Glosario Económico
aleja29231 de Septiembre de 2014
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Tarifa externa común
En siglas (TEC). Equivale al Arancel Aduanero Común que es un instrumento de integración que busca promover la equidad de competencia entre las empresas de los países de un grupo integracionista; así, los aranceles que se pagan por la importación de un determinado producto (materias primas, insumos, bienes de capital, bienes intermedios, terminados, entre otros) desde
terceros países deben ser iguales en todas las naciones integradas.
Área de Libre Comercio
Creada en 1960 por el Convenio de Estocolmo, firmado por Austria, Dinamarca, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza. En 1961 se unió Finlandia como Estado asociado, y en 1970 se unió Israel. Con sede en Ginebra, la EFTA fue creada a modo de réplica al Mercado Común de la CEE, tres años antes por el Tratado de Roma. Según el Convenio de Estocolmo, los países firmantes se comprometían a abolir entre sí las barreras al comercio (aranceles y restricciones a las importaciones) en un plazo de diez años, reducido más tarde a seis, a partir de 1960; la eliminación total de aranceles se consiguió en 1966. A diferencia del Mercado Común de la CEE, en la EFTA no existía un arancel exterior común; cada país miembro conservaba autonomía para fijar sus aranceles frente a terceros países. A partir de 1973, con la entrada de Dinamarca y el Reino Unido en la CEE, se inicia el proceso de integración de los países de la EFTA en la CEE.
Unión Aduanera
Acuerdo entre dos o más países para eliminar los aranceles y demás restricciones al comercio entre los países miembros de la unión, manteniendo un arancel exterior común frente a terceros países. Una unión aduanera se diferencia de una zona de libre comercio en que los países miembros de esta última eliminan las barreras arancelarias y permiten el libre comercio entre ellos, pero pueden mantener aranceles nacionales diferentes frente a terceros países. La existencia de una unión aduanera requiere una cierta coordinación de las políticas económicas por parte de los países miembros.
Es la unión de dos o más naciones que acuerdan eliminar las restricciones comerciales entre ellas y seguir una política arancelaria común frente a las demás naciones. Customs unión.
Grado de integración económica en el cual un conjunto de países suprime los derechos de aduana existentes entre ellos (aranceles, contingentes, cuotas, etc.) y establece al mismo tiempo un arancel común para todos aquellos productos procedentes de terceros países. A diferencia de lo que ocurre en el mercado común, en la unión aduanera aún no existe libertad para la circulación de factores.
Mercado Común
Forma de integración económica más fuerte que la unión aduanera, caracterizada, al igual que ésta, por la eliminación de las barreras internas arancelarias y el establecimiento de un arancel común frente a terceros países, pero en la que se da un paso más y se permite la libre circulación de personas, capitales y servicios entre los países miembros.
Comunidad Económica Aduanera
La Comunidad Económica Europea (CEE) fue una organización internacional creada por los Tratados de Roma del 1957 (en vigor desde el 1958), con la finalidad de crear un mercado común europeo. Los Estados signatarios fueron Francia, Italia, Alemania (por ese entonces, sólo la República Federal Alemana, no la República Democrática Alemana) y los tres países del Benelux (Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo). El tratado establecía un mercado y aranceles externos comunes, una política conjunta para la agricultura, políticas comunes para el movimiento de la mano de obra y los transportes, y fundaba instituciones comunes para el desarrollo económico. Estas instituciones, posteriormente, en el año 1965, se fusionaran con las instituciones de la CECA y las de la EURATOM, gracias al Tratado de fusión (o Tratado de Bruselas).
La CEE fue la más famosa de las tres Comunidades Europeas, y después del Tratado de Maastricht (o TUE) se le cambió el nombre a Comunidad Europea (CE). También en el Tratado de Maastricht se creó oficialmente la Unión Europea. Tras la creación de la Unión Europea, la CE (antigua CEE) pasó a formar parte del primero de los tres Pilares de la Unión Europea.
Política Agrícola Común
Política que ha aplicando la Comunidad Económica Europea (CEE), sus fines son:
1. Incrementar la producción agrícola, fomentando el progreso técnico, asegurando el desarrollo racional de la producción agrícola, así como el empleo óptimo de los factores de producción y, en particular, de la mano de obra.
