Derecho Comercial
Enviado por fiorelavo • 2 de Noviembre de 2013 • 6.949 Palabras (28 Páginas) • 290 Visitas
CONCEPTO DE DERECHO COMERCIAL
1.- ORIGEN DEL DERECHO COMERCIAL
El concepto de Derecho Comercial ha evolucionado y variado a lo largo de la historia de esta institución jurídica. En un primer momento se lo consideró como un Derecho especial, excepcional cuyas normas se aplicaban únicamente a los comerciantes. Posteriormente, se lo consideró como el derecho de los actos de comercio, independientemente de la condición de las personas que los realizaran, con lo que amplió su radio de aplicación. Más tarde, y en virtud de que el Derecho evoluciona permanentemente, el derecho comercial reguló los llamados actos de comercio, pero no realizados aisladamente, sino los realizados en masa. Posteriormente el Derecho Comercial es considerado como el derecho de las empresas, y, por último, se la considera como la disciplina que regula y norma la economía organizada, hecho que lo diferencia de las demás ramas del Derecho.
En la Edad Media, las actividades comerciales e industriales, que antes habían sido ocupaciones intermitentes al servicios de los señores feudales, se fueron convirtiendo en profesiones independientes llamados comerciantes, quienes incluso se lograron agrupar en corporaciones las cuales incluso llegaron a tener su propia autonomía y jurisdicción, dictando sus propias reglas de gobierno, que constituían leyes de excepción o leyes generales, dependiendo si en los lugares donde se daban se encontraba vigente o no el derecho común. En estos lugares se fueron originando y desarrollando usos y prácticas peculiares que las corporaciones recogieron en estatutos y los aplicaron a través de jurisdicciones especiales, dando lugar al nacimiento del derecho comercial, el cual se exterioriza como un derecho de la persona y de la libertad, sin sujeción servil a la tierra o a la nobleza.
Como ya lo hemos visto, el derecho comercial surge como un derecho de excepción, de carácter profesional el cual regulaba la actividad del comerciante como tal, esto es bajo la teoría del Derecho Subjetivo, sin embargo esta forma de regulación presentaba algunas complicaciones, por ejemplo con la masificación de los actos de comercio y su diversificación, se tornó complicado determinar cuáles son las profesiones comerciales y el hecho de que no todos los actos realizados por los comerciantes se refieren a su profesión, así como, en la práctica muchas operaciones jurídicas propias de la actividad comercial son realizadas por personas que no son comerciantes.
Con ello, resulta pues evidente que lo necesario era tener en cuenta la naturaleza y la forma de los actos de comercio, lo cual destruye la unidad de la teoría subjetiva, surgiendo con ello la teoría objetiva del derecho comercial.
En el siglo XIX al surgir los principios de libertad e igualdad, se anulan los privilegios que mantenían las corporaciones respecto del ejercicio del comercio y surge la Teoría Objetiva, que tiene como sustento la existencia de ciertos actos con naturaleza propia, distintos a los actos de la vida civil, que son los actos de comercio y que constituyen la materia específica del derecho comercial. Desde ese momento esta institución jurídica ya no regularía las actividades de una determinada categoría de personas, sino que empezaría a regular una categoría de actos, siendo irrelevante para ello el ejercicio profesional de alguna actividad comercial. Como vemos, con ello se dejó abierta la posibilidad de que cualquier persona pueda intervenir en actos de comercio. Sin embargo, los alcances del Derecho Comercial se fue extendiendo a otras actividades económicas ajenas a la circulación o intercambio de bienes, como fueron las actividades de producción y transformación de éstos bienes, por lo que algunos consideran al derecho comercial como el derecho de la economía.
Al ampliarse el campo de acción y el objeto del derecho comercial, la Teoría Objetiva tropezó con la dificultad de no poder precisar la naturaleza de los actos de comercio, lo que impedía la elaboración de un concepto unitario de ellos a fin de poder precisar en forma clara el objeto del derecho comercial, pues con el desarrollo de los medios de comunicación, la tecnología y las intrincadas formas de actividades económicas como son por ejemplo la organización de las personas jurídicas comerciales, la reglamentación de determinadas instituciones como son las Bolsas, Banca, Almacenes Generales de Depósito y otras, que en sí mismos no constituyen actos de comercio, sin embargo el derecho comercial no puede dejar de regularlas, rompiendo con ello la lógica de la Teoría Objetiva.
Ante la insuficiencia de la Teoría Objetiva, y teniendo en cuenta el desarrollo de la realidad económica y social, se difunde la Teoría del Derecho Comercial como derecho que regula los actos en masa, y se llegó a la conclusión de que en el campo económico y comercial imperan los actos realizados en masa o en serie, pues existe la dicotomía de tener por un lado grandes masas de capitales que se organizan para llevar a cabo grandes empresas; y del otro lado, grandes masas de personas que requieren de bienes y servicios que sólo las grandes empresas pueden proveer y que son las que dominan la vida comercial y han llegado a imponer determinadas formas de contratación, por lo que la razón de ser del derecho mercantil estaría en la necesidad de regular de manera distinta a la derecho civil el tráfico en masa realizado por medio de determinados actos jurídicos, que son los actos de comercio.
Posteriormente surge la Teoría del Derecho Comercial como derecho de las empresas, la cual plantea que la empresa es el centro del derecho comercial, el cual debe regular la forma de organización de aquélla, así como su campo de acción. Considera que la empresa se caracteriza por ser una entidad organizada que realiza un conjunto de actos de comercio en forma masiva y no aisladamente, con sentido profesional, de manera habitual y deliberada. Es por ello que se considera que esta teoría tiene gran influencia y vuelve a la Teoría Subjetiva. Esta Teoría tiene sus críticas por cuanto con ella se estaría limitando el campo de aplicación del derecho comercial al estatuto del empresario y al aspecto externo de su actividad, cuando en la realidad el derecho comercial trata instituciones que rebasan el ámbito de la empresa, como son por ejemplo la institución de los títulos valores y otros.
Posteriormente, y desarrollando la tesis anterior, surgieron pensamientos que han considerado al Derecho Comercial como aquél que regula los aspectos referentes a la organización jurídica de las empresas y sus relaciones internas que surgen en las mismas, así como también regula los mecanismos o instrumentos surgidos de la práctica mercantil, así como la organización racional de una empresa económica, es decir, el equilibrio de la explotación,
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