplimiento de la ley.
- Fomentar dentro de nuestra empresa con cada uno de sus integrantes la ley contra el lavado de activos y delitos de cohecho y financiación a entidades terroristas, para que cada persona vinculada a la empresa mantenga el conocimiento necesario para detectar cualquier actividad sospechosa, indicios o hechos donde se atente contra la ley.
- Información y capacitación constante a todo el personal involucrado.
ALCANCE
El alcance de este Modelo de Prevención de Delitos será de carácter corporativo, es decir, incluye tanto a los Dueños, Controladores, Directores, Ejecutivos Principales, Representantes, Alta Administración, Empleados y Terceros de la compañía Falaferia S.A. En tal sentido la empresa compromete a sus colaboradores y ejecutivos a mantener un comportamiento correcto, estricto y diligente en el cumplimiento de este Modelo de Prevención de Delitos (MDP).
DEFINICIÓN DE LOS DELITOS
Lavado de Activos (Art. 27 de la ley N° 19.913): el que cualquier forma oculte o disimule el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas de que provienen, directa o indirectamente, de la perpetración de hechos constitutivos como delitos, o bien, que a sabiendas de dicho origen, oculte o disimule estos bienes; incluye también a todo aquel que adquiera, posea, tenga o use los referidos bienes, con ánimo de lucro, cuando al momento de recibirlos ha conocido su origen ilícito.
Financiamiento del terrorismo (Art. 8 de la ley N° 18.314): el que por cualquier medio, directa o indirectamente, solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquier delito terrorista.
Cohecho a Funcionario Público Nacional o Internacional (Art. 250 y 251 bis del código penal): el que ofreciere, diere o consintiere en dar a un empleado público (nacional o extranjero) un beneficio económico o de otra naturaleza, en provecho de este o de un tercero, para que realice acciones o incurra en omisiones propias de su cargo, con objeto de obtener un negocio o ventaja indebida.
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