LA HERENCIA.
Enviado por Santiago Arango • 27 de Julio de 2016 • Síntesis • 492 Palabras (2 Páginas) • 144 Visitas
Página 1 de 2
LA HERENCIA
- Proviene de hereditas, es el vocablo técnico para designar una parte o todo el patrimonio que pasa como conjunto del fallecido al sucesor ( al heres o heredes : heredero).
- En el derecho civil utilizaban hereditas,heres, heredes para referirse a la herencia, heredero, etc,( donde el pretor no puede hacer herederos), mientras que en el derecho honorario utilizaban bonorum possessio,posesor, bonoru possessores.( donde el pretor concebia la posesión de bienes del difunto a ciertos poseedores)
- El bonorum possessio es la misma hereditas del derecho civil, sin embargo en la segunda no se adquiere pleno derecho
- El bonorum possessio se concede de 3 maneras (según la sucesión)
- Cuando es la intestada
- Cuando es la testada
- Cuando la intestada esta contra el testamento
Delación de la herencia ( delatio)
- Es el llamamiento que hace la ley o testamento a una persona para ofrecerle una herencia o legado, la cual se hace al momento de fallecer el causante
- A l verificarse la delación y la aceptación de la herencia o legado los efectos se retrotraen al morir el causante para evitar solución de continuidad en las relaciones jurídicas. Desde el omento de delación se comienza a tener derechos de heredero o legatario.
- Fuentes de la delación son la ley o el testamento
- Si se fallece antes de repudiar o aceptar la herencia o legado pasa a los el derecho de aceptar o repudiar, y si se renuncia a la herencia no se ejerce ese derecho
Adquisición de la herencia
- Al ser una adquisición necesaria coincide con la delación pero al ser una adquisición voluntaria no.
- Adquisición necesaria: la ley dispone que alguien sea heredero sin importar su voluntad, el cual pertenece a los sui heredes (a la muerte del causante estaban sometidos a patria potestad y potestad marital) o a los heredes necessarii (esclavos que el amo hace libres y herederos por testamento). Estos no tiene posibilidad de renunciar o repudiar, tienen pleno derecho.
- Adquisición voluntaria: los que pertenecen a esos grupos gozan del derecho de opción. Son llamados heredes extranei o voluntarii
- Existen 3 modos de adquisición voluntaria:
- Cretio: aceptación expresa y solmene de la herencia ( solemnidad en una declaración oral)
- Herede gestio: aceptación tácita ( se deduce de hechos concluyentes)
- Aditio nuda voluntate: aceptación expresa pero no solemne
- Requisitos para aceptación son: existencia de la delación, rigurosa personalidad ( el acto no puede ser efectuado por representante del llamado) , libertad de condición o termino
Repudiación de la herencia
- Repudiar se refiere a no adquirir a herencia, la cual no está sujeta a ninguna formalidad
Herencia yacente
- A los herederos voluntarios puede ocurrir que medie un lapso entre la delación y la aceptación
- En ese lapso el patrimonio herencial carecerá de un titular aparentemente , por ello se dice que la herencia yace, se encuentra sin protección
...
Disponible sólo en Clubensayos.com