El Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior
Enviado por Martin Zuñiga • 19 de Octubre de 2016 • Documentos de Investigación • 487 Palabras (2 Páginas) • 169 Visitas
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TRIPLE A - ASUNTOS ADUANEROS
ARANCELARIOS
ASIGNATURA:
Comercio Exterior
PRESENTADO POR:
Martin Orlando Zúñiga Marín
El Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior se encuentra en los decretos:
- Decreto 403 del 3 de marzo de 1993,
- Decreto 2553 del 23 de diciembre de 1999,
- Decreto 210 del 3 de febrero de 2003,
- Decreto 3303 del 25 de septiembre de 2006.
Desarrolla las siguientes funciones:
- Analizar y recomendar al Consejo Superior de Comercio Exterior y al Gobierno Nacional, conforme a las leyes que regulan la materia sobre los aspectos del régimen aduanero y arancelario y en particular sobre:
- Política aduanera acorde con el modelo de desarrollo económico y la práctica del comercio internacional.
- Control y evaluación de la aplicación de medidas arancelarias y aduaneras por parte de las entidades encargadas de su ejecución y sobre la adopción de los correctivos a que hubiere lugar.
- Política de destino de los bienes aprehendidos o abandonados teniendo en cuenta el impacto de la misma sobre la producción nacional y la conveniencia de efectuar su reexportación, donación o venta.
- Adopción de la política arancelaria.
- Establecimiento y variación de los aranceles y demás tarifas arancelarias aplicables a las importaciones.
- Variaciones en la metodología, criterios, objetivo y composición del mecanismo de estabilización de precios previsto en la Ley 7ª de 1991.
- Pertinencia de las solicitudes presentadas en relación con las modificaciones al arancel de aduanas, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Modificación del arancel de aduanas en lo concerniente a la actualización de la nomenclatura, sus reglas de interpretación, notas legales, notas explicativas y reestructuración de los desdoblamientos o creación de nuevas subpartidas.
- Estudiar y hacer las recomendaciones pertinentes al Consejo Superior de Comercio Exterior y al Gobierno Nacional, conforme a las leyes que regulan la materia, sobre:
- El comportamiento de los regímenes de importación, exportación.
- La adopción de los sistemas de valoración aduanera.
- El establecimiento de sistemas que permitan un control eficaz de las operaciones de aforo, para evitar la subfacturación y de otras prácticas que afecten la producción nacional.
- Asesorar al Gobierno Nacional en materia de devolución de impuestos relacionados con las operaciones de comercio exterior, niveles, modalidades y requisitos.
- Recomendar al Gobierno Nacional sobre la adopción de medidas de salvaguardia provisional conforme a las normas que regulan la materia, y recomendar al Consejo Superior de Comercio Exterior sobre la adopción de medidas de salvaguardia definitivas.
Los Integrantes del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior El Comité está integrado por los siguientes miembros:
- Viceministro de Comercio, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (
- Viceministro Técnico de Hacienda y Crédito Público
- Viceministro de Desarrollo Empresarial, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
- Viceministro de Agricultura
- Viceministro de Minas y Energía
- Subdirector del Departamento Nacional de Planeación
- Director de Aduanas Nacionales
- Superintendente de Industria y Comercio
- Asesores del Consejo Superior de Comercio Exterior
- La Secretaría Técnica de este Comité está a cargo de la Subdirección de Prácticas Comerciales
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