Exposicion De Motivos
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LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Fecha de publicación: 29/12/1978 </
Categoria: LEY </
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Proceso legislativo:
EXPOSICION DE MOTIVOS
CAMARA DE ORIGEN: DIPUTADOS
MEXICO D.F., A 30 DE NOVIEMBRE DE 1978
EXPOSICION DE MOTIVOS
INICIATIVA DEL EJECUTIVO
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H Congreso de la Unión.- Presentes.
Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío las Iniciativas de Ley de Ingresos de la Federación para 1979; Ley del Impuesto al Valor Agregado; Ley de Coordinación Fiscal; Reformas y adiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta; Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales; Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio de 1979 y Reformas a la Ley de Hacienda y Departamento del Distrito Federal.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 29 de noviembre de 1978.- El secretario, licenciado Jesús Reyes Heroles."
- El C. Presidente: En virtud de que el señor licenciado David Ibarra Muñoz, Secretario de Hacienda y Crédito Público, ha expuesto los fundamentos de las iniciativas que viene a presentar, y de que dichas iniciativas han sido ya distribuidas entre los ciudadanos diputados, consulte la Secretaría a la asamblea si se les dispensa la lectura y se turnan desde luego a comisiones.
- El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura de las incitativas y se turnan desde luego a comisiones.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Se dispensa la lectura a las iniciativas.
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.-Presentes.
El Ejecutivo a mi cargo ha expuesto ante ese H. Congreso de la Unión en la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio de 1979, la necesidad, transcendencia y oportunidad de los cambios a la estructura del sistema fiscal que se propone a Vuestra Soberanía.
Un elemento importante en las modificaciones propuestas lo constituye el mecanismo del impuesto al valor agregado que se contiene en esta Iniciativa y que de aprobarse vendrá a sustituir al impuesto federal sobre ingresos mercantiles.
El impuesto federal sobre ingresos mercantiles tiene una antigüedad de 30 años y, en su origen, permitió abandonar gravámenes obsoletos, como lo era el impuesto federal del timbre sobre facturas que debían de expedir los comerciantes y los impuestos estatales de patente o sobre giros comerciales que además de incrementar desordenadamente la carga fiscal, daban lugar a numerosas obligaciones secundarias que elevaban los costos de los causantes y afectaban los niveles de precios. No obstante, con el desarrollo económico y la complejidad en los procesos de producción y distribución, en la estructura del impuesto federal sobre ingresos mercantiles surgen deficiencias que es necesario corregir.
Es normal que el sistema fiscal esté sometido a un proceso de revisión constante, pues instrumentos que en un tiempo fueron adecuados, pueden dejar de serlo si no se procede a su reestructuración para adaptarlos a las necesidades cambiantes del desarrollo social y económico.
La principal deficiencia que hoy muestra el impuesto federal sobre ingresos mercantiles deriva de que se causa en "cascada, es decir, que debe pagarse en cada una de las etapas de producción y comercialización y que, en todas ellas, aumenta los costos y los precios, produciendo efectos acumulativos muy desiguales que, en definitiva, afectan a los consumidores finales.
Existe la conciencia en el público de que paga el impuesto federal sobre ingresos mercantiles sólo con la tasa general de 4%, sobre el precio de los bienes y servicios que adquiere; pero, en general, no puede percatarse de las numerosas ocasiones en las que un bien, al pasar de una mano a otra, volvió a causar el mismo 4%; ya que el efecto repetitivo del gravamen queda totalmente oculto en el precio de los bienes y servicios.
Los estudios económicos y el análisis de las estadísticas determinan que en promedio los consumidores pagan más del 10% por los bienes o servicios que adquieren, como consecuencia de la carga oculta que provoca el efecto repetitivo del actual impuesto sobre ingresos mercantiles.
Una consecuencia grave de este efecto acumulativo es que afecta más severamente a bienes que consume la mayoría de la población y que son producidos y distribuidos por empresas medianas o pequeñas que, al no disponer de capital suficiente, sólo pueden hacerse cargo de alguna de las etapas del proceso económico, teniendo que acudir a otros productores e intermediarios para que realicen las restantes. En esta forma, es el consumo más generalizado de la población y en particular, el de los habitantes de las regiones más modestas o apartadas, el que soporta la mayor carga fiscal.
En cambio, el consumo de la población de mayores recursos suele estar atendido por grandes empresas, cuyas disponibilidades de capital les permite eliminar intermediarios y, consecuentemente, disminuir la carga fiscal sobre los bienes o servicios que proporcionan.
Por la circunstancia apuntada fue necesario crear, en el impuesto federal sobre ingresos mercantiles, tasas especiales más altas que la general para restablecer el equilibrio entre los bienes poco gravados y consumidos por población de mayor capacidad económica, en relación con aquellos que llegan a la población de menores recursos, cuyo consumo resulta excesivamente gravado Sin embargo, las tasas especiales tienen defectos en su aplicación y frecuentemente han afectado a pequeños productores o han favorecido la importación o el contrabando de mercancías extranjeras.
Para eliminar los resultados nocivos del impuesto en cascada, la generalidad de los países han abandonado sus impuestos tradicionales a las ventas, similares a nuestro impuesto sobre ingresos mercantiles y, en su lugar han adoptado el impuesto al valor agregado que destruye el efecto acumulativo del gravamen en cascada y la influencia que la misma ejerce en los niveles generales de precios, elimina la desigualdad en la carga fiscal
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