ESFUERZO Y COLABORACION POR EL DESARROLLO DE LA REGION
Enviado por karlis2817 • 12 de Abril de 2016 • Ensayo • 5.412 Palabras (22 Páginas) • 256 Visitas
GRUPO ASOCIATIVO SAN LORENZO
NIT: 813.008.829-4
“ESFUERZO Y COLABORACION POR EL DESARROLLO DE LA REGION
ESTATUTOS
CAPITULO I
DENOMINACIÓN, DOMICILIO, AMBITO DE OPERACIÓN Y DURACIÓN
ARTICULO 1. El grupo Asociativo San Lorenzo, es una entidad regional de carácter gremial, sin animo de lucro, abierta a todas las personas vinculadas al sector agropecuario, que se dediquen a la producción, y a la distribución de artículos de primera necesidad, que tenga por objeto promover y estimular la producción para obtener beneficios en pro del GRUPO, contribuyendo al desarrollo del sector rural nacional.
ARTICULO 2.La organización llevará el nombre del “GRUPO ASOCIATIVO SAN LORENZO”.
ARTICULO 3. El domicilio principal del Grupo Asociativo San Lorenzo, será la vereda Betania del municipio de Pitalito, Departamento del Huila y se podrá establecer sucursales en sitios distintos del domicilio principal, en el departamento.
ARTICULO 4. El ámbito de operaciones del grupo asociativo, comprenderá el departamento del Huila , la república de Colombia y el ámbito internacional.
ARTICULO 5. La duración del grupo asociativo tendrá un término de veinte (20) años, sin embargo podrá disolverse cuando se presenten las causales que para el efecto establece la legislación y los Estatutos.
CAPITULO II
CRITERIOS Y OBJETIVOS ECONÓMICOS Y SOCIALES
ARTICULO 6. El criterio básico en el que se fundamenta y regulan las actividades del grupo asociativo se configura en los siguientes principios:
- Libre voluntad de afiliarse y retirarse
- Igualdad de derechos y obligaciones de los miembros.
- Participación democrática en las deliberaciones y decisiones. Cada afiliado tiene voz y voto.
- Ausencia de discriminación por cualquier razón
- Educación asociativa y empresarial.
ARTICULO 7. Los objetivos específicos de la asociación son :
- Promover, desarrollar y estimular la producción agropecuaria
- Promover, desarrollar y estimular la producción de café de alta calidad.
- Ser instrumento de progreso social, económico y cultural, de los asociados, contribuyendo al aumento en los ingresos y al mejoramiento del nivel de vida en vivienda, salud, educación, recreación y de infraestructura de producción.
- Promover grupos de trabajos hacia el progreso de la misma asociación, de la familia y de la comunidad
- Desarrollar el espíritu de sociabilidad para obtener buen compañerismo, solidaridad y colaboración entre los asociados de la organización así como las buenas relaciones con otros grupos que pertenezcan a la misma comunidad
- Adquirir conocimiento sobre relaciones humanas, salud, saneamiento ambiental, infraestructura , agropecuarias , tendientes a mejorar el nivel de vida de las familias
- Capacitar para trabajar en el desarrollo positivo de la comunidad aprovechando la asistencia de entidades a través de sus organismos
- Conformar comités empresariales para la generación de empleo de los asociados.
ARTICULO 8. Para cumplir y desarrollar los objetivos, el grupo asociativo promoverá soluciones a sus necesidades en el campo de consumo, crédito de provisión de mercadeo, de asistencia técnica, de vivienda, de educación y de otros servicios de solidaridad.
CAPITULO III.
RÉGIMEN ECONÓMICO
ARTICULO 9. El patrimonio del grupo asociativo estará constituidos por todos los bienes que ingrese por conceptos de Cuotas de Afiliación y de sostenimiento, el valor de las mensualidades, auxilios, aportes y donaciones de cualquier persona natural o jurídica del orden nacional o internacional, y los que provengan de cualquier actividad y operación que efectúe el grupo Asociativo.
PARÁGRAFO: Los auxilios y donaciones no podrán beneficiar individualmente a los miembros y hacen parte del fondo irrepartible de carácter social en caso de disolución del
Grupo Asociativo.
ARTICULO 10. El patrimonio del Grupo Asociativo es independiente del de cada uno de sus miembros. En consecuencia, la obligación que tiene el Grupo Asociativo no da derecho al acreedor para reclamar a ninguno de sus miembros, a menos que estos hayan consentido expresamente en responder por todo o partes de tales obligaciones.
ARTICULO 11. Ni las cuotas de sostenimiento, ni los aportes devengarán intereses puesto que éstos estarán representados en beneficios y / o servicios a los miembros del Grupo Asociativo.
CAPITULO IV
RESPONSABILIDAD DEL GRUPO ASOCIATIVO Y DE SUS MIEMBROS
ARTICULO 12. El Grupo Asociativo se hace acreedor o deudor ante terceros y ante sus miembros por las operaciones que activa o pasivamente efectúe la junta Directiva dentro de las órbitas de sus respectivas atribuciones. La responsabilidad del Grupo Asociativo para con terceros compromete a la totalidad del patrimonio social.
ARTICULO 13. La responsabilidad de los miembros para con el Grupo Asociativo y para con los acreedores de el, se limita a los aportes que hayan efectuado y comprende las obligaciones contraídas por el Grupo Asociativo durante su permanencia como miembro y las existentes en la fecha de su retiro o exclusión de conformidad con los estatutos.
PARÁGRAFO : En los suministros, crédito y demás relaciones contractuales de los asociados para con el Grupo Asociativo, responderán personal y solidariamente con su patrimonio según estipule en cada caso.
CAPITULO V
MIEMBROS, CONDICIONES DE ADMICIÓN, DEBERES Y DERECHOS, RETIRO, EXCLUCIÓN Y FALLECIMIENTO.
ARTICULO 14. Serán miembros del Grupo Asociativo, las personas que participen en su constitución y las que en adelante sean aceptadas por la junta directiva previo el lleno de los siguientes requisitos:
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