Los Derechos Económicos Alcance Y Limitaciones
Enviado por emilyjt17 • 31 de Enero de 2016 • Tarea • 1.498 Palabras (6 Páginas) • 247 Visitas
Los Derechos Económicos Alcance Y Limitaciones
El derecho Económico: Es la ciencia jurídica que estudia la acción política y financiera del país, incluyendo el manejo de la banca en general, son ciencias prevalentes en el La hacienda pública, el derecho privado, el derecho civil, y el derecho constitucional. También se puede definir el Derecho Económico como el conjunto de estructuras, valores, normas, procedimientos, medidas técnicas y jurídicas de la economía organizada, del desarrollo económico y social de un país, que formula el Estado para la realización y dirección de su política económica.
La Constitución Bolivariana establece un conjunto de Derechos Económicos, orientados hacia la persona humana, es decir, a salvaguardar tales Derechos en función del ciudadano. El Derecho Económico en Venezuela tiene su fundamento en la propia Constitución, cuando esta carta magna otorga al Estado la facultad de planificar, racionalizar y fomentar la producción económica con la finalidad de impulsar el desarrollo económico del país.
De manera que el Estado promoverá el desarrollo económico y la diversificación de la producción, con el fin de crear nuevas fuentes de riqueza, aumentar el nivel de ingresos de la población y fortalecer la soberanía económica del país. El Derecho Económico puede ser de tres tipos:
1. Derecho Económico Interno: Es aquel que regula las relaciones económicas en el territorio nacional, para venezolanos y extranjeros.
2. Derecho Económico Regional: Se trata de asociaciones regionales que van más allá de lo económico, pero que contienen fuertemente este factor, como lo es MERCOSUR.
3. Derecho Económico Internacional: Se analiza la función y competencia de organismos internacionales y por otro lado se estudia este verdadero y nuevo compendio de normas jurídicas que surgen en los tratados de libre comercio.
El Derecho Económico tiene como características principales el ser Dinámico: motivado a que su eficacia jurídica depende de las relaciones sociales a las que se aplica, las cuales cambian conforme cada coyuntura económica o política. Ser Complejo: debido a las diferentes actividades que abarcan las diversas formas del movimiento económico. Es Finalista: en virtud de que se ha concebido principalmente como un elemento destinado a equilibrar los intereses públicos y privados.
Consecutivamente se caracteriza por ser Instrumental: debido a que para la consecución de sus fines, requiere del servicio de herramientas técnicas propias de varias disciplinas. Y por último es Especializado: pues como rama autónoma del Derecho, el Derecho Económico asume el encauzar un grupo específico de relaciones sociales, mismas que constituyen su objeto y que son tratados insuficientemente o no son considerados por el resto del Derecho.
Los Derechos Económicos, si bien no deben ser condicionados en cuanto a su ejercicio, pero están sujetos a límites, explícitos o no, estos derechos se tratan de atributos que jamás tienen alcance absoluto, pues si lo tuvieran se convertirían en prerrogativas típicas de un déspota que obra, con rasgos ilícitos o abusivos.
Es así que el ejercicio de los Derechos Económicos se encuentra restringido por determinadas exigencias propias de la vida en sociedad, por lo que reconocer, que los Derechos están sujetos a limitaciones no significa restar a estas facultades menor relevancia en el ordenamiento jurídico.
Derechos De Los Pueblos Indígenas
Antes de la constitución del año 1999 no existían los pueblos indígenas en Venezuela, en el marco jurídico, por lo que sea ido remontando el imaginario del pueblo venezolano para hacer visible la existencia de los pueblos indígenas. Entonces la inclusión en la constitución de los derechos de los pueblos indígenas hace que haya el interés dentro del espacio del gobierno. Con la llegada de la constitución bolivariana se empiezan a discutir los derechos de los pueblos indígenas y se reconocen 10 estados con población indígena que aún tienen sus territorios ancestrales.
En la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela entra en vigencia el día jueves 30 de diciembre de 1999 según Gaceta Oficial N° 36.860, el reconocimiento a la igualdad de todos los venezolanos, sin discriminación ni subordinación alguna, donde se plantea la unidad en la diversidad, exigiendo a la raza indígena que se les reconozcan sus derechos específicos como naciones distintas, ya que han sido abandonados deliberadamente por quienes han detentado el poder económico y político de éste país.
Nuestra constitución se caracteriza por ser pionera en el reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Indígenas, ninguna Constitución en América y en el resto del mundo integra y reconoce los derechos inherentes a las poblaciones propias de los países de la forma como lo hace esta Constitución en el Capítulo VIII del Título III donde los Derechos de un grupo humano heterogéneo de etnias son reconocidos siendo estos grupos de gran significación para nuestro país Venezuela.
Los Derechos Civiles
...