La Sociedad Mercantil
Enviado por roisneilla151 • 17 de Noviembre de 2013 • 598 Palabras (3 Páginas) • 297 Visitas
Sociedad Mercantil
La sociedad mercantil es un contrato en el que dos o más personas se obligan a poner en comunes bienes y dinero o industria para realizar una actividad comercial.
Personalidad jurídica
Las sociedades mercantiles tienen personalidad jurídica; ellas constituyen personas jurídicas distintas de sus socios, sujetos de derecho, es decir, entes aptos para ser titulares de derechos o deberes jurídicos. Observe que en artículo 201 del Código de Comercio hay un párrafo que dispone.
Las compañías constituyen personas jurídicas distintas de las de los socios.
Estas personas jurídicas están regidas en la siguiente forma: por los convenios de los socios contenidos en el contrato de sociedad (documento constitutivo), por las disposiciones del Código de Comercio y del Código Civil, así como por las demás leyes de la República. Así se prevé en el Art. 200, tercer párrafo del Código de Comercio.
Efectos o consecuencias para la sociedad y estos son:
Se convierte la sociedad en sujeto de derechos y obligaciones.
Adquiere la sociedad un nombre propio o denominación
Adquiere un domicilio que permitirá determinar el juez competente para conocer de los litigios que puedan surgir
Necesita valerse la sociedad de personas físicas que le permitan conseguir sus fines
Escisión de responsabilidad de la sociedad y de los socios
Está sometido al estatuto jurídico del empresario.
Tipos de sociedades mercantiles
La Compañía en Nombre Colectivo:
Cuentas en Participación
Sociedad en Comandita:
Sociedades Anónimas (S.A. ó C.A):
Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.):
Las Sociedades Cooperativas:
Las Sociedades Extranjeras:
Clasificación de las sociedades mercantiles
Sociedad personalista:
Son aquellas que tienen su raíz o fundamento en lazos de confianza. Se caracterizan por ser sociedades en las que se tienen muy en cuenta las condiciones personales de los socios, son sociedades intuitu pecuniae.. En ellas el socio vale por lo que es y no por lo que aporta.
Sociedades capitalistas:
Sociedad capitalista por excelencia En estas sociedades mercantiles lo relevante de los socios no es el elemento personal, sino su aportación, son sociedades intuitu pecuniae. El socio se valora por lo que es capaz de aportar a la sociedad, por lo que son intrascendente sus condiciones personales. Los socios no tienen derecho a la gestión social, a esto se le denomina organicismo de terceros.
La sociedad en nombre colectivo:
Se forman teniendo como elementos fundamentales las relaciones personales entre los socios. Sus obligaciones comprometen íntegramente el patrimonio de cada
...