El contrato.Las obligaciones de los contratos tiene fuerza de ley
Enviado por Pablo García • 20 de Febrero de 2017 • Apuntes • 740 Palabras (3 Páginas) • 276 Visitas
TEMA 1. EL CONTRATO.
1.1
Las obligaciones de los contratos tiene fuerza de ley entre las partes, lo que no significa que las partes al contratar legislen, si no que quedan obligadas como si fuera una ley entre las partes. (art. 1089 cc).
Un contrato es un acuerdo de voluntades entre 2 o mas sujetos que consienten en obligarse constituyendo, modificando o extinguiendo una relación jurídica. No se encuentra definido como tal en el CC.
La teoría general del contrato se regulan entre los artículos 1254 y 1354 CC.
El Derecho Romano era muy formalista, entonces surgñían obligaciones, pero no solo de contratos (p.e. stipulatio, préstamos…etc)
1.2 Clasificación de los contratos
• Consensuales / reales / formales.
o Consensuales. Es la regla general. Son los que se perfeccionan con el consentimiento de las partes (1258CC) P.E. Compraventa
o Reales. Son menos. Son aquellos que se perfeccionan por la entrega de la cosa. P.E. Salgo con un amigo, me olvido el dinero y me lo presta, hasta que no me da el dinero, no se produce el contrato.
o Formales. Son muy excepcionales. Son aquellos que se perfeccionan mediante una forma especial. P.E. Contrato de donación de inmuebles, necesita escritura pública, si no, no tiene validez.
• Unilaterales/ bilaterales/plurilaterales. (no hace referencia al número de personas de un acuerdo, si no al número de partes)
o Unilaterales. Son aquellos en los que solo surge obligación para una de las partes. P.E. Donación, el donante regala y el donatario tan solo recibe; contrato de préstamo.
o Bilaterales. Son aquellos en los que surgen obligaciones para ambas partes, son recíprocos.
o Plurilaterales. Existe un acuerdo de voluntades entre varias personas para llegar a un fin. P.E. Acuerdo de sociedades.
• Onerosos/lucrativos
o Onerosos. La prestación de una de las partes tiene un beneficio para el otro. Existe un intercambio recíproco de atribuciones patrimoniales. P.E. Compraventa. No es lo mismo oneroso, que bilateral. P.E. Hay contratos unilaterales que pueden ser onerosos PRÉSTAMOS, me dejan algo y para mi surge la obligación de devolverlo.
o Lucrativos.
• Conmutativos/aleatorios.
o Conmutativos. Las obligaciones de las partes están establecidos desde el momento de la perfección del contrato.
o Aleatorios. Existe una incertidumbre para las partes sobre lo que tienen que hacer. Habrá una obligación de hacer en caso de que suceda un acontecimiento. P.E. Si nosotros en Julio nos apostamos con un amigo que el Madrid ficha a De Gea, es un contrato aleatorio apuestas. P.E. Renta vitalicia de los bancos, me pagan X cantidad hasta que fallezca y luego se quedan con mi casa.
• Típicos/atípicos
o Típicos. Son aquellos en los que las partes siguen una estructura que ya esta prevista en el ordenamiento
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