Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos
Enviado por ludgiuly • 29 de Junio de 2017 • Práctica o problema • 539 Palabras (3 Páginas) • 292 Visitas
Detallar por que se da el finiquito y en que artículo de la ley se basa.
Se conoce como finiquito al pago que un Patrón hace a un trabajador que renuncia o tiene contrato determinado y no tiene derecho a la liquidación o indemnización; para el pago de finiquito se consideran los siguientes conceptos:
Aguinaldo
Artículo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
Prima Vacacional
Artículo 71. En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.
Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Vacaciones
Artículo 76. Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones se aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
- Ejemplificar en dos casos, cual seria el finiquito de una persona que laboro todo el año y una persona que laboro dos meses.
EJEMPLO 1 | EJEMPLO 2 | |||||
SUELDO MENSUAL | 8,000.00 | SUELDO MENSUAL | 8,000.00 | |||
SUELDO DIARIO | 266.67 | SUELDO DIARIO | 266.67 | |||
FECHA INGRESO | 01/01/2016 | FECHA INGRESO | 01/11/2016 | |||
FECHA BAJA | 31/12/2016 | FECHA BAJA | 31/12/2016 | |||
DIAS LABORADOS | 365 | DIAS LABORADOS | 61 | |||
PRESTACIONES DE LEY | PRESTACIONES DE LEY | |||||
AGUINALDO | 15 DIAS | AGUINALDO | 15 DIAS | |||
VACACIONES | 6 DIAS | VACACIONES | 6 DIAS | |||
PRIMA VACACIONAL | 25% | PRIMA VACACIONAL | 25% | |||
FINIQUITO | FINIQUITO | |||||
PERCEPCIONES | DIAS | IMPORTE | PERCEPCIONES | DIAS | IMPORTE | |
AGUINALDO | 15 | 4,000.00 | AGUINALDO | 2.51 | 668.49 | |
VACACIONