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Energia microeconomia


Enviado por   •  21 de Octubre de 2017  •  Resumen  •  1.686 Palabras (7 Páginas)  •  189 Visitas

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Lina María Puentes Calderón

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  1. ¿Cuál es la pregunta de investigación planteada por los autores?

R. ¿Cuáles son los efectos del hurto de energía y cambios regulatorios en Zonas de Cundinamarca? Teniendo en cuenta la economía del crimen.

2. ¿Qué es un monopolio natural? Explíquelo desde el artículo y con alguna bibliografía complementaria que crea conveniente (Varían, 2016) para el caso de los Servicios Públicos Domiciliarios (SPD) en Colombia.

R. Según el artículo, el monopolio natural “corresponde a la distribución y comercialización de energía eléctrica, bajo la estructura de costos marginales crecientes” (Pulido Castrillón, Á. A. y Avendaño Ordóñez, K., 2017, p.11).

Según Varían: Un monopolio natural surge cuando existen economías de escala (rendimientos crecientes a escala) suficientemente grandes como para que una sola empresa pueda producir toda la cantidad total del mercado con un CTMe de producción (por empresa) menor que si hubiera varias empresas en la industria. Esto quiere decir que un monopolio natural se caracteriza por tener una curva de CTMe decreciente, al menos en el tramo relevante de niveles de producción (a la izquierda de la curva de demanda)

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3. ¿Qué es la Economía del Crimen? Señale los principales autores de referencia en el artículo y sus postulados.

R. La economía del crimen pretende explicar las preferencias en el comportamiento humano y la asignación de recursos dentro y fuera del mercado convencional, identificación de diferentes motivaciones o situaciones exógenas al individuo que lo inciten a delinquir, y en el efecto de las consecuencias o castigos del acto criminal, una vez detectado.

Dilulio (1996): Supone que en el modelo planteado de crimen y castigo para un agente principal, su actitud racional y egoísta es la que determina su comportamiento como una respuesta óptima a los incentivos establecidos. Por lo tanto, un sistema de sentencias óptimas implica sanciones severas y una mayor disuasión para entrar a la actividad criminal. (Pulido Castrillón, Á. A. y Avendaño Ordóñez, K., 2017, p.230).

Becker (1968): Menciona que para el caso de las multas utilizadas como castigo, un uso racional de estas requiere un conocimiento de los daños y beneficios marginales, aprehensión marginal y costos de convicción. El autor añade que las multas tienen varias ventajas sobre otros castigos: conservan los recursos, compensan a la sociedad, castigan a los delincuentes y simplifican la determinación del óptimo de probabilidad de detención y el castigo. (Pulido Castrillón, Á. A. y Avendaño Ordóñez, K., 2017, p.230).

Bourguignon (1999): Se refiere al control directo que los diseñadores de política pueden tener por medio de la severidad de las sanciones impuestas por el sistema judicial y la probabilidad de detección del crimen, determinada a su vez por el gasto público destinado a la fuerza policial. . (Pulido Castrillón, Á. A. y Avendaño Ordóñez, K., 2017, p.230).

Freeman (1999): En su exposición sobre la economía del crimen, menciona que, dados los altos niveles de delincuencia, no es de extrañar que la prevención del delito sea una actividad económica importante. Dado que la delincuencia perjudica a las víctimas física y económicamente, el Estado y los individuos gastan considerables recursos tratando de prevenir el delito. La optimización de la producción individual o social requiere que ejerzan estas actividades solo hasta el punto donde el valor marginal de la reducción de la delincuencia es igual al costo marginal de la actividad de revención del delito (Freeman, 1999). (Pulido Castrillón, Á. A. y Avendaño Ordóñez, K., 2017, p.230).

4. ¿Cómo se fijan las tarifas de energía eléctrica en Colombia? Tenga en cuenta la legislación actual y revise en la CREG alguna información reciente desde la normatividad.

R.   Las tarifas de la energía eléctrica son reguladas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), mediante resoluciones que en principio tienen vigencia por cinco años. La tarifa definida en pesos por kilovatio hora ($/kwh), tiene como base de cálculo el costo unitario (CU). (lozano & Rincon,2010, pag.03)

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) publicó la Circular 057 de 2017 con la que convoca a usuarios, agentes del mercado y público en general, a participar en la socialización de la Resolución CREG 121 de 2017 “por la cual se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el sistema interconectado nacional”. (CREG,2017 Pag.1)

Lo anterior se trata de un taller que se llevará a cabo en las ciudades de Bogotá y Barranquilla. Allí se encuentra información referente a esto y se especifica que el primero se realizó el pasado miércoles 11 de octubre de 2017, de 9:00 am a 12:00 m, en el auditorio principal de Compensar (Calle 94 No. 23-43) y también fue transmitido por streaming en la página web de la Comisión.

5. ¿Cuál es la metodología utilizada por los autores? Indique los modelos utilizados y señale brevemente sus resultados.

R.  Los autores plantean dos modelos uno llamado el modelo microeconómico del hurto de energía donde dicen que la regulación colombiana creo un monopolio natural y plantean ejemplos teniendo en cuenta una demanda de energía para solo dos sectores: “El primero D1, que corresponde a la energía consumida del servicio no residencial, y D2, a la energía consumida del sector residencial; estos presentan precios o tarifas diferenciales, según su actividad comercial. El regulador establece una fijación de precios mediante el mecanismo de price cap, tarifas que incluyen los costos y la rentabilidad presunta del negocio para periodos tarifarios de cinco años” (Pulido Castrillón, Á. A. y Avendaño Ordóñez, K., 2017, p.243).

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