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Jerarquia De Los Tratdos Internacionales


Enviado por   •  1 de Mayo de 2014  •  3.320 Palabras (14 Páginas)  •  248 Visitas

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Conforme a la evolución de la humanidad y de acuerdo a sus necesidades, los países por tal motivo han creado alianzas entre sí para proteger sus intereses locales y los de sus habitantes. Para lograr tal objetivo se ha utilizado instrumentos que hoy conocemos como tratados internacionales.

En el presente trabajo se abordara su aplicación e interpretación, las modificaciones y enmiendas que sufren y del mismo modo las denuncias que puedan detentar.

Para poder comprender dichos conceptos se definirá que es un tratado internacional.

Este es el acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, que se encuentra regido por el mismo, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado internacional.

Un tratado debe tiene un cierto significado, aunque su contenido en términos de obligación jurídica resulte bastante limitado. La mayor parte de las veces es un paso determinado en una relación continuada y compleja entre las partes. De modo que, lo que ha precedido a dicho paso y lo que le sigue no puede ser completamente ignorado en su construcción.

Las disputas que surgen con más frecuencia en relación con los tratados internacionales se refieren a su interpretación, esto ha ocupado la atención de los tribunales internacionales, ya que todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido con buena fe.

Asimismo el derecho interno y la observancia de los tratados, estipula que una de las partes no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado.

Dicha interpretación es necesaria si los términos y las cláusulas empleados en un negocio jurídico o en una norma de los Tratados no son claros y tiene por objeto determinar el verdadero sentido y el alcance de tales términos. Su importancia es crucial en caso de diferencias internacionales cuya solución dependa de la aplicación de un Acuerdo, lo que exigirá interpretar sus cláusulas.

La interpretación de los Tratados se lleva a cabo continuamente por la doctrina científica y en la aplicación del DI, por los Tribunales internos o internacionales. El mayor impulso a la fijación de las reglas de la interpretación lo dio la jurisprudencia de tribunales internos o internacionales, que facilitaron la codificación realizada en Viena. De esta manera se basa en tres principios:

No obstante, existen diferentes clases de interpretaciones dentro de los tratados, tales son:

• Por el órgano o personas que la realizan:

o Interpretación auténtica. Es la llevada a cabo por las Partes en el Tratado mismo o en un acto posterior (acuerdo interpretativo, práctica posterior, etc).

o Interpretación doctrinal. Es la llevada a cabo por los juristas por medio de dictámenes, resoluciones y acuerdos de Institutos científicos, publicaciones, etc.

o Interpretación judicial. Es la realizada por los órganos judiciales internacionales y por los Tribunales internos para aplicar el DI.

o Interpretación diplomática. Es la realizada por los Ministerios de Asuntos Exteriores de los Estados interesados y se manifiesta en Notas Diplomáticas, circulares dirigidas a las misiones diplomáticas e incluso en decisiones de órganos internos no judiciales llamados a aplicar el DI.

• Por el método empleado:

o Interpretación literal o gramatical. Si lo que se intenta es determinar el sentido haciendo un simple análisis de las palabras.

o Interpretación teleológica. Si se atiende a los fines perseguidos por las normas del Tratado.

o Interpretación histórica. Si se tiene en cuenta el momento histórico en que el Tratado se celebró y el significado que los términos tenían en aquel momento.

o Interpretación sistemática. Si se tiene en cuenta no sólo la norma a interpretar, sino todas las demás que están ligadas a ella.

• Por los resultados:

o Interpretación extensiva. Cuando conduce a la ampliación de las obligaciones dimanantes del Tratado.

o Interpretación restrictiva. Cuando las obligaciones dimanantes del tratado sean lo menos onerosas posibles dentro de la letra de la cláusula interpretada.

De este modo, cualquier interpretación de las disposiciones de un tratado debe realizarse conforme a la regla general de interpretación, codificada en el art. 31.1 de la Convención de Viena, según la cual un Tratado deberá ser interpretado de buena fe, conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del Tratado, en el contexto de éstos y teniendo en cuenta el objeto y fin. Esta regla de interpretación contiene tres principios que deben conjugarse entre sí en la tarea interpretadora. Estos principios son:

 El principio de buena fe:

Es un principio básico en el DI y, en particular, en el Derecho de Tratados. Está recogido en el art. 2, párrafo 2, de la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración de principios inherentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre Estados, preparada por las Naciones Unidas.

 El principio de la primacía del texto:

El texto constituye la expresión más acabada de la voluntad de las Partes. Para averiguarlo se aplica el sentido corriente que haya de atribuirse a los términos. La regla del sentido claro significa que no está permitido interpretar aquello que no necesite interpretación, de modo que las palabras deben ser interpretadas según el sentido que tengan normalmente en su contexto, a menos que la interpretación así dada conduzca a resultados irrazonables o absurdos. Cuando el Tribunal puede dar efecto a la disposición de un Tratado atribuyendo a las palabras empleadas un sentido natural y ordinario, no puede interpretar estas palabras intentando darles otra significación. Ahora bien, si consta que la intención de las Partes fue conferir a los términos empleados un sentido especial o no usual, se dará preeminencia a su voluntad.

La determinación del sentido de los términos empleados debe realizarse teniendo en cuenta no sólo el texto estricto del Tratado, sino su contexto. Dicho contexto, para los efectos de la interpretación, está formado por:

I. El texto del Tratado en sentido estricto, integrado por tres elementos que forman un todo a los efectos de interpretación del Tratado: preámbulo, parte dispositiva y anexos.

II. Los Acuerdos que se refieran al Tratado y que hayan sido concertados entre todas las Partes y todo instrumento formulado por una o más Partes y aceptado por los demás como instrumento referente al Tratado.

 El principio de objeto y el fin

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