Ley Aduanera Y Fundamento Legal De Comercio Exterior
Enviado por MarcoAntonioCarr • 28 de Septiembre de 2014 • 3.294 Palabras (14 Páginas) • 2.689 Visitas
FUNDAMENTO LEGAL DE COMERCIO EXTERIOR.
El fundamento legal de comercio exterior se encuentra en el Artículo No. 131 de la Constitución Mexicana.
Artículo 131. Es facultad privativa de la Federación gravar las mercancías que se importen o exporten, o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo y aún prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la República de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia; pero sin que la misma Federación pueda establecer, ni dictar, en el Distrito Federal, los impuestos y leyes que expresan las fracciones VI y VII del artículo 117.
El Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquiera otro propósito, en beneficio del país. El propio Ejecutivo al enviar al Congreso el Presupuesto Fiscal de cada año, someterá a su aprobación el uso que hubiese hecho de la facultad concedida.
SECCIONES DE LA LEY.
DISPOSICIONES GENERALES.
CONTROL DE ADUANA EN EL DESPACHO.
CONTRIBUCIONES CUOTAS COMPENSATORIAS Y DEMAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS.
REGIMENES ADUANEROS.
FRANJA Y REGION FRONTERIZA.
ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL Y AUTORIDADES FISCALES.
AGENTES, APODERADOS ADUANALES Y DICTAMENES ADUANEROS.
INFRACCIONES Y SANCIONES.
RECURSOS ADMINISTRATIVOS.
LEY ADUANERA
D E C R E T O
"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE EXPIDEN NUEVAS LEYES FISCALES Y SE MODIFICAN OTRAS
Artículo Primero. ..........
Artículo Segundo. Se expide la siguiente:
Ley Aduanera
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo I
Del ámbito de aplicación y principios generales
Denominación del Capítulo reformada DOF 09-12-2013
ARTICULO 1o.- Esta Ley, las de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y las demás leyes y ordenamientos aplicables, regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de éste o de dicha entrada o salida de mercancías. El Código Fiscal de la Federación se aplicará supletoriamente a lo dispuesto en esta Ley.
Párrafo reformado DOF 30-12-1996
Están obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introducen mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean sus propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualesquiera personas que tengan intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o en los hechos o actos mencionados en el párrafo anterior.
Las disposiciones de las leyes señaladas en el párrafo primero se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados de que México sea Parte y estén en vigor.
Párrafo reformado DOF 09-12-2013
ARTICULO 2o. Para los efectos de esta Ley se considera:
I. Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
lI. Autoridad o autoridades aduaneras, las que de acuerdo con el Reglamento Interior de la Secretaría y demás disposiciones aplicables, tienen competencia para ejercer las facultades que esta Ley establece.
lll. Mercancías, los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular.
lV. Residentes en territorio nacional, además de los señalados en el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas o morales residentes en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes o bases fijas en el país, siempre que reúnan los requisitos que señala la Ley del Impuesto sobre la Renta para ser establecimiento permanente o base fija y las personas físicas que obtengan ingresos por salarios de un residente en territorio nacional.
V. Impuestos al comercio exterior, los impuestos generales de importación y de exportación conforme a las tarifas de las leyes respectivas.
VI. Reglamento, el Reglamento de esta Ley.
VII. Reglas, las de carácter general que emita la Secretaría.
VIII. Mecanismo de selección automatizado, el mecanismo que determinará si las mercancías se someterán a reconocimiento aduanero.
Fracción adicionada DOF 31-12-1998. Reformada DOF 09-12-2013
IX. Programa de devolución de aranceles, el régimen de importación definitiva de mercancías para su posterior exportación.
Fracción adicionada DOF 31-12-2000
X. Programas de diferimiento de aranceles, los regímenes de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal; y de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
Fracción adicionada DOF 31-12-2000
XI. Mermas, los efectos que se consumen o pierden en el desarrollo de los procesos productivos y cuya integración al producto no pueda comprobarse.
Fracción adicionada DOF 30-12-2002
XII. Desperdicios, los residuos de las mercancías después del proceso al que sean sometidas; los envases y materiales de empaque que se hubieran importado como un todo con las mercancías importadas temporalmente; así como aquellas que se encuentren rotas, desgastadas, obsoletas o inutilizables y las que no puedan ser utilizadas para el fin con el que fueron importadas temporalmente.
Fracción adicionada DOF 30-12-2002
XIII. Documento electrónico, todo mensaje que contiene información escrita en datos, generada, transmitida, presentada, recibida o archivada por medios electrónicos.
Fracción adicionada DOF 09-12-2013
XIV. Documento digital, todo mensaje que contiene información por reproducción electrónica de documentos escritos o impresos, transmitida, presentada, recibida o archivada por medios electrónicos.
Fracción adicionada
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