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La generación de energía en Chile


Enviado por   •  14 de Octubre de 2011  •  Informe  •  601 Palabras (3 Páginas)  •  567 Visitas

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El abastecimiento eléctrico a las compañías mineras del Norte Grande se ha convertido en uno de los asuntos relevantes dentro del proceso de planificación de la producción así como la disponibilidad de este insumo tan clave para la continuidad operacional, particularmente para CM Doña Inés de Collahuasi SCM ubicada a 3.800 msnm, y el impacto de esta en el cumplimiento de sus planes de expansión.

La generación de energía en Chile al cierre del mes de Mayo 2011 fue de 5.427 GWh. En el SING el 77% de la producción de energía eléctrica se realizó en base a carbón, sustituyendo la menor generación registrada en el período, con petcoke y gas. Para el total país, incluyendo autoproductores, la generación eléctrica por tipo fue la siguiente: generación térmica (excluido gas) 56,8%; generación hidráulica 22,9%; ciclo combinado 20,0% y eólica 0,3%, no existiendo antecedentes relevantes de aportes de origen fotovoltaico a la matriz de generación.

El SING generó en Mayo 2011 1.304 GWh, el SIC generó 3.761 GWh y otras fuentes 362 GWh.

El año 2008, en la región de Tarapacá el 64,8% de la energía generada fue consumida por la Minería del cobre y en la región de Antofagasta el 85,5% de la energía generada fue consumida por el mismo sector. Esto refleja que ante planes de expansión de las mineras de la región, lo que es inminente, la incidencia de estas en el consumo energético será realmente considerable.

A contar del año 2010, y conforme lo indicado en el proyecto de Ley Nº 20.257, la ley está enfocada a lograr con eficacia el objetivo que reemplaza la posibilidad que hoy tienen los propietarios de medios de generación con energías no convencionales a suministrar a las empresas concesionarias de distribución hasta el 5% de la demanda de dichas empresas, por una obligación de acreditar que se ha generado cierta cantidad de energía renovable no convencional, equivalente a un 5% de la energía retirada por las empresas eléctricas que comercializan energía en los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 MW, independientemente de si esa energía es comercializada con empresas distribuidoras o con clientes libres. Las empresas eléctricas obligadas en virtud de esta disposición, deberán acreditar anualmente que la cantidad de energía equivalente al 5% del total de las energías que comercializan, haya sido inyectada a los sistemas eléctricos por medios de generación renovables no convencionales, sean estos propios o contratados. La vigencia de la obligación está limitada a 20 años, contados desde el 1 de enero de 2010, pues la intención es dar un impulso inicial a las energías renovables no convencionales, luego del cual podrán continuar desarrollándose de manera natural en el mercado de generación eléctrica.

Por su parte la obligación de la Ley es que el año 2025 el 5% pase a ser un 10%,

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