IMPUESTOS - TEORIAS
Enviado por josefina101 • 27 de Noviembre de 2013 • 11.192 Palabras (45 Páginas) • 481 Visitas
Finanzas Públicas
Unidad 1
Concepto de Finanzas Públicas
Las finanzas públicas constituyen la actividad económica del sector público con su peculiar estructura que convive con la economía de mercado, en una suerte de asociación biológica o simbiosis.
Evolución del pensamiento financiero
Fisiócratas
Adam Smith
David Ricardo
John Stuart Mill
Bastiat y Senior
Jean Baptiste Say
La doctrina alemana. Adolfo Wagner
Contribución del pensamiento fisiocrático
Iniciada por Quesnay se caracteriza por:
• Ser el primer intento de creación de un sistema científico de economía
• Haber ensayado por primera vez un enfoque macroeconómico
• Teoría del producto neto: solo la actividad agrícola arroja un producto neto superior a los medios utilizados para la producción (salarios e intereses).
1. Limitación de las funciones estatales y eliminación de las trabas a las actividades individuales. Eran liberales como reacción a que recién se salía de una monarquía.
2. El impuesto debe aplicarse sobre la renta de la tierra (sobre el único acrecentamiento neto de riqueza). Ya se razonaba en esa época que lo razonable era que se pagaran impuestos cuando la renta neta era superior a cero. Lo que se debía gravar eran las fuentes de riqueza.
3. Impuesto único sobre la renta neta de la tierra, como resultado de la teoría del producto neto y como respuesta también a los impuestos, licencias y demás tributos que se cobraban en la monarquía, y desde los tiempos feudales.
4. Teoría de la amortización del impuesto territorial, que reduce el valor de la tierra gravada y que permite al comprador de un terreno pagar un precio, descontando la parte del mismo que ha de producir la porción de la renta destinada al impuesto. O sea que si el estado se aseguraba que una empresa iba a pagar a perpetuidad, este podía darse el lujo de vender el terreno al precio del mismo, menos una X cantidad de años multiplicada por lo que se pagará de impuestos en cada período. Se ocupaban factores de producción mediante la utilización de tierra ociosa. Algo parecido a esto es lo que se efectuó en las provincias de San Juan, Catamarca, La Rioja y San Luis con el régimen de promoción industrial.
5. Descrédito de los impuestos indirectos y apología de la imposición directa. En líneas generales (pero no correctamente) los impuestos indirectos son aquellos que se pueden trasladar en las diferentes etapas productivas mientras que los directos no se pueden trasladar y la sufre un contribuyente definido.
6. Teoría según la cual los gastos públicos deben limitarse al producido del impuesto o sea que los gastos no podían superar a lo tributado.
Obra fundamental de Adam Smith
El pensamiento de Adam Smith en materia financiera consiste –esencialmente- en dos temas: el papel del Estado y los principios de la imposición.
Con respecto al papel del Estado este debe limitarse a cometidos bien determinados:
1. Defensa exterior
2. Seguridad y justicia interior
3. Trabajos públicos y públicas instituciones dedicadas a la promoción del comercio (enseñanza y salud). Estas actividades las tiene que realizar el estado porque no puede esperarse que ningún particular o grupo pequeño pueda erigirlas o mantenerlas.
En lo que respecta a la imposición A. Smith parte de la premisa que los ingresos individuales derivan de tres fuentes:
1. Rentas
2. Beneficios
3. Salarios
Principios de la imposición según Adam Smith
Antes de analizar cada uno de los impuestos que gravan las distintas fuentes Smith considera útil formular cuatro principios que atañen a los impuestos en general:
1. Principio de las facultades o igualdad
2. Principio de la certeza
3. Principio de la comodidad
4. Principio de la economicidad
Principio de las facultades o igualdad
Los súbditos de cada Estado deben contribuir al sustento del gobierno, lo más aproximadamente posible, en proporción con sus capacidades respectivas; esto es, en proporción con la renta que ellos gozan bajo la protección del Estado. Este principio reúne en sí las reglas de lo que ahora se denominan igualdad y proporcionalidad. Cualquier impuesto que recaiga solamente sobre una de las fuentes es desigual (criticando a la doctrina fisiócrata). La primer parte de la enunciación equivale a lo que denominamos capacidad contributiva (una persona debe tributar más cuanto mayor sea la renta que se recibe, pero dos personas que ganan los mismo, no necesariamente tributan lo mismo, hay que tener en cuenta las condiciones personales. Esto en argentina a veces se respeta (impuesto a las ganancias) y a veces no (todos los impuestos patrimoniales)). La segunda parte enuncia el principio del beneficio, al agregar que el impuesto debe proporcionarse a la renta que el contribuyente goza bajo la protección del estado. O sea, si se gana mucho dinero es porque se tiene buena protección del estado y por lo tanto se debe tributar más. No es atrevido atribuir también a Adam Smith haber anticipado, entonces, la doctrina de la no imponibilidad del ahorro.
Principio de la certeza
El impuesto que cada individuo está obligado a pagar debe ser cierto y no arbitrario. El tiempo, la manera y la cantidad del pago deben ser claros y simples para el contribuyente. Si no fuere así cada persona sujeta al impuesto quedaría más o menos en poder del recaudador. Como idea general es bastante válida. El problema hoy en la Argentina no pasa por el corto plazo, sino por el largo y mediano. Sistemáticamente ha habido cambios muy fuertes en la estructura tributaria de nuestro país en el último tiempo (2000 –impuesto al cheque 2002 –retenciones a exportadores-). Adam Smith criticaba que no era concebible que una compañía no pudiera planificar a mediano o largo plazo. Hoy en día lo que hacen algunos gobiernos para quitar esta inestabilidad es hacer pactos con nuevos inversores, garantizándoles que, por una X cantidad de tiempo, las variaciones de los impuestos no les serán aplicados.
Principio de la comodidad
Todo impuesto debe ser recaudado en el tiempo y modo en que con mayor probabilidad sea para el contribuyente probable pagarlo. Para ilustrar esto podemos poner el ejemplo de la Argentina con el impuesto a las ganancias. Si en ejercicio económico cerraba el 31/12 de cada año antes se cobraba entre el mes 1 o 2 del ejercicio siguiente. Esto se tuvo que cambiar al quinto mes del ejercicio siguiente debido a la importante
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