Lo que hay que hacer para iniciar su propio negocio
Enviado por hugomanmar • 23 de Febrero de 2012 • Ensayo • 545 Palabras (3 Páginas) • 865 Visitas
PYME
Si está pensando en poner en funcionamiento un negocio usted puede elegir entre dos formas de hacerlo:
• Como persona natural.
• Conformando una empresa como persona jurídica.
La Persona Natural que inicia un negocio como una bodega, librería, ferretería, restaurante, etc. están formando una empresa unipersonal. Este tipo de empresa funciona con un dueño, quien es el responsable de su manejo. Además puede tener trabajadores a su cargo.
Para iniciar su actividad usted no necesita de minuta ni escritura pública.
Las empresas unipersonales al comenzar sus operaciones y realizar actividades económicas lucrativas van a generar ingresos que - de acuerdo con la Ley - se consideran rentas de tercera categoría.
Trámites para que una persona natural pueda iniciar su negocio
Inscribirse en el Registro Unico de Contribuyentes
El RUC es el número que lo identifica como contribuyente. Para obtenerlo sólo tiene que acercarse personalmente, a las oficinas de Plaza SUNAT, Centro Cívico o Centros de Servicios - en Lima y en provincias, a las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de su localidad.
Solicitar autorización para imprimir comprobantes de pago
Con el documento que acredita su número del RUC, debe solicitar la autorización para imprimir sus comprobantes de pago en las mismas oficinas de la SUNAT.
• Si se encuentra en el Régimen Único Simplificado debe solicitar autorización de impresión boletas de venta, boletos de transporte urbano y/o tickets que no dan derecho a crédito fiscal ni permiten sustentar gasto o costo, presentando los Formularios N° 806, N° 816, si el trámite se realiza en una imprenta conectada con la SUNAT a través del Sistema de Operaciones en Línea, o N° 809 ( si utiliza máquinas registradoras).
• Si está comprendido en el Régimen Especial o el Régimen General, puede solicitar autorización para emitir facturas, boletas de venta, tickets o cintas de máquina registradora y liquidaciones de compra, según la naturaleza de su actividad, presentando los Formularios N° 806, N° 816, si el trámite se realiza en una imprenta conectada con la SUNAT a través del Sistema de Operaciones en Línea, o Formulario N° 809 (si utiliza máquinas registradoras).
Llevar libros de contabilidad
• Régimen Único Simplificado.- No existe la obligación de llevar libros de contabilidad, pero deben tener ordenados los comprobantes de pago que sustentan el crédito deducible.
• Régimen Especial- Llevarán Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos.
• Régimen General.- Llevarán Libro de Ingresos y Gastos, y de Inventarios y Balances. Además por estar sujetos al Impuesto General a las Ventas (IGV) deberán contar con un Registro de Compras y un Registro de Ventas e Ingresos.Si presume que sus ingresos superarán las 100
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