Franco Mercado Flores
Enviado por fmf3000 • 8 de Octubre de 2021 • Trabajo • 362 Palabras (2 Páginas) • 49 Visitas
Franco Mercado Flores
I Al interior de un departamento, dos personas se encuentran a cargo de una red de explotación sexual infantil. Los menores de edad, entre los 16 y 17 años, declararon que estaban en pleno conocimiento de la actividad, y que no eran subyugados sexualmente, sino que por propia voluntad pertenecían a dicha organización. Asimismo, durante la investigación del hecho, los padres de los menores declararon que conocían la actividad que realizaban sus hijos, y que éstos no pertenecían a una red de explotación sexual.
¿Cree usted que este hecho reviste un trabajo infantil?, independiente de las consecuencias penales del caso, observe la normativa tanto interna y por sobre todo internacional que se puede aplicar al caso.
R: La verdad es que, poniendo en un caso básico de trabajo infantil, el caso no reviste un trabajo infantil porque los jóvenes ya tienen edad para poder cumplir labores complicados. Pero si en este caso se ha dado por conocer este hecho de que estaban cumpliendo labores sexuales, claro que se están restringiendo los derechos de los jóvenes, sobre todo el de los menores de edad, y los responsables serian enjuiciados por la ley. Esto no significa que se haga en cualquier parte del mundo, ya que en otros países los jóvenes menores de 15 años se les consideran aptos para cumplir labores complicados e incluso sexuales, que privan a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. (EJ: Myanmar)
II Dentro del proceso de selección, una empresa especializada en el suministro de combustible para aviones, que opera en los aeropuertos, exige los siguientes requisitos para proveer los cargos de recepcionista de sus oficinas y de operador de camión cisterna de combustible:
∙ Evaluación médica de pre ingreso.
∙ Examen de VIH_SIDA.
∙ Prueba de embarazo.
∙ Prueba de alcoholemia y consumo de drogas sicoactivas.
¿En su concepto es válida la exigencia de estos exámenes?
R: Si, ya que el Art. 184 del Código de Trabajo especifica que “el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos.
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