ARTÍCULO 1 El Colegio De Licenciados En Administración Es Una Corporación Gremial Con Personería Jurídica, Patrimonio Propio Y Sin Fines De Lucro, Con Todos Los Derechos, Obligaciones Y Atribuciones Que Le Señala La Ley De Ejercicio De La Profesió
Enviado por Glember • 1 de Julio de 2013 • 393 Palabras (2 Páginas) • 1.109 Visitas
ARTÍCULO 1
El Colegio de Licenciados en Administración es una corporación gremial con personería jurídica, patrimonio propio y sin fines de lucro, con todos los derechos, obligaciones y atribuciones que le señala la Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración y su Reglamento, este Estatuto, sus Normas y Procedimientos, el Código de Ética Profesional del Licenciado en Administración y el Estatuto, Normas y Procedimientos que rigen en la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de Venezuela.
ARTÍCULO 2
El domicilio del Colegio será la capital de la entidad federal o la ciudad principal donde se constituya un Colegio, de acuerdo con las previsiones de la Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración.
ARTÍCULO 3
Entre los fines del Colegio de Licenciados en Administración, además de los especificados en la Ley, se destacan los siguientes:
1. Promover el acercamiento de las Escuelas de Administración de las universidades venezolanas, otras escuelas de las mismas universidades y con los institutos universitarios.
2. Promover el desarrollo, enseñanza e investigación en el campo de la Ciencia Administrativa.
3. Vigilar la asignación de cargos docentes, coordinadores, tutores directamente relacionados con el área de competencia del Licenciado en Administración.
4. Promover acciones dentro del ámbito de su región para dar a conocer las actividades, fines y propósitos que cumple el Colegio como gremio e institución que agrupa a profesionales universitarios de la Ciencia Administrativa.
5. Coordinar las acciones gremiales que estime convenientes cuando sus miembros sean afectados por disposiciones emanadas de organismos públicos o empresas privadas;
6. Realizar actividades culturales, deportivas y sociales con la finalidad de estimular las relaciones entre sus miembros.
7. Presentar a la Asamblea Ordinaria el plan de trabajo anual correspondiente, con la finalidad de dar cumplimiento a los objetivos del Colegio.
8. Participar en la promoción y consolidación de la previsión social del Licenciado en Administración, bajo las condiciones que se acuerden con el Instituto de Previsión Social del Licenciado en Administración IPSLA.
ARTÍCULO 4
El Colegio de Licenciados en Administración por su carácter civil, sin fines de lucro, podrá adquirir, poseer, disfrutar y disponer de toda clase de bienes muebles e inmuebles y obligaciones, invertir y contratar con personas naturales y jurídicas en los casos en que dichas gestiones sean beneficiosas a los intereses del Colegio y los actos se fundamenten en el Código de Ética.
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