EL TERRENO NO TIENE SCRITURA PARA HACER UNA VENTA
Enviado por Leonardo G De Pasquale • 3 de Octubre de 2022 • Apuntes • 395 Palabras (2 Páginas) • 35 Visitas
Modulo 2
EL TERRENO NO TIENE SCRITURA PARA HACER UNA VENTA. Es como una estafa y te esta avisando. EL otro va a estar en infracción porque su actividad que va a hacer es también ilegal. SI la municipalidad controlan que hay una actividad que no esta declarada, o sea usurpación del terreno, es ilegal. Pregunta 1 porque pierde validez, ninguno de los 2 ni de posesión ni pueden acceder a escritura.
Dependen donde los terrenos están ubicados, tenes una cierta habilitación, tipo comercial, familiar, etc. Ctos metros podes construir, cto tiene de alto, metros cubiertos, dependen del lugar.
NO hay formalidad, por ej firma de escribano. Para hacer venta de terreno tiene que presentar escritura, plano catrastal, eso se hace con escribani publico.
Con vocabulario correcto: contrato nulo. Sin validez. No es titular registral del inmueble. NO importan los años de posesión, ya que no es posible usucapir contra el estado. Esconder aves exóticas es un objeto ilícito. Los inmuebles solo se venden por escritura publica. EL boleto de compraventa es un mero compromiso de escriturar.
Otra interpretación: La venta se da con el boleto, con la escritura se transfiere la propi dad de la cosa.
Modulo 3
Operaciones comerciales por la ganancia que obtiene el banco por el tema de intereses. Ellos cobran intereses cuando se hacen depósitos y mayores con las operaciones de prestamos.
si es correcto. cuando depositas al banco, ellos no pagan ningún interés o pagan un interés muy pequeño, pero cuando queres que el banco te preste plata t cobra un interés mas alto. Esa diferencia de intereses es la ganancia del banco. es comercial como dijiste, porque el banco funciona como intermediario entre la demanda y la oferta de la "plata" y se lleva la ganancia que surge de la diferencia de intereses entre préstamo y deposito.
Parcial: auto dentro del plazo para poder pedir que le reembolsen la plata, el plazo es de 6 meses.
Leasing: hay una ley especifica que habla de leasing.
Cesión de deuda: no hay novacion y le cedes la deuda a un 3ero para que el se haga cargo porque vos no podes.
Remision de Deuda: Es un modo de extincion de obligaciones. El acreedor entrega voluntariamente al deudor el documento en el que consta la deuda (un pagare o un cheque por ejemplo). Ahi sin que se pague, se extingue la deuda. Esta en art 950 952 del codigo civ y comercial
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