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Derecho Laboral UCAM Práctica 1


Enviado por   •  8 de Mayo de 2022  •  Tarea  •  410 Palabras (2 Páginas)  •  205 Visitas

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Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales

SUPUESTO PRÁCTICO Nº 1

La trabajadora del comedor escolar Doña Esperanza Rodríguez López, madre de un alumno, viene prestando sus servicios en el Colegio de Enseñanza Secundaria “Lope de Vega”, como encargada del comedor, desde el año 2002. Fue nombrada por la AMPA, con el acuerdo del Consejo Escolar. Percibe mensualmente 600 euros, que le paga la AMPA. Sus tareas consisten, básicamente, en colocar las mesas, distribuir las comidas, vigilar a los alumnos y recoger y fregar los utensilios del comedor. Las comidas son elaboradas por una empresa de catering. 

Se pide:

Teniendo en cuenta que la AMPA estima que se trata de una relación de servicios amistosos o benévolos, ¿Qué calificación le merece la relación que existe entre las partes?

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Respuestas 

Según los datos del caso planteado, estamos ante una relación de trabajo, ya que concurren todos los elementos necesarios para ello, establecidos en el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores. 

Doña Esperanza puede considerarse una trabajadora por cuenta ajena, dado que presta sus servicios en el Colegio de Enseñanza Secundaria “Lope de Vega” como encargada del comedor. Esto contradice la estimación de la AMPA respecto a que la relación que les vincula es de servicios amistosos o benévolos. 

Los elementos que constituyen la relación laboral se encuentran caracterizados en este caso de la siguiente manera:

  1. Trabajo Personal: Doña Esperanza, personalmente, se encarga de colocar las mesas, distribuir las comidas, vigilar a los alumnos y recoger y fregar los utensilios del comedor.
  2. Trabajo Voluntario: Doña Esperanza ha prestado sus servicios de forma libre y voluntaria.
  3. Trabajo por cuenta ajena: Con carácter general, trabajar por cuenta ajena significa atribuir a un tercero los beneficios del trabajo. Los bienes o servicios producidos no reportan al trabajador un beneficio económico directo. El beneficio corresponde al empresario que, en contrapartida, compensa al trabajador con una parte de esa utilidad, el salario. Los beneficios del trabajo de Doña Esperanza son para el colegio, y la AMPA, en contrapartida, la compensa con un salario de 600,00 euros mensuales.   
  4. Trabajo dependiente: El trabajo de Doña Esperanza es realizado bajo la supervisión, organización y dirección de la AMPA, ordenándole cuándo, dónde y cómo ha de realizarse.
  5. Trabajo retribuido: La AMPA retribuye, a cambio del trabajo que realiza Doña Esperanza, una compensación, cuantificable económicamente y denominada remuneración o salario, por valor de 600,00 euros mensuales. 

En resumen, en el caso que hemos desarrollado se muestra una prestación de carácter laboral.

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