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ENSAYO ASAMBLEAS


Enviado por   •  19 de Octubre de 2012  •  1.616 Palabras (7 Páginas)  •  1.119 Visitas

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INTRODUCCION

En las Sociedades Mercantiles que hemos estudiado durante este curso, se analizó que desde la antigüedad las personas han buscado agruparse para consolidar un fin común, enfrentándose a la diversidad de opiniones para actuar, administrar y lograr el objeto social. Esto fue llevando a organizar y regular el comportamiento de los implicados (socios), buscando garantizar la igualdad de derechos y obligaciones, así como la justa repartición de las ganancias. En la actualidad se encuentra reglamentada por la Ley e indicada en los estatutos de la Sociedad la participación de los socios, a través del Órgano denominado Asamblea. Este ensayo se encuentra dedicado al análisis de cómo se llevan a cabo las Asambleas y las clases de Asamblea en La Sociedad Anónima (S.A.) que desde mi punto de vista es la figura de Sociedad más usual, derivada de su diversidad y flexibilidad para regular cualquier tipo de agrupación de personas.

La función específica de las Asambleas es la de que cada accionista declare su voluntad para que, sumada a la voluntad de todos o de la mayoría de los demás socios, se forme la llamada Voluntad Colectiva de la sociedad; Así, legalmente convocados y transitoriamente reunidos participan en la resolución de los asuntos que les tiene encomendados la ley o el contrato social.

ASAMBLEAS

ORGANO DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA

De acuerdo a la Ley General de Sociedades Mercantiles, el órgano supremo en el caso de la Sociedad Anónima es la Asamblea General de Accionistas, y que podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta, y sus resoluciones serán cumplidas por la persona que ella misma designe, o a falta de designación por el administrador o por el consejo de administración.

En los estatutos se podrá prever que las resoluciones se tomen fuera de asamblea siempre que sea por unanimidad de votos de los accionistas que representen el 100% del capital social y que se confirmen por escrito.

Deben celebrarse en el domicilio social y sin éste requisito serán nulas.

La Asamblea General de Accionistas ejercerá las funciones siguientes:

1) Disponer qué reservas deben hacerse además de las legales;

2) Fijar el monto del dividendo, así como la forma y plazos en que se pagará;

3) Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores, funcionarios directivos o el revisor fiscal;

4) Elegir y remover libremente a los funcionarios cuya designación le corresponda;

5) Disponer que determinada emisión de acciones ordinarias sea colocada sin sujeción al derecho de preferencia, para lo cual se requerirá el voto favorable de no menos del setenta por ciento de las acciones presentes en la reunión;

6) Adoptar las medidas que exigiere el interés de la sociedad, y

7) Las demás que le señalen la ley o los estatutos, y las que no correspondan a otro órgano.

CLASES DE ASAMBLEAS:

La LGSM clasifica las asambleas en Constitutivas, Generales y Especiales, y a las segundas, o sea a las generales, en Ordinarias y Extraordinarias. Para poderse reunir en asamblea los Accionistas deberán ser Convocados, mediante un aviso, publicado en el o los medios de comunicación previstos por la ley o por el contrato social.

¿Quien Convoca?

 Los administradores.

 El o los comisarios.

 Los accionistas que representen el 33% del capital social podrán solicitar a los administradores o a los comisarios que convoquen y si no lo hacen en 15 días, la convocatoria la hará el juez.

 El mismo derecho tiene un solo accionista, cuando:

 En 2 ejercicios no se han celebrado asambleas.

 Se han celebrado las asambleas sin tratar los asuntos contenidos en el artículo 181 de la ley.

¿Como se Convoca?

Debe hacerse por medio de publicación en el periódico oficial de la entidad donde tenga su domicilio la sociedad o en los periódicos de mayor circulación con la anticipación que fijen los estatutos o con quince días de anticipación de la asamblea.

Dicha convocatoria deberá contener la orden del día, es decir, los puntos a tratar en la asamblea. (186 y 187)

Si se lleva a cabo una asamblea en contra de lo anterior ésta será nula, salvo que en el momento de la votación haya estado representada la totalidad de las acciones (art. 188)

En caso de que la asamblea no se celebre el día fijado, se deberá a hacer una segunda convocatoria, pero debe realizarse una junta expresando el motivo por el cual no se llevó a cabo la asamblea ordinaria, extraordinaria o especial de que se trate. (art. 191 LGSM).

Los accionistas que no puedan asistir a la asamblea podrán enviar un mandatario que deberá presentarse con un mandato por escrito, salvo que los estatutos dispongan otra cosa. No pueden ser mandatarios los administradores ni los comisarios (art. 192 LGSM).

CLASIFICACIÓN:

ASAMBLEA CONSTITUTIVA -> Tienen lugar en los casos de constitución sucesiva o por suscripción pública, (de acuerdo a los artículos 99-102 de la LGSM).

La Asamblea General Constitutiva tendrá a su cargo:

• Comprobar la existencia de la primera exhibición prevenida en el proyecto de estatutos.

• Examinar y aprobar, en su caso, el avalúo de los bienes aportados distintos del efectivo.

• Los suscriptores no tendrán derecho a voto con relación a sus propias aportaciones en especie.

• Deliberar acerca de la participación en la utilidad que los fundadores se hayan reservado.

• El nombramiento de los administradores,

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