LA IMPORTANCIA DE LA METODOLOGIA PARA EL DERECHO
Enviado por sixvia • 8 de Junio de 2014 • 1.605 Palabras (7 Páginas) • 428 Visitas
*Portada
*Índice (incluir capítulos y apartados, (numerados o diferenciados por tamaño).
*Introducción
*Conclusiones (personales)
*Bibliografía
Mínimo 10 páginas, sin considerar portada, máximo 14. Letra Arial 12. Párrafo espacio (1.5).
PERSONA: Sujeto de derechos y obligaciones por referencia de todo individuo, así como entidades especialmente reconocidas.
Proviee del latin (personae), que significa “mascara”.
Todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. Todo individuo con capacidad jurídica, es decir con la aptitud de gozar de derechos y asumir obligaciones.
PERSONALIDAD: Manifestación de la persona, atributo reconocido por el derecho que empieza con el nacimiento, que es el momento que puede ser objeto de una protección jurídica independiente lo que corresponde a la madre.
DIFERENCIA ENTRE PERSONA Y PERSONALIDAD:
PERSONA: TODO SER CON ACTITUD JURIDICA.
PERSONALIDAD: ENVESTIDURA QUE CONFIERE DICHA ACTITUD.
CLASIFICACION DE LAS PERSONAS:
PERSONA FISICA CAPACIDAD
ESTADO CIVIL
PATRIMONIO
NOMBRE
DOMICILIO
NACIONALIDAD
NACIONALIDAD
CAPACIDAD
PERSONA MORAL PATRIMONIO
DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
DOMICILIO
PERSONA FISICA:
La constituye el nombre y también se le llama jurídica individual, es el sujeto que puede ser susceptible de tener facultades y deberes que puede intervenir en las relaciones jurídicas y ejercitar estos actos jurídicos.
-Constituye al ser humano por individual.
- Es el individuo (sea hombre o mujer) a quien la ley otorga derechos y confiere obligaciones.
*ATRIBUTOS DE LA PERSONA:
1.- Capacidad: Atributo más importante de las personas pues por medio de estas puede conocer cuando una persona puede actuar valida y eficazmente, en derecho y cuáles son los que determina la capacidad y nacimiento.
2.- Capacidad de goce: Aptitud para ser titulares de relaciones jurídicas, es decir , sujeto activo o pasivo de derechos y obligaciones.
*CARACTERISTICAS
Igual para todos los hombres.
Indivisible en el sentido de que no caben grados, lo acompaña desde el nacimiento hasta la muerte.
Inherente a la persona.
*CAPACIDAD DE EJERCICIO:
Aptitudes para relaciones jurídicas, es decir actuar válidamente por si un derecho, se adquiere con la mayoría de edad, si es que goza de salud mental.
*CARACTERISTICAS
Es diferente para los hombres.
Admite graduaciones.
Es sustituida por representación.
Es decir, es sujeto de derechos y obligaciones, en la mayoría de edad se adquiere a los 18 años.
*GRADOS DE CAPACIDAD DE EJERCICIO:
1. Cuando el ser concebido no ha nacido necesita la representación, para permitirle derechos patrimoniales como los legados, donaciones, herencias.
2.- Menores de edad, por necesidades de su protección, queda sometido hasta su mayoría de edad o emancipación, suma potestad, ya sea por patria potestad o tutela. Está sujeta a una dependencia en el ámbito personal y patrimonial.
3.- Mayores de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, mayoría de edad, representa la plena capacidad, es decir, mayor de 18 años, no capaz para todos los actos de la vida civil, salvo excepciones establecidas en cuerpos especiales.
*CAPACIDAD GENERAL:
Posibilidad General: Posibilidad de actuar válidamente con la totalidad de los actos jurídicos.
*CAPACIDAD ESPECIAL:
Es aquella en el que el ordenamiento exige en supuestos concretos atendiendo la especificación naturaleza de un acto sin que se entienda como incapaz que no podrá realizar con eficacia de una determinado acto jurídico.
Nota: La capacidad de GOCE se adquiere con el nacimiento en cuanto que por el simple hecho de existir es protegido por el derecho mexicano, mientras que la capacidad de ejercicio se adquiere con la mayoría de edad, podemos asumir obligaciones, entonces tenemos capacidad
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