LEY 256/1996
Enviado por mkinomoto123 • 12 de Mayo de 2015 • 429 Palabras (2 Páginas) • 377 Visitas
Ley 256 de 1996
(Enero 15)
Por la cual se dictan normas sobre competencia desleal.
El Régimen de Competencia contempla los actos de Competencia Desleal establecidos en la Ley 256 de 1996 que afecten o tengan impacto en el mercado:
• Actos de desviación de la clientela
• Actos de desorganización
• Actos de confusión
• Actos de engaño
• Actos de descrédito
• Actos de comparación
• Actos de imitación
• Explotación de la reputación ajena
• Violación de secretos
• Inducción a la ruptura contractual
• Violación de norma
• Pactos desleales de exclusividad
Estos artículos hablan sobre la conducta que tiene por objeto deteriorar la imagen y generar confusión en cuanto al acto mercantil que se ejerza en el mercado para sacar provecho de estas conductas indebidas.
Como lo dice la ley en su artículo 17 es muy innegable el hecho que se induzcan a los trabajadores, clientes y demás terceros a infringir los deberes contractuales básicos que han contraído con los competidores para así aprovechar estas ventajas y utilizarlas en contra de aquellos que se quieren perjudicar para nuestro propio bien.
Un ejemplo de competencia desleal sería el de claro publicado el 7 de junio del 2013:
Claro fue sancionado con 900 millones por competencia desleal
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), sancionó a Claro a pagar una multa de $908.891.312 a la Compañía Móvil (Tigo), tras encontrar que la empresa “incurrió en actos de competencia desleal de desviación de la clientela, engaño y violación de normas".
La conducta de competencia desleal consistió en que asesores comerciales de Claro ofrecían una promoción de un chip gratis de la misma compañía, bajo la condición de tener una línea con otro operador, solicitándole al usuario el número de dicha línea.
Al usuario le informaban que le iba a llegar un código de la promoción vía mensaje de texto, el cual debía ser informado al asesor, quien con ese código, que realmente era el NIP, efectuaba la portabilidad sin consentimiento del usuario, quien a los pocos días se enteraba que su número había sido portado a la red de Claro.
Según el fallo de la SIC, se declara que Comunicación Celular S.A. (Claro), incurrió en los actos de competencia desleal, de desviación de la clientela, engaño y violación de normas, lo que en consecuencia ordena el pago a favor de Colombia Móvil S.A., dentro de los 10 días siguientes a la ejecutoría de la providencia, más de 900 millones de pesos. Pasado este término, la parte opositora deberá reconocer intereses de mora, liquidados a la tasa del 6 por ciento anual.
De igual manera, se ordena la suspensión inmediata del comportamiento que dio lugar a la declaración de deslealtad
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