Las actas de las Asambleas deberán ser firmadas por el Presidente y el Secretario
Enviado por Araceli Felix • 17 de Agosto de 2017 • Apuntes • 4.262 Palabras (18 Páginas) • 290 Visitas
VIII.-
Las actas de las Asambleas deberán ser firmadas por el Presidente y el Secretario. - - - - - -
IX.-
Las resoluciones que sean tomadas fuera de asamblea, por unanimidad de los accionistas que representen la totalidad de las acciones con derecho a voto o de la categoría especial de acciones de que se trate en su caso, tendrán para todos los efectos legales, la misma validez que si hubieran sido adoptadas reunidos en asamblea general o especial, respectivamente, siempre que se confirmen por escrito y se ratifiquen dentro de los ocho días siguientes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO DECIMO.- El órgano de administración de la sociedad estará integrado por un Administrador Único o un Consejo de Administración. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO DECIMO PRIMERO.- El Consejo de Administración estará integrado por lo menos, por un presidente, un secretario y un vocal. En ningún caso podrá ser inferior a dos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- El Administrador Único o los miembros del Consejo de Administración durarán en su cargo hasta que se haga un nuevo nombramiento y los designados tomen posesión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO DECIMO TERCERO.- Los acuerdos sobre la administración de la sociedad, se deberán tomar por mayoría de los miembros del Consejo de Administración. Los asuntos de trámite o de poca trascendencia los despacharán los miembros del propio Consejo, según sus funciones y bajo su responsabilidad, debiendo dar cuenta del uso de esta facultad en la próxima reunión de Consejo
ARTICULO DECIMO CUARTO.- El Presidente y Secretario del Consejo de Administración serán las personas que designe la Asamblea de Accionistas y en su defecto, fungirán como tales el primero y segundo designados al nombrarse el Consejo de Administración - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO DECIMO QUINTO.- De cada sesión de Consejo de Administración se levantará un acta, en la que se hará constar la lista de consejeros que asistieron, los asuntos que trataron, el desarrollo de los mismos y deberá ser firmada por quienes hayan actuado como Presidente y Secretario en dicha sesión de Consejo. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO DECIMO SEXTO.- Las resoluciones que sean tomadas fuera de sesión por unanimidad de los consejeros, tendrán para todos los efectos legales, la misma validez que si hubieran sido adoptadas reunidos en sesión, siempre que se confirmen por escrito y se ratifiquen dentro de los ocho días siguientes . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO DECIMO SÉPTIMO.- El Consejo de Administración o el Administrador Único, tendrá las más amplias facultades para realizar el objeto social, por lo que enunciativa y no limitativamente gozará de las siguientes facultades : - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
I.- Poder general para pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y aún con las especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial, en los términos del párrafo primero del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal, en concordancia con los artículos once, seiscientos noventa y dos fracciones segunda y tercera, setecientos trece, setecientos ochenta y seis segundo párrafo, y ochocientos setenta y seis fracciones primera, segunda, quinta y sexta de la Ley Federal del Trabajo, promoviendo, conciliando y contestando toda clase de demandas o de asuntos y seguirlos en todos sus trámites, instancias e incidentes hasta su final decisión, conformarse o inconformarse
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con las resoluciones de las autoridades según lo estime conveniente, así como interponer los recursos legales precedentes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - De manera enunciativa y no limitativa se mencionan entre otras facultades las siguientes : - -
- Para intentar y desistirse de toda clase de procedimientos, inclusive amparo . - - - - -
- Transigir. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- Para absolver y articular posiciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- Para hacer cesión de bienes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- Para recibir pagos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- Para presentar denuncias y querellas en materia penal y para desistirse de ellas
Cuando lo permita la ley. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
II.- Poder general para actos de administración en los términos del párrafo segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal.
III.- Poder general para actos de dominio, de acuerdo con el párrafo tercero del mismo artículo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
IV.- Poder para otorgar y suscribir títulos de crédito, en los términos del artículo noveno de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
V.- Facultad para designar al Director General, a los Gerentes, Sub-Gerentes y demás factores o empleados de la sociedad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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