Documentos Que Se Deben Anexar Al Pedimento De Importación Y Exportación
Enviado por ceciilihaa • 14 de Abril de 2014 • 1.393 Palabras (6 Páginas) • 1.070 Visitas
DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ANEXAR AL PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN
• La factura comercial que reúna los requisitos y datos que mediante reglas establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando las mercancías tengan un valor comercial en moneda nacional o extranjera superior a 300 dólares de los Estados Unidos de América. Las facturas podrán ser expedidas por proveedores nacionales o extranjeros y presentarse en original o copia.
• Dicha factura deberá contener los siguientes datos:
1. Lugar y fecha de expedición.
2. Nombre y domicilio del destinatario de la mercancía. En los casos de cambio de destinatario, la persona que asuma este carácter anotará dicha circunstancia bajo protesta de decir verdad en todos los tantos de la factura.
3. La descripción comercial detallada de las mercancías y la especificación de ellas en cuanto a clase, cantidad de unidades, números de identificación, cuando éstos existan, así como los valores unitario y total de la factura que ampare las mercancías contenidas en la misma. No se considerará descripción comercial detallada si la misma viene en clave.
4. Nombre y domicilio del vendedor.
5. Número de factura o de identificación del documento que exprese el valor comercial de las mercancías.
La falta de alguno de los datos o requisitos enunciados con anterioridad, así como las enmendaduras o anotaciones que alteren los datos originales, deberá ser suplida por declaración bajo protesta de decir verdad del importador, agente o apoderado aduanal, en la propia factura cuando exista espacio para ello o mediante escrito libre y presentarse en cualquier momento ante la autoridad aduanera, siempre que se efectúe el pago de la multa establecida en el artículo 185, fracción I de la Ley Aduanera, salvo que se trate de cumplimiento espontáneo.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, no será aplicable cuando la autoridad haya iniciado alguna de las facultades de comprobación contenidas en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.
En el caso de retornos de mercancías importadas temporalmente para elaboración, transformación o reparación, en términos de los artículos 108, 111 y 112 de la Ley Aduanera, se podrá presentar la factura o cualquier documento que exprese el valor comercial de las mercancías.
Cuando los datos a que se refiere el rubro 3) anterior se encuentren en idiomas distintos del español, inglés o francés, deben traducirse al español en la misma factura o en un documento anexo.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, también será aplicable para el manifiesto de carga a que se refiere el artículo 20, fracción IV de la Ley Aduanera y a los documentos señalados en el artículo 36, fracción I, inciso b) del mismo ordenamiento legal.
La obligación de presentar la factura o de cualquier documento que exprese el valor comercial de las mercancías, deberá cumplirse mediante la transmisión señalada en la regla 1.9.15. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012, sin que sea necesario acompañar al pedimento el comprobante que exprese el valor de las mercancías.
• El conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía en tráfico aéreo.
• Los documentos que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación, que se hubieran expedido de acuerdo con la Ley de Comercio Exterior, siempre que las mismas se publiquen en el Diario Oficial de la Federación y se identifiquen en términos de la fracción arancelaria y de la nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.
• El documento con base en el cual se determine la procedencia y el origen de las mercancías para efectos de la aplicación de preferencias arancelarias, cuotas compensatorias, cupos, marcado de país de origen y otras medidas que al efecto se establezcan, de conformidad con las disposiciones aplicables.
• El certificado de peso o volumen expedido por la empresa certificadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas, tratándose del despacho de mercancías a granel en aduanas de tráfico marítimo, en los casos que establezca el Reglamento de la Ley Aduanera.
Es importante indicar que para los efectos de los artículos 1o., 35, 36, penúltimo párrafo, 37, 38 y 90 de la Ley Aduanera, y 58 y 121 de su Reglamento, los documentos que deban presentarse junto con las mercancías para su despacho, para acreditar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, NOM’s y de las demás
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