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Fracaso financiero de la empresa y sus consecuencias jurídicas


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2020  •  Síntesis  •  2.312 Palabras (10 Páginas)  •  112 Visitas

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Universidad Anáhuac Mayab

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Alumno: Diana Laura Montesinos Maza

ID: 00187065

Materia: Derecho y Empresa

Examen final.

Profesor: José Luis Vázquez

Fecha de entrega: 03 de diciembre de 2014

Fracaso financiero de la empresa y sus consecuencias jurídicas.

Definición y características generales.

Durante aproximadamente sesenta años la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943 reguló los procedimientos de quiebras y suspensión de pagos en nuestro país. Sin embargo, tanto en México como en el resto del mundo el comercio ha sufrido múltiples cambios originados por diversos factores, por tal motivo se hizo necesaria la creación de una nueva normatividad, más acorde a la situación comercial y empresarial de México. Como efecto, en el año 2000 fue publicada la Ley de Concursos Mercantiles que a su vez creó al IFECOM (Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles) como órgano auxiliar.

A diferencia de la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos abrogada que establecía la suspensión de pagos y la quiebra. Un aspecto importante y novedoso de la Ley de Concursos Mercantiles es su contenido en cuanto a la cooperación de procedimientos internacionales.

Acorde con lo mencionado en el artículo 1 de la Ley de Concursos Mercantiles, es de interés público conservar las empresas y evitar que el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago ponga en riesgo la viabilidad de las mismas y de las demás con las que mantenga una relación de negocios.

La palabra concurso significa ayuda, simultaneidad de hecho, causas o circunstancias, oposición de méritos, de conocimientos para otorgar un puesto, un premio o un beneficio. Al mismo tiempo, la palabra mercantil hace referencia al acto de comercio. Por lo anterior, se define como concurso mercantil al procedimiento jurisdiccional al que se somete un comerciante cuando incumple generalizadamente con el pago de sus obligaciones, con el fin último de lograr la conservación de la empresa de dicho comerciante, mediante el convenio que éste mantenga con sus acreedores, o en su defecto, vender la empresa, sus unidades productivas o los bienes que la integran para pagar a los acreedores.

El concurso mercantil, como se mencionó antes, es un procedimiento jurisdiccional por lo que se pretende destacar que participa una autoridad jurisdiccional, en este caso un juez de distrito; éste desplegará los actos tendientes a resolver la controversia o situación que se le plantea, con el fin último de determinar si el comerciante se encuentra en los supuestos del concurso mercantil, de aprobar el convenio que en su caso se celebre con los acreedores o en su defecto, declarar la quiebra de la compañía para poder proceder al remate de los bienes sujetos al concurso y efectuar el pago correspondiente a dichos acreedores.

Los sujetos que intervienen en el concurso mercantil son:

  • Comerciante: persona física o moral que tiene al comercio como ocupación principal.
  • Juez de Distrito: autoridad encargada de llevar el procedimiento de concurso mercantil.
  • Instituto Federal de Especialista en Concursos Mercantiles: su función es auxiliar al juez, autorizar la inscripción de registros para que los órganos que intervienen en el procedimiento concursal cumplan con sus requisitos y se encuentren capacitados.
  • Interventores: velarán por lo intereses de los acreedores y vigilarán al conciliador y al síndico.
  • Acreedores reconocidos: son los que el juez acredita como tales y que tienen que cumplir ciertas características, por ejemplo: que las obligaciones por las cuales demanda tengan al menos 30 días de haber vencido y representen al menos el 35% de todas las obligaciones a cargo del comerciante.

Para ser declarado en concurso mercantil se requiere de varios supuestos:

  • Existencia de un comerciante: es la persona física que hace del comercio su ocupación principal y las personas colectivas constituidas conforme a las leyes mercantiles.
  • El incumplimiento generalizado de ese comerciante en el pago de sus obligaciones:  ocurre en el incumplimiento en el pago a dos o más acreedores distintos, éstos se pueden presentar de dos formas:
  1. Cuando las obligaciones vencidas tengan al menos treinta días de haber vencido y representen el 35% o más de todas las obligaciones a cargo del comerciante.
  2. Cuando el comerciante no cuente con los activos necesarios para pagar como mínimo el 80% de las obligaciones vencidas a la fecha de la demanda.
  • La pluralidad o multiplicidad de acreedores del comerciante: éste punto no es necesario para iniciar el procedimiento pero si para la declaración del concurso mercantil, pues de no acreditarse este supuesto no habrá motivo suficiente para declarar un concurso mercantil.

El IFECOM revela los profesionales que la Ley ha creado para regular estos casos de insolvencia. Hay tres tipos: el visitador, que determina si la composición de activos o pasivos en un comerciante coincide con el supuesto de insolvencia detonador del concurso mercantil; el conciliador que deberá buscar la celebración de un convenio que permita a la empresa subsistir y por último el síndico que, cuando se presenta el caso de quiebra, es el encargado de liquidar los bienes de la empresa y pagar a los acreedores.

Demanda y procedimientos

Dentro de la Ley de Concursos Mercantiles, en el artículo 9º, se establece que podrán demandar la declaración de concurso mercantil el propio comerciante que tenga en consideración que ha incurrido en el incumplimiento generalizado de obligaciones, cualquier acreedor del comerciante y el ministerio público. Las autoridades fiscales únicamente procederán a demandar el concurso mercantil de un comerciante en su carácter de acreedores.

La demanda tiene como requisitos los siguientes: autoridad a la que se dirige, nombre y domicilio del actor, nombre y domicilio del demandado, hechos que motiven la petición, los fundamentos de derecho y los puntos petitorios. Sin embargo, los documentos varían dependiendo quien promueva la demanda; de este modo, el comerciante debe exhibir: los estados financieros de los último tres años, causas que lo llevaron al estado de incumplimiento, relación de acreedores y deudores, inventario de todos sus bienes. En cambio, si la demanda la presenta un acreedor deberá acompañarse de: pruebe que demuestre su calidad de acreedor y documentos originales en los que se compruebe la garantía de pagos. La demanda presentada por el Ministerio Público sólo deberá presentar los elementos generales.

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