Derechos Y Obligaciones De Los Accionistas
Enviado por gozi13 • 19 de Noviembre de 2014 • 1.085 Palabras (5 Páginas) • 610 Visitas
1. CONCEPTO DE ACCIONISTA
Se entiende accionista como aquella persona física o jurídica que posee una o varias acciones de los diferentes tipos de sociedades mercantiles reguladas dentro de la jurisdicción de un país. Un accionista es, en definitiva, un inversor capitalista que se involucra en el funcionamiento de una empresa y que, dependiendo del porcentaje de capital que aporte a la misma, tendrá una determinada responsabilidad y un determinado poder de decisión atendiendo al porcentaje de capital poseído.
En el momento que una persona física o jurídica adquiere una determinado porcentaje de cuota social o acciones y se encuentra registrado en el libro de accionistas, confiere un estatus de asociado y se le atribuye una serie de derechos y obligaciones para con la empresa, de tal manera que cada accionista, siendo aun minoritario, es considerado, en términos de derechos y obligaciones, como cualquier otro accionista.
2. DERECHOS DEL ACCIONISTA
La legislación mercantil da al asociado ciertos derechos, aunque dichos derechos pueden estar tipificados dentro de los estatutos. Dichos derechos pueden dividirse en dos, por una parte los clasificados como derechos patrimoniales o económicos y por otra parte los clasificados como derechos políticos. A continuación tipificaremos los derechos comunes en todas las sociedades, teniendo en cuenta que cada sociedad puede variar sus derechos y ampliarlos atendiendo a lo acordado en los estatutos de las mismas.
2.1. DERECHOS PATRIMONIALES O ECONÓMICOS.
Se entiende como aquellos derechos que confieren al accionista la posibilidad de reparto de utilidades económicas a su favor. Los derechos patrimoniales o económicos son los siguientes:
- Derecho al dividendo: se entiende dividendo como aquella parte del beneficio que la sociedad decide repartir entre sus accionistas en cual constituye la rentabilidad ordinaria del valor. El reparto al que hacemos referencia es una decisión de la junta general (atendiendo a ciertos requisitos), por lo que aun habiendo beneficios, esta puede decidir la no repartición de dichos beneficios entre sus socios.
- Derecho de suscripción preferente: este derecho hace referencia a la preferencia de suscripción de acciones a los antiguos accionistas en el caso de ampliaciones de capital con la emisión de nuevas acciones u obligaciones convertibles en acciones. El antiguo accionista, en este caso, tiene la posibilidad de acogerse a este derecho y ejercitar dichos procedimientos o bien vender estos derechos en el mercado.
En ocasiones se da el caso de ampliaciones de capital liberadas con cargo a reservas, es decir, para ejercitar la suscripción de nuevas acciones por los antiguos accionistas no es necesario un desembolso por parte de este.
- Derecho de cuota de liquidación: este derecho se refiere a la capacidad del accionista para exigir su parte proporcional en el producto de liquidación en caso de que la sociedad al que se refieren las acciones llegara a disolverse y liquidarse.
- Derecho de transmisión de las acciones: a diferencia de las sociedades no cotizadas en que la transmisión de acciones pueda estar sujeta a restricciones por disposición o tipificación en los estatutos o en las normas generales, en las sociedades cotizadas dicha transmisión de acciones no tiene ningún tipo de restricción.
- Derecho de separación: el derecho de separación supone la decisión voluntaria que cualquier socio puede tomar de rescindir la relación que vincula al socio con la sociedad, es decir la posibilidad de que, dándose determinadas condiciones, el socio pueda abandonar voluntariamente la sociedad. En este caso el socio accionista tiene el derecho a recibir de la sociedad mercantil el importe de sus acciones. Se tipifican unos determinados casos; sustitución del objeto social de la sociedad al que se refieren las acciones, cambio de domiciliación
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