Los Organismos Rectores Del Comercio Internacional
Enviado por aquesupin • 20 de Febrero de 2013 • 2.708 Palabras (11 Páginas) • 3.403 Visitas
INTRODUCCIÓN:
Realizamos este trabajo para poder tener un amplio panorama sobre los organismos internacionales que rigen el comercio internacional, y que nos hablan de sus funciones, acciones y el papel que tienen en el aspecto internacional.
Nosotros como futuros Licenciados en Negocios Internacionales tenemos que conocer cada función de estos organismos y ver en que nos benefician o bien perjudican al momento de realizar una operación de comercio exterior.
Conocer las reglas y normas, así como saber quiénes son miembros de estos organismos nos abrirá paso a hacer negociaciones más exactas y fundamentadas, y poder así concluir nuestras operaciones con éxito.
Así que por el momento mostramos un breve resumen sobre las funciones de estos organismos, y conocer más a fondo el papel que juegan en el comercio exterior.
3.1. La cámara de comercio internacional.
La Cámara de Comercio Internacional es la organización empresarial que representa mundialmente intereses empresariales. Se constituyó en París en 1919 y continúa teniendo su sede social en la capital francesa.
Tiene personalidad propia y su naturaleza jurídica es asociativa.
Sus fines estatutarios básicos son actuar a favor de un sistema de comercio e inversiones abierto y crear instrumentos que lo faciliten, con la firme convicción de que las relaciones económicas internacionales conducen a una prosperidad general y a la paz entre los países.
Los miembros de la CCI son empresas que efectúan transacciones internacionales y también organizaciones empresariales, entre ellas muchas Cámaras de Comercio. En la actualidad los miles de empresas que agrupa proceden de más de 130 países y se organizan como Comités Nacionales en más de 90 de ellos.
Dentro de su actividad creando instrumentos que faciliten el comercio y las inversiones internacionales, destacan la Corte Internacional de Arbitraje, la recopilación y actualización de usos comerciales internacionales (Incoterms, Reglas y Usos uniformes relativos a los créditos documentarios, etc.) y la elaboración de reglas y códigos de conducta sobre muchos aspectos de la actividad empresarial internacional (Carta de las Empresas para un Desarrollo Sostenido, Código de prácticas legales en publicidad, Código de buenas prácticas para la elaboración de estudios de mercado, Reglas contra la extorsión y el cohecho en las transacciones internacionales, Guía para el comercio electrónico, etc.)
3.2. La conferencia de la ONU para el comercio y el desarrollo (UNTAD).
Es el órgano principal de la Asamblea General en la esfera del comercio y el desarrollo. Fue establecido en 1964, con el mandato de acelerar el desarrollo comercial y económico, haciendo especial énfasis en los países en desarrollo.
La UNCTAD coordina el tratamiento integrado del desarrollo y otras cuestiones afines en los sectores de comercio, finanzas tecnología, inversión y desarrollo sostenible. Asimismo, busca ampliar las oportunidades de comercio, inversión y desarrollo en los países en desarrollo, además de ayudarlos a resolver los problemas derivados de la mundialización y a integrarse en la economía global en igualdad de condiciones.
La UNCTAD cumple su mandato a través de:
• El análisis de políticas
• Las deliberaciones intergubernamentales
• La búsqueda del consenso y la negociación
• El control, la ejecución y el seguimiento
• La cooperación técnica
La UNCTAD está integrada por 190 Estados Miembros que se reúnen cada cuatro años en una Conferencia, la cual es su órgano supremo. La décima Conferencia tuvo lugar en el 2000 en Bangkok. Su presupuesto operacional anual, que es con cargo al presupuesto ordinario de la ONU, es de aproximadamente 50 millones de dólares, mientras que las actividades de cooperación técnica elevan su presupuesto a 24 millones de dólares obtenidos de fuentes extrapresupuestarias. En la UNCTAD trabajan 394 personas.
3.3. La comisión de las naciones unidas para el estudio del derecho mercantil internacional (CNUDMI).
Principal órgano jurídico del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional. Órgano jurídico de composición universal, dedicado a la reforma de la legislación mercantil a nivel mundial durante más de 40 años. La función de la CNUDMI consiste en modernizar y armonizar las reglas del comercio internacional.
El comercio acelera el crecimiento, mejora el nivel de vida, crea nuevas oportunidades. Con el objetivo de incrementar estas oportunidades en todo el mundo, la CNUDMI formula normas modernas, equitativas y armonizadas para regular las operaciones comerciales. Sus actividades son principalmente las siguientes:
• La elaboración de convenios, leyes modelo y normas aceptables a escala mundial
• La preparación de guías jurídicas y legislativas y la formulación de recomendaciones de gran práctico
• La presentación de información actualizada sobre jurisprudencia referente a los instrumentos y normas de derecho mercantil uniforme y sobre su incorporación al derecho interno
• La prestación de asistencia técnica en proyectos de reforma de la legislación
• La organización de seminarios regionales y nacionales sobre derecho mercantil uniforme.
3.3 Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI)
Desde su creación en 1963 (comenzó a operar en 1966) la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional dedicó sus esfuerzos a la unificación del derecho comercial internacional a través de la preparación de instrumentos legislativos y no legislativos, diseñados para asistir a la comunidad internacional en la modernización y armonización de esta materia.
Este organismo multilateral está integrado por 36 Estados de todos los continentes con distintos niveles de desarrollo y sistemas jurídicos. Desde su sede de Viena, donde fue trasladada a fines de los años setenta, sentó las bases del arbitraje comercial moderno a través de su "Reglamento de arbitraje" (1976), la "Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional" (1985) y las "Notas sobre la organización del proceso arbitral" (1996).
La Comisión es un órgano de las Naciones Unidas dependiente de la Asamblea General. Tiene a su cargo el seguimiento y el estudio de la implementación de la Convención de Nueva York de 1958, ratificada por 128 países y uno de los instrumentos más exitosos producidos por Naciones Unidas.
Dirige la División de Derecho Mercantil Internacional su Director, que responde ante el Asesor Jurídico.
Las funciones principales de la División son las siguientes:
a) Prestar servicios
...