Electiva CPC ACTIVIDAD 1. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
Enviado por LMAURYGONZA • 20 de Febrero de 2019 • Informe • 1.594 Palabras (7 Páginas) • 286 Visitas
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Asignatura:
Electiva CPC
ACTIVIDAD 1. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
Presenta:
LUZ DARYS MAURY GONZALEZ
ID: 000639468
Docente:
Gustavo Meza Flórez
Administración en Salud Ocupacional
IV Semestre
Barrancabermeja- Santander Febrero 19 de 2019
ACTIVIDAD 1. CONCEPTOS BÁSICOS 1.
Se plantea el siguiente accidente de trabajo el estudiante debe leerlo y responder las preguntas propuestas.
Descripción del accidente:
El suceso ocurrió en el taller de mantenimiento de la empresa. El trabajador se disponía a cortar un tubo metálico en una sierra de cinta horizontal para cortar metales. Para ello posicionó el tubo en las mordazas de la máquina para situarlo a la longitud de corte apropiada. Cuando realizaba la medición, y con las dos manos situadas en la zona de operación de la sierra, el trabajador presionó de manera involuntaria el pulsador de puesta en marcha de la máquina que se encontraba a su espalda. En ese momento la sierra se puso en movimiento alcanzándole el dedo pulgar de su mano derecha. El reporte se hace de forma extemporánea.
Preguntas:
- Sustentar si es o no es un accidente de trabajo de acuerdo a la definición de accidente de trabajo según la ley 1562 de 2012.
Si es un Accidente de trabajo porque “Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte”.
- Si el accidente es por causas o con ocasión del trabajo y por qué?
El accidente es por causas ya que el trabajador al momento del accidente estaba realizando su trabajo.
“La ley N° 16.744 establece que accidente del trabajo es toda lesión que sufra un trabajador a causas o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte”.
- Cuál es el tipo de lesión?
Amputación dedo pulgar en su mano derecha.
- Es o no es accidente grave según res 1401 de 2007? Sustentar la respuesta.
Si es un accidente grave ya que hubo amputación del dedo pulgar de la mano derecha, y la resolución 1401 de 2007 dice que es accidente grave : aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal, fractura de huesos, trauma craneoencefálico, quemaduras, lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras, lesiones que comprometan la capacidad auditiva.
- Qué tipo de responsabilidades del sistema general de riesgos laborales tienen los empleadores y trabajadores en este accidente y por qué?
EMPLEADORES | TRABAJADORES |
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- Que sanción tendría la empresa por reporte extemporáneo y porqué?
El decreto 1295 de 1994, en el art.91
- 5- nos dice que señala como sanción al empleador que no realice el reporte del accidente de trabajo o lo haga de manera extemporánea, una multa de hasta 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
2. Descripción del accidente:
La trabajadora SE ENCONTRABA realizando el proceso pre analítica de la muestra de orina (sin sangre) de recolección de 24 horas al momento de sacar la recolección esta sale expulsiva y cae encima de las caderas hacia abajo la trabajadora portaba elementos de protección personal, bata anti fluidos, mono gafas, cuenta con esquema completos de vacunación.
Preguntas
- Sustentar si es o no es un accidente de trabajo de acuerdo a la definición de accidente de trabajo según la ley 1562 de 2012.
No es accidente de trabajo ya que no hubo una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
- Si el accidente es por causas o con ocasión del trabajo y por qué?
No es accidente de trabajo
- Cuál es el tipo de lesión?
No hubo lesión
- Es o no es accidente grave según res 1401 de 2007? Sustentar la respuesta.
No es un accidente grave porque no ocasionó amputación, fracturas, trauma craneoencefálico, quemaduras de segundo y tercer grado, lesiones severas, etc.
- Cuantos días tiene el empleador para hacer el reporte de accidente de trabajo según el decreto 1295 de 1994.
El art 62 del decreto 1295 de 1994, establece para el empleador la obligatoriedad de reportar todo accidente de trabajo o enfermedad laboral que ocurra en una empresa o actividad económica, dentro de dos días calendario siguientes a la ocurrencia del accidente o diagnosticada la enfermedad.
3. Descripción del accidente:
La contratista iba a iniciar consulta de terapias físicas a un paciente en camilla, el paciente tenía una lanceta sin saber la Doctora la toma para desecharla pensando que era de plástico y esta era metálica lo cual se ocasiona punción en el dedo 4 de la mano izquierda, el paciente es VIH positivo.
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