ELEMENTOS DEL CONTRATO DE SEGUROS
Enviado por YVIERODRIGUEZ • 10 de Mayo de 2015 • 344 Palabras (2 Páginas) • 256 Visitas
El Contrato de Seguro al igual que cualquier contrato debe contener los siguientes elementos:
a. Capacidad: Es la aptitud legal para el goce y ejercicio de los derechos. El Código Civil en el artículo 1.143 establece: pueden contratar todas las personas que no estuvieren declaradas incapaces por la Ley. Nuestro derecho contempla como regla general la capacidad de las personas, así que si se alega la incapacidad debe probarse. El asegurador para poder celebrar un contrato de seguro, debe estar autorizado de conformidad con lo establecí-do en la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros. El asegurado para poder celebrar un contrato de seguro debe tener capacidad para obligarse contractualmente.
b. Consentimiento: Con el acuerdo espontáneo, voluntario respecto a un acto externo. Para que un contrato de seguro sea considerado válido debe haber consentimiento entre las partes para poder realizarlo. El contrato de seguro puede ser declarado nulo por varios acontecimientos. El artículo 1.146 del Código Civil contempla como causas expresas de nulidad del contrato, el error, el dolo y la violencia. En el contrato de seguro las partes aseguradoras, asegurado o tomador manifiestan su consentimiento en la póliza.
c. Objeto: Lo constituye el riesgo. El contrato de seguros puede cubrir toda clase de riesgos si existe interés asegurable; salvo prohibición expresa de la ley (Art. 10, Ley del Contrato de Seguro).
d. Causa: Es el interés. Todo interés legítimo en la no materialización de un riesgo, que sea susceptible de valoración económica, puede ser causa de un contrato de seguros. Pueden asegurarse las personas y los bienes de lícito comercio en cuya conservación tenga el beneficiario un interés pecuniario legítimo (Art. 11, Ley del Contrato de Seguro). Dentro del contrato de seguro existen los siguientes elementos personales, reales y formales.
Elementos Personales: asegurador, asegurado, beneficiario y tomador.
a. La empresa de seguros o asegurador: La persona que asume los riesgos.
b. Asegurado: Persona que en sí misma, en sus bienes o en sus intereses económicos está expuesta al riesgo.
c. Beneficiario: Aquél en cuyo favor se ha establecido la indemnización que pagará la empresa de seguros.
d. Tomador: La persona que obrando por cuenta propia o ajena, traslada los riesgos.
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