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LOS PILARES DE LA FRANQUICIA.


Enviado por   •  29 de Mayo de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.351 Palabras (6 Páginas)  •  421 Visitas

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NOMBRE: RICHARD SALVATIERRA

FECHA: 25/04/2016

CURSO: EMPRESAS 7

LOS PILARES DE LA FRANQUICIA

El franquiciador encontrara a través de sus franquiciados la oportunidad del crecimiento rápido de su enseña y además podrá hacerlo con capital externo.

Cuando un franquiciador pone a disposición de un franquiciado su estructura empresarial está haciendo una oferta de fortaleza comercial.

Sistema comercial está basado en seis pilares fundamentales de imprescindible cumplimiento por parte del franquiciador:

La honestidad, el éxito, la marca, el saber hacer, la formación, la asistencia permanente.

La honestidad del franquiciador tiene mucha vinculación con el segundo de los pilares mencionados, el éxito.

Bajo el régimen de una franquicia no debería ponerse en marcha ninguna oferta si esta no tuviera adecuadamente contrastado el éxito en el desarrollo de su explotación.

Marca: todo signo o medio que distinga o sirva para distinguir en el mercado productos o servicios de una persona de productos o servicios idénticos o similares de otra persona o empresa.

En la ley de marcas se establecen dos tipos de prohibiciones diferentes: las absolutas y las relativas.

El artículo 5 de esta ley contempla las características que podrán agrupar las prohibiciones absolutas.

El artículo 6 de la misma ley, es decir, las prohibiciones relativas, sin embargo, impiden el registro de signos distintivos idénticos o similares a otros anteriormente registrados con el fin de evitar el riesgo de error o asociación de marcas por el consumidor.

La duración del trámite del registro de una marca es variable, aunque con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común se establece que el plazo máximo para resolver la concesión de una marca será de 10 meses desde su solicitud, en el caso de las marcas que no hayan tenido suspenso de fondo y de 20 meses en caso contrario

La Oficina Española de Patentes y Marcas resolverá ese suspenso en caso de que la marca pudiese incurrir en cualquier de las prohibiciones de la ley.

Los pasos para el registro de una marca son básicamente las siguientes: la marca se solicita a la OEPM y en un plazo aproximadamente de tres meses aparecerá publicada en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, abriéndose a continuación un plazo de dos meses para que cualquier persona que considere que esa solicitud vulnera sus derechos presente a una oposición a su registro.

En caso que se hubiese presentado alguna oposición se procederá a su suspenso, caso contrario, resolverá la concesión del registro publicándolo en el BOPI correspondiente.

Si la marca es suspendida aparecerá en una publicación en el BOPI facilitando las causas y motivos del suspenso.

Una vez que la marca fuera concedida se recoge el título que tendrá validez inicial de diez años prorrogables tantas veces como el titular desee.

Si la marca fuera denegada, todavía podrá interponerse contra la resolución de la OEPM recurso de alzada y potestativo de reposición.

Las renovaciones lo son también por periodos de diez años.

Tan importante es la marca, dentro de este sistema comercial, que poder abrir una tienda con una marca conocida significara disponer desde un principio de infinidad de clientes a los que no habrá que explicar ni lo que somos ni como lo hacemos.

Sería muy importante para el franquiciado comprobar que la marca por la que está apostando está debidamente registrada a pesar de que la normativa actual obliga al franquiciado a demostrar que es propietario de su marca.

El “saber hacer” del franquiciador justificara por si solo la inversión del franquiciado en el negocio del franquiciador, certificando con ello la enorme importancia que para un inversor tiene la posibilidad del invertir sus recursos económicos en un negocio ya aprobado.

El valor de la experiencia del franquiciador aparece de forma insistente, incluso en la definición de know-how, como concepto esencial en los valores del franquiciador.

Son la formación, junto con la asistente permanente, los otros dos pilares sobre los que descansa el proteccionismo que el franquiciador mantiene con sus franquiciados, esa formación puede ser de dos tipos: inicial y permanente.

Llamaremos formación inicial a aquella que el franquiciador desarrolla con el franquiciado para la apertura de su unidad o tienda

La asistencia permanente asegurara que al franquiciado la debida cualificación  y actualización de los conocimientos de su personal durante toda la vida comercial de su franquicia.

El costo de esta formación será un paco exclusivo entre franquiciador y franquiciado y todo dependerá de los compromisos que entre ambos se pueda establecer

Tipos de franquicias existentes en el mercado.

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