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Investigacion economica. CALIFICACIÓN DE LA CONCENTRACIÓN ECONÓMICA


Enviado por   •  8 de Julio de 2016  •  Trabajo  •  15.635 Palabras (63 Páginas)  •  198 Visitas

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INDICE

   

INTRODUCCION.......................................................................................................2

OBJETIVOS DEL CONTROL DECONCENTRACIONES ECONÓMICAS...............3

 EL ALCANCE DEL CONTROL DE LAS CONCENTRACIONES ECONÓMICAS…………………………………………………………………………………………………4

PARTE II: CONCEPTO DE CONCENTRACIÓN ECONÓMICA…………………............5

MODALIDADES DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS………………………7

EXCEPCIÓN A LA PROHIBICIÓN DE CONCENTRACIONES RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA …………………………………………………………………….......8

EXCEPCIÓN AL CONCEPTO DE CONCENTRACIÓN ECONÓMICA…….……9

CONCENTRACIONES HORIZONTALES, VERTICALES Y DE CONGLOMERADOS……………………………………………………………………….…10

PARTE III: LA METODOLOGÍA DEL ANÁLISIS ECONÓMICO………………………….11

   1. MERCADO PERTINENTE………………………………………………………………………12

      1.1. DEFINICIÓN DE MERCADO PRODUCTO………………………………………….12

      1.2. DEFINICIÓN DE MERCADO GEOGRÁFICO……………………………………….17

   2. IDENTIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN EL MERCADO PERTINENTE..23

   3. EFECTOS DE LA CONCENTRACIÓN………………………………………………………….24

     3.1. ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES ESTRUCTURALES DEL MERCADO…..25

     3.2. CONDICIONES DE ENTRADA AL MERCADO……………………………………..31

PARTE IV: BENEFICIOS ECONÓMICOS…………………………………………………………36

  1. ECONOMÍAS DE ESCALA…………………………………………………………..……37
  2. ECONOMÍAS DE ALCANCE……………………………………………………….….38 
  3. ECONOMÍAS DE COSTOS DE TRANSACCIÓN………………………………..38
  4. INTRODUCCIÓN DE UNA NUEVA ECNOLOGÍA……………………………..39
  5. PODER DE MERCADO COMPENSATORIO………………………………….…39

PARTE V: CALIFICACIÓN DE LA CONCENTRACIÓN ECONÓMICA.......................39

INTRODUCCION

        La Ley 29 de 1996, por la cual se dictan normas sobre la defensa de la competencia y se adoptan otras medidas, introduce el control de las concentraciones económicas. En ese sentido, la Ley prohíbe en su artículo 19 aquellas concentraciones económicas cuyo efecto sea o pueda ser disminuir, restringir, dañar o impedir, de manera irrazonable, la libre competencia económica y la libre concurrencia.

La Ley define en el primer párrafo del mismo artículo 19 como concentración económica, la fusión, la adquisición del control o cualquier acto por virtud del cual se agrupen sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales, fideicomisos, establecimientos o activos en general, que se realice entre proveedores, clientes u otros agentes económicos competidores entre sí.

El objetivo de estas guías es presentar los lineamientos generales que se seguirán para el análisis de las concentraciones económicas, en función de determinar si una de estas operaciones contraviene la prohibición establecida en el artículo 19 de la Ley 29 de 1996, en tanto pueda generar efectos restrictivos sobre la libre competencia económica o la libre concurrencia. La Comisión aplicará estos lineamientos en forma flexible y razonable de acuerdo a los hechos y circunstancias particulares de cada concentración económica, tanto si se trata de una evaluación previa como si se trata de una investigación iniciada de oficio.

Cabe señalar que el marco legal de referencia para estas guías se encuentra constituido por las disposiciones contenidas en los artículos 6°, 7°, 8°, 16°, 17°, 19°, 20°, 24°, 25° y 26° de la Ley.

La revisión de las concentraciones económicas se realiza con base en la notificación voluntaria establecida en el artículo 20 de  la Ley 29, o en función de la investigación de oficio que inicie la Comisión respecto a una operación que habiéndose perfeccionado, no hubiera sido notificada y pudiera presentar consecuencias sobre la competencia en los términos previstos en el artículo 19 de la Ley. El artículo 20 de la Ley faculta a los agentes económicos a notificar la operación, para que esta Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) realice una verificación previa. La Comisión emitirá una resolución con el resultado de la evaluación, dentro de los sesenta días contados a partir de la fecha en que se reciban todos los datos y documentos en forma satisfactoria.

Considerando la importancia de un control efectivo de concentraciones económicas, por un lado, y de la continuación de los negocios, por otro, la CLICAC estimula la realización de verificaciones previas. Someter una concentración económica a esta evaluación previa elimina la inseguridad relativa a la legalidad del acto de concentración, pues de acuerdo con el artículo 22 de la Ley, una vez aprobada, una concentración notificada no puede ser impugnada posteriormente por la Comisión.

I - OBJETIVOS DEL CONTROL DECONCENTRACIONES ECONÓMICAS

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