La sociedad Alfa & Omega Ltda
Enviado por agustinubillo • 28 de Noviembre de 2021 • Apuntes • 865 Palabras (4 Páginas) • 547 Visitas
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Lea atentamente el siguiente caso, analice la información de acuerdo con los contenidos revisados en la semana y conteste las preguntas que se presentan a continuación:
La sociedad Alfa & Omega Ltda., tiene dos socios con igual participación (50 % cada uno): don Armando y don Fernando Arriagada. Su giro es comercializadora de repuestos de bicicletas y presenta los siguientes antecedentes para el año tributario 2021:
A. Ingresos del año comercial 2020 $
- Ingresos percibidos por ventas afectas al IVA 10.000.000
- Ingresos devengados por ventas afectas al IVA 19.500.000
- Ingresos devengados el año 2019, percibidos el 2020 8.200.000
- Venta de activo fijo (percibido, depreciado instantáneamente) 1.000.000
B. Egresos del año comercial 2020
- Remuneraciones pagadas en 2020 4.300.000
- Remuneraciones por pagar (diciembre de 2020) 650.000
-Facturas pagadas en 2020 3.800.000
- Facturas por pagar (adeudadas al 31.12.2020) 2.780.000
- Adquisición de activo fijo (máquina infladora de balones) 500.000
C. Otros datos
- Capital Efectivo de la sociedad UF 11.000
- Promedio de ventas últimos 3 años UF 2.400
- Los propietarios realizaron retiros por $ 1.000.000 mensuales
- Los PPM pagados son $ 96.750
- La empresa utilizará los siguientes créditos:
▪ 33 Bis Activo Fijo 6 % ▪ Sence 1 % = $ 49.500
Considerando lo anterior:
1. De acuerdo con los antecedentes presentados, indique si este contribuyente puede acogerse al régimen Pro-Pyme general.
2. Explique la forma en que un contribuyente acogido al régimen Pro-Pyme general puede llevar la contabilidad y los registros que debe realizar.
3. Calcule la Base Imponible de tributación para el caso presentado.
4. Calcule el Impuesto de Primera Categoría (IDPC) a pagar.
5. Indique cuáles son las declaraciones juradas que debe presentar este contribuyente.
DESARROLLO
1. De acuerdo con los antecedentes presentados, indique si este contribuyente puede acogerse al régimen Pro-Pyme general.
R:
Para empezar, debemos explicar los requisitos para acogerse a este régimen. Estos son:
- Pertenecer a la categoría de contribuyentes clasificados como Pyme
- Tributar en la Primera Categoría
- Al momento del inicio de actividades, en caso de ser a partir del 01 de enero de 2020, el capital efectivo declarado no podrá superar las UF 85.000
- Los contribuyentes que hayan iniciado actividades en una fecha previa a la entrada en vigor de este régimen, es decir, antes del 01 de enero de 2020 deben cumplir también un requisito relativo al máximo de ingresos, debiendo tener un promedio de ingresos del giro comercial, percibidos o devengados, de los últimos 3 años previos a la incorporación al régimen, no superior a UF 75 000. Cabe señalar que debe considerarse también los ingresos de los contribuyentes que sean relacionados
Con esta información podemos dar cuenta de los siguientes factores. Esta empresa tributa en Primera Categoría. Tienen un capital efectivo de solo 11.000 UF y su promedio de ventas en los últimos 3 años es de 2.400 UF, lejos de los 75.000 maximos que se exigen. Por ultimo, tiene solo dos socios, es una empresa limitada ocn giro por repuestos de bicicletas donde ambos socios tienen el mismo porcentaje de participación. Podemos catalogarla como Pyme. Dicho todo esto, podemos determinar que esta empresa SI puede acogerse el régimen Pro-Pyme General.
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