Estándares y políticas operacionales para la dependencia universitaria en materia de adquisiciones
Enviado por sara1823 • 26 de Septiembre de 2014 • 1.718 Palabras (7 Páginas) • 249 Visitas
El siguiente documento es un ejemplo de Normas Generales y Políticas de Operación para las dependencias universitarias en materia de adquisiciones.
ADQUISICIONES
1. LAS ADQUISICIONES CON CARGO TOTAL O PARCIAL AL PRESUPUESTO DE LA UNAM, O A LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS QUE RECIBAN LAS DEPENDENCIAS, ASÍ COMO AQUELLAS QUE SE REALICEN CON RECURSOS PROVENIENTES DE OTRAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO, ESTARÁN SUJETAS A LAS PRESENTES NORMAS Y DEMÁS DISPOSICIONES QUE AL EFECTO SE EMITAN.
2. LOS BIENES E INSUMOS QUE ADQUIERAN LAS DEPENDENCIAS, DEBERÁN SER ACORDES A LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS QUE REALIZAN Y A LAS NECESIDADES OPERATIVAS DE ESTAS, SUJETÁNDOSE A SUS PROGRAMAS Y A LOS RECURSOS AUTORIZADOS EN EL PRESUPUESTO DE LA INSTITUCIÓN, PREVIA SOLICITUD DE COMPRA POR ESCRITO.
3. TODAS LAS ADQUISICIONES QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS DEBERÁN TRAMITARSE A TRAVÉS DE SU SECRETARIA, UNIDAD O DELEGACIÓN ADMINISTRATIVA, SIENDO RESPONSABLE DE DICHAS ADQUISICIONES, EL DIRECTOR DE LA DEPENDENCIA.
4. LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROVEEDURÍA (DGPROV.) BRINDARA EL APOYO Y ASESORÍA SOBRE LAS COMPRAS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS, CUANDO ASÍ LO REQUIERAN.
5. DE CONFORMIDAD CON LAS POLÍTICAS PRESUPUESTALES, LAS EROGACIONES QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS POR LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y ARTÍCULOS DE IMPORTACIÓN, DEBERÁN EVITARSE CUANDO EN EL PAÍS SE ENCUENTREN PRODUCTOS DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD.
6. LAS DEPENDENCIAS UNIVERSITARIAS DEBERÁN PLANEAR Y PROGRAMAR SUS COMPRAS DE MANERA ANUAL, CONFORME A SU PRESUPUESTO, POLÍTICAS DE CONTROL DE INVENTARIOS Y NECESIDADES, HACIENDO CONSOLIDADOS DE LOS BIENES A ADQUIRIR POR SUS CARACTERÍSTICAS ESPECIFICAS, A EFECTO DE OBTENER LAS MEJORES CONDICIONES DE PRECIO EN LAS MISMAS, EVITANDO REALIZAR COMPRAS FRACCIONADAS.
7. PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES O LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS CONTEMPLADOS EN LAS PARTIDAS CENTRALIZADAS, DEBERÁN OBSERVARSE LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS PARA CADA CASO, SEGÚN CORRESPONDA.
8. PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTE NORMATIVIDAD, LAS DEPENDENCIAS UNIVERSITARIAS PODRÁN REALIZAR LOS SIGUIENTES TIPOS DE COMPRAS:
I. COMPRAS NACIONALES:
A) DEL ALMACÉN GENERAL (SOLICITUD VALE DE ABASTECIMIENTO);
B) DIRECTAS (ORDEN DE COMPRA);
C) MENORES (ORDEN DE COMPRA), Y
D) MAYORES (REQUISICIÓN DE COMPRA).
II. COMPRAS AL EXTRANJERO:
A) DE PRESUPUESTO (REQUISICIÓN DE COMPRA), Y
B) DIRECTAS--CON APOYOS EXTERNOS A LA INSTITUCIÓN--(ORDEN DE COMPRA).
9. TODAS LAS COMPRAS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS, DEBERÁN AJUSTARSE A LOS MONTOS VIGENTES AUTORIZADOS POR EL COMITÉ DE COMPRAS Y SERVICIOS DE LA UNAM Y DIFUNDIDOS MEDIANTE CIRCULAR SUSCRITA POR EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO, PRESIDENTE DEL MISMO, ASÍ COMO A LAS NORMAS CORRESPONDIENTES, Y OBTENER POR LO MENOS TRES COTIZACIONES DE LOS BIENES REQUERIDOS, DEBIENDO ELABORAR UN CUADRO COMPARATIVO DE OFERTAS. LAS COTIZACIONES DEBERÁN CUMPLIR CON LOS LINEAMIENTOS QUE EN LAS PRESENTES NORMAS SE ESPECIFICAN.
10. LAS DEPENDENCIAS DEBERÁN SOLICITAR A LOS PROVEEDORES QUE COTICEN, CUANDO ASÍ SE REQUIERA, UNA MUESTRA DE SUS PRODUCTOS PARA SU EVALUACIÓN TÉCNICA.
11. CON EXCEPCIÓN DE LAS COMPRAS DIRECTAS, LOS PROVEEDORES DEBERÁN ESTAR REGISTRADOS EN EL "CATALOGO DE PROVEEDORES DE LA UNAM" ELABORADO Y ACTUALIZADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROVEEDURÍA; EN CASO CONTRARIO, LAS DEPENDENCIAS TENDRÁN QUE SOLICITAR EL REGISTRO RESPECTIVO.
12. LAS DEPENDENCIAS DEBERÁN REALIZAR SUS ADQUISICIONES CON LAS EMPRESAS QUE SE ENCUENTREN REGISTRADAS EN EL CATALOGO DE PROVEEDORES DE LA UNAM, CON EXCEPCIÓN DE AQUELLAS QUE ESTÉN SANCIONADAS POR EL COMITÉ DE COMPRAS Y SERVICIOS, PREVISTAS EN EL REFERIDO CATALOGO.
13. CUANDO POR NECESIDADES DE LAS DEPENDENCIAS SE ADQUIERAN BIENES CON PROVEEDORES DIFERENTES A LOS QUE CONSIDERA EL "CATALOGO DE PROVEEDORES DE LA UNAM", ESTAS TENDRÁN QUE INTEGRAR SU CATALOGO DE PROVEEDORES LOCAL, MISMO QUE DEBERÁN ENVIAR A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROVEEDURÍA.
14. SI EN EL MERCADO NO EXISTIERAN AL MENOS TRES PROVEEDORES QUE PUEDAN COTIZAR EL BIEN SOLICITADO, POR TRATARSE DE BIENES DE FABRICACIÓN ESPECIAL, TITULAR DE LA PATENTE O MARCA O DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, SE PODRÁ ADQUIRIR CON EL PROVEEDOR DE QUE SE TRATE, JUSTIFICÁNDOSE POR ESCRITO LA CAUSA CORRESPONDIENTE.
15. PARA LA SELECCIÓN DE LOS BIENES A ADQUIRIR SE DEBERÁN TOMAR EN CUENTA:
- PRECIO;
- CALIDAD;
- GARANTÍAS Y SERVICIOS, Y
- TIEMPOS DE ENTREGA, CONDICIONES PAGO, EXPERIENCIA Y COMPORTAMIENTO DEL PROVEEDOR.
16. SE DEBERÁN ELEGIR LOS BIENES QUE RESULTEN MAS CONVENIENTES EN TODOS LOS ASPECTOS PARA LA INSTITUCIÓN.
17. LAS DEPENDENCIAS DEBERÁN FORMALIZAR SUS COMPRAS DIRECTAS AL EXTRANJERO Y DIRECTAS Y MENORES NACIONALES A TRAVÉS DE "ORDENES DE COMPRA", AJUSTÁNDOSE PARA TAL EFECTO A LOS MONTOS AUTORIZADOS Y A LA NORMATIVIDAD APLICABLE PARA CADA SUPUESTO.
CUANDO SE TRATE DE COMPRAS MAYORES NACIONALES, ESTAS DEBERÁN FORMALIZARSE MEDIANTE "REQUISICIÓN DE COMPRA", SI LA DEPENDENCIA SE UBICA EN CIUDAD UNIVERSITARIA; EN CASO CONTRARIO, TENDRÁ QUE SER A TRAVÉS DE "ORDEN DE COMPRA", RESUELTAS POR EL SUBCOMITÉ RESPECTIVO.
18. TODAS LAS COMPRAS DE BIENES SIN IMPORTAR SU MONTO, CUYA PARTIDA PRESUPUESTAL ESTE CENTRALIZADA, DEBERÁN CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN RESPECTIVA DE LA DEPENDENCIA CENTRALIZADORA.
19. LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROVEEDURÍA, VERIFICARA SELECTIVAMENTE LAS COTIZACIONES DE LOS BIENES QUE LE ENVÍEN LAS DEPENDENCIAS ANEXAS A SUS "REQUISICIONES DE COMPRA" Y, SI DETECTARA QUE OTRO PROVEEDOR OFRECE MEJORES CONDICIONES GENERALES PARA LA INSTITUCIÓN, TENDRÁ LA FACULTAD DE CAMBIAR AL PROVEEDOR SUGERIDO, COMUNICÁNDOLO POR ESCRITO A LA DEPENDENCIA SOLICITANTE.
20. LAS DEPENDENCIAS DEBERÁN SOLICITAR A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROVEEDURÍA, CUANDO ASÍ SE REQUIERA, LA MODIFICACIÓN DE LAS "REQUISICIONES DE COMPRA" QUE LE ENVÍEN, PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL PEDIDO.
21. LAS "REQUISICIONES DE COMPRA" QUE ENVÍEN LAS DEPENDENCIAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROVEEDURÍA, SE FORMALIZARAN A TRAVÉS DE "PEDIDOS".
22. CUANDO LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROVEEDURÍA ENCUENTRE DIFERENCIAS ENTRE LOS PRECIOS DE LA "REQUISICIÓN" Y EL PRECIO FINAL DE COMPRA, SE OBSERVARA LO SIGUIENTE:
A)
...