2. Garantizar un nivel de vida equitativo a la población agrícola, en especial, mediante el aumento de la renta individual de los que trabajan en la agricultura.
3. Estabilizar los mercados.
4. Garantizar la seguridad de los abastecimientos.
5. Asegurar al consumidor suministros a precios razonables.
Fondo Social Europeo
El Fondo Social Europeo fue creado por el Tratado de Roma. Tiene como finalidad fomentar las oportunidades de empleo y la movilidad geográfica y profesional de los trabajadores, al objeto de contribuir a la elevación de su nivel de vida. La acción fundamental del Fondo Social Europeo se realiza en el campo de la formación profesional y la política de empleo en general, si bien merecen ser destacadas las ayudas a los programas de formación y orientación de jóvenes menores de 25 años y la atención a la mujer, a los minusválidos, a los emigrantes (ayudas para su integración o retorno), y a los trabajadores maduros, dadas las crecientes dificultades para su reincorporación al mercado de trabajo.
Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC)
Los países que integran esta organización son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela.
Según el Tratado de Montevideo los países firmantes se comprometían a crear una zona de libre comercio que debería estar funcionado en un plazo de 12 años (meta 31 de diciembre de 1972). Por el Protocolo de Caracas (1969) Dicho plazo fue modificado a veinte años (meta 31 de diciembre de 1980). Dicho proceso se efectuaría de una forma gradual por medio de la eliminación de todas las restricciones, cupos y gravámenes al comercio entre los países, para lograrlo se crea un sistema de dos listas negociadas periódicamente:
Listas Nacionales de cada país: Son las reducciones de gravámenes y restricciones anuales que cada país otorga a los restantes según el principio de nación más favorecido.
Lista Común: Negociada multilateralmente cada 3 años se refiere a los productos no incluidos en las listas nacionales y sobre los cuales no hay restricciones ni cupos en el comercio de la zona.
Organismos de la ALALC
Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, creado en 1975, organismo superior de la ALALC que adopta las decisiones de conducción política superior.
Conferencia de Ias Partes Contratantes. Es el organismo encargado de velar por el cumplimiento del tratado, convocar las reuniones de negociaciones y designar al secretario del Comité Ejecutivo.
Comité Ejecutivo Permanente. Encargado de la ejecución del Tratado, efectuar las funciones administrativas, los estudios y propuestas técnicas. Tenía su sede en Montevideo.
Desarrollo de la ALALC
Fue la primera propuesta de integración económica latinoamericana para el desarrollo de las naciones. De carácter gradual y asociativo, fue promulgada por Argentina, Brasil y México. Por otra parte en 1969, el Pacto Andino se convierte en una contrapropuesta subregional que busca una integración de países con economías similares (Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú). Cabe aclarar que todos estos países ya hacían parte de la ALALC y que proponen que primero a través de la integración subregional se logrará luego la integración latinoamericana.
Si bien con la ALALC hubo un incremento del comercio regional, que coincide con la crisis del modelo "proteccionista" de industrialización por substitución de importaciones (ISI) y un incremento del comercio entre Europa y EE.UU, así como también coincide con la crisis mundial petrolera de 1973, sus problemas se debieron a una falta de coordinación económica y a la rigidez en los plazos y mecanismos que no permitían otras formas de negociación. Por ejemplo una limitación importante fue solo referirse al intercambio de bienes y no incluir, como si lo fue en el Tratado de Roma del 1957 de la Comunidad Económica Europea, materias como servicios, infraestructura, inversiones extranjeras, políticas agrícolas, balanza de pagos, arancel exterior común u otras posibles pautas de coordinación económica, social o política.
Sin embargo hay que anotar que ciertas de estas materias son las que en la actualidad se incluyen en los tratados llamados de "tercera generación" y que han sido reveladas como prioritarias desde hace pocos años, en particular a partir de la incidencia de la globalización de capitales financieros, la inversión directa extranjera y la transformación del GATT (que solo se centra en bienes) a la Organización Mundial de Comercio en 1995, quien tiene en cuenta tanto los bienes como servicios, patentes, etc.
Si bien en el Tratado de Roma de 1957 dichas materias estaban incluidas, la falta de gestión para llevarlas a cabo condujeron a una crisis en la construcción
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