LA CAJILLA DE SEGURIDAD
Enviado por katy1524 • 17 de Abril de 2014 • 2.164 Palabras (9 Páginas) • 223 Visitas
UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMÁ
SEDE AZUERO
FACULTAD DE NEGOCIOS
LICENCIATURA EN GERENCIA FINANCIERA Y BANCARIA
CONSIGNA DE APRENDIZAJE N°1
INVESTIGACIÓN SOBRE LA CAJILLA DE SEGURIDAD
PARTICIPANTES:
BARAHONA, KATIA 7-705-1916
RIVERA, PAOLA 7-707-666
TUÑÓN, ISMEIBE 2-737-1512
FECHA DE ENTREGA: MIÉRCOLES 05 DE FEBRERO DE 2014
Lo primero que tenemos que analizar es que nuestro patrimonio se constituye, además del dinero y las propiedades, de una serie de elementos que pueden ser muy importantes para nosotros. Estos son algunos ejemplos de valores:
Acciones: Éstas representan una parte de la empresa, y le da derecho al que la posee de acceder a la información financiera de la misma y a participar con su opinión en las juntas que se convocan para la toma de decisiones. Es importante tener este tipo de documentos bajo resguardo y no sólo impedir que estén al alcance de cualquier persona, sino que además, evitar que puedan ser extraídos en caso de que nuestra propiedad sufra un robo.
Joyas: Las joyas pueden representar un bien que de ser necesario, podría ser vendido en caso de que nos viéramos en medio de un apuro económico, pero también, pueden representar un recuerdo familiar que haya pasado de generación en generación y que por lo tanto, sea invaluable.
Los recuerdos personales: Son todos aquellos objetos que representan un verdadero tesoro para cada uno de nosotros. En ese caso particular, no importa si poseen algún valor en términos monetarios, ya que su valía es emocional. En ocasiones puede tratarse incluso de cartas, dibujos o libros, que evoquen algún momento del pasado o que hayan pertenecido a alguien muy querido para nosotros. Es tan importante proteger estos objetos como los que poseen un valor en términos financieros. Hay que resguardarlos no sólo de los curiosos, sino de la intemperie y de los posibles daños que pudieran sufrir por maltrato o pérdida, inclusive en una mudanza.
La información: Es otro importantísimo valor que debemos resguardar. El borrador de un libro, el proyecto de creación de un negocio, nuestras ideas plasmadas en papel o en un dispositivo de almacenamiento electrónico, etc. Perder información puede ser tan grave como perder nuestro dinero.
¿Cómo podemos mantener a salvo éstos valiosos bienes?
Los bancos ofrecen una muy buena alternativa para mantenerlos bajo protección: la cajilla de seguridad.
¿QUE ES UNA CAJILLA DE SEGURIDAD?
Una cajilla de seguridad es una caja de acero de tamaños variados que ofrecen algunas entidades bancarias. Estas cajas que se encuentran dentro de una bóveda, se remiten al público para guardar y preservar documentos y valores.
La cajilla de seguridad se encuentra dentro de las instalaciones del banco y éste la pone a disposición del cliente para que guarde en ella los objetos que considere valiosos para él. El cliente debe pagar una cantidad de dinero mensualmente por concepto de resguardo de sus bienes.
Es un servicio que brindan las entidades financieras para resguardar el dinero de los particulares en lugares especialmente acondicionados a tal fin, colocadas esas cajas en sitios retirados del paso de clientes, con llaves que poseen tanto el locatario de la caja de seguridad como la entidad propietaria. No se declaran los bienes que el usuario coloca en las cajas, conocidas como cajas fuertes, que cuentan con un seguro por determinado monto de dinero o bienes depositados, en caso de que se produzca el robo de las mismas, lo que esporádicamente ocurre.
Son un medio de resguardar los bienes más preciados que posee una persona, sin necesidad de declararlos en su individualidad, evitando tenerlos en su domicilio particular, donde existen menos medidas de seguridad que en un lugar montado especialmente, y blindado, para el depósito de bienes muebles.
Tener nuestros valores resguardados en las cajas de seguridad de los bancos, nos ofrece los siguientes beneficios:
• Salir de viaje con la tranquilidad de que no habrán desaparecido a nuestro regreso.
• Saber que están protegidos contra las inclemencias de la intemperie, contra descuidos o posibles extravíos en caso de que nos mudemos de casa.
• Protegerlos en caso de que seamos víctimas de algún desastre natural, como las inundaciones, los terremotos o un incendio.
• Mantenerlos lejos de las miradas de los curiosos que pudieran violar nuestra privacidad.
Los requisitos que hay que cumplir para gozar de todos estos beneficios son:
• Firmar el contrato del uso de la caja de seguridad con la entidad bancaria.
• Cumplir con el pago de la cuota requerida.
• Dejar asentadas las firmas de quienes podrán tener acceso a los valores de la caja.
• Algunos bancos solicitan que el cliente sea titular de una cuenta en su institución y tener, en su caso, determinada antigüedad con esa cuenta; además de mantener un saldo mínimo en ella.
• Entregar copias de algunos documentos de identificación en algunas instituciones bancarias solamente.
En el BANCO NACIONAL DE PANAMÁ existen algunas sucursales que poseen estas cajas de seguridad para su alquiler.
En la actualidad estas cajas de seguridad se alquilan a personas de trayectoria comprobada en la Institución.
Una vez entrevistado el cliente se le asigna una caja, la cual dependiendo de su tamaño se le asigna su valor anual, el cual el cliente debe pagar al momento de efectuar el contrato y este tendrá validez de un año, al igual que debe efectuar un deposito el cual se mantendrá restringido hasta que el cliente mantenga su cajilla alquilada.
En cuanto a costos y tamaños en pulgadas, la información es la siguiente:
Tipo A: 5 ¼ x 2 ½ x 22 B/. 24.00
Tipo B: 5 x 4 ½ x 24 B/. 26.00
Tipo C: 5 x 5 x 24 B/. 30.00
Tipo D: 10 x 4 ½ x 21 B/. 36.00
Tipo E: 10 x 5 x 21 B/. 42.00
Tipo F: 10 x 5 5/8 x 21½ B/. 48.00
Tipo G: 10 x 5/8 x 21 5/16 x 22 B/. 50.00
Tipo H: 10 x ½ x 10 x 21 B/. 54.00
Tipo I: 11 x ½ x 10 x 21 ½ B/. 58.00
Tipo J: 15 x 10 x 21 B/. 60.00
Tipo K: 17 x 5/8 x 12 7/8 x 17 7/8 B/. 66.00
Al precio de las Cajillas de Seguridad se les cobrará un impuesto en cumplimiento con lo establecido en el artículo 1057 del Código Fiscal, adicionado mediante Artículo 23 de la Ley 31 del 30 de Diciembre de 1991.
Se
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