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Empresa y administracion


Enviado por   •  15 de Marzo de 2022  •  Tarea  •  354 Palabras (2 Páginas)  •  76 Visitas

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                                TEMA 4

  1. Elena quiere abrir un negocio propio y para ello va a adaptar un viejo almacén heredado de su abuelo, para convertirlo en un local que servirá de cine, teatro y conciertos, además de tener cafetería. Será necesario un acondicionamiento interior y un arreglo de la fachada. La empresa constructora Cooperativa de Mujeres Albañiles “Las Subrepresentadas S. Coop.” se va a encargar de las obras de reparación, acondicionamiento y mejora. Le ha dado un presupuesto de coste de ejecución por 100.000 euros a los que habrá que añadir el IVA del 21%. Esta empresa constructora se encargará de solicitar la necesaria licencia de obra urbanística y correspondientes permisos ante el Ayuntamiento. Pero Elena desea saber algunos detalles más acerca de cuánto debe pagar por el Impuesto de Construcciones Instalaciones y Obras, para lo cual, se acerca a su Ayuntamiento y pide que le den una copia de las Ordenanzas Fiscales de este impuesto.

  1. ¿Se puede considerar que ha realizado el hecho imponible pues no va a construir una edificación nueva?

Si, ya que en la ordenanza municipal especifica que la obra y rehabilitación, también es un hecho imponible

  1. ¿Quién será el sujeto pasivo?

Elena, ya que es la dueña del local y la contribuyente encargada de los gastos que eso implica

  1. ¿Puede existir en este caso sustituto del contribuyente?

Si, ya que la empresa responsable de la obra “Las Subrepresentadas S. Coop” va a ser la encargada de presentar las licencias oportunas en el ayuntamiento.

  1. Calcula la base imponible y la cuota íntegra.

Base imponible = 100000 euros, que es el precio de la obra sin añadir el IVA

Cuota íntegra = Tiene un tipo de gravamen del 2,9% de la base imponible, es decir; 2.900€

  1. Obtened la cuota líquida y la deuda tributaria.

Cuota Líquida= Al tener una bonificación del 25% porciento la cuota Líquida sería: 2.900 -25% = 2.175€

Deuda tributaría = sería de 2.1756€ hasta el momento que se extinguiría la deuda.

  1. ¿Habrá pagado algún impuesto por heredar el almacén de su abuelo?

Si, el Impuesto de sucesiones y donaciones.

  1. Por ser propietaria del almacén, ¿deberá pagar algún impuesto local más?

Si, el Impuesto de Bienes Inmuebles.

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