Ley ISR, PEPS, UEPS
Enviado por vicios • 27 de Marzo de 2012 • 550 Palabras (3 Páginas) • 2.020 Visitas
Ley del ISR
Contabilidad de Costos
El impuesto sobre la renta es directo, es decir, se establece directamente hacia la persona que pagará el tributo. Gravará ingresos, utilidad y propiedad. Los sujetos de la LISR serán: personas físicas y personas morales.
Pero en especifico el que nos demuestra las principales técnicas de evaluación de inventarios aceptables para efectos fiscales, se encuentra incluido en el articulo 45 que dice que os contribuyentes, podrán elegir cualquiera de los métodos de valuación de inventarios que deseen de las siguientes:
• Primeras entradas primeras salidas (PEPS).
• Últimas entradas primeras salidas (UEPS).
• Costo identificado.
• Costo promedio.
• Detallista.
Cuando se elija utilizar alguno de los métodos a que se refieren las fracciones I y II, se deberá llevar por cada tipo de mercancías de manera individual, sin que se pueda llevar en forma monetaria. En los términos que establezca el Reglamento de esta Ley se podrán establecer facilidades para no identificar los porcentajes de deducción del costo respecto de las compras por cada tipo de mercancías de manera individual.
Los contribuyentes que enajenen mercancías que se puedan identificar por número de serie y su costo exceda de $50,000.00, únicamente deberán emplear el método de costo identificado. Tratándose de contribuyentes que opten por emplear el método detallista deberán valuar sus inventarios al precio de venta disminuido con el margen de utilidad bruta que tengan en el ejercicio conforme al procedimiento que se establezca en el Reglamento de esta Ley. La opción a que se refiere este párrafo no libera a los contribuyentes de la obligación de llevar el sistema de control de inventarios a que se refiere la fracción XVIII del artículo 86 de esta Ley. La cual dice que al llevar un control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate, conforme al sistema de inventarios perpetuos. Los contribuyentes podrán incorporar variaciones al sistema señalado en esta fracción, siempre
que cumplan con los requisitos que se establezcan mediante reglas de carácter general. Los contribuyentes que opten por valuar sus inventarios de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 45-G de esta Ley, deberán llevar un registro de los factores utilizados para fijar los márgenes de utilidad bruta aplicados para determinar el costo de lo vendido durante el ejercicio, identificando los artículos homogéneos por grupos o departamentos con los márgenes de utilidad aplicados a cada uno de ellos. El registro a que se refiere este párrafo se deberá tener a disposición de las autoridades fiscales durante el plazo establecido en el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación.
Una vez elegido el método en los términos
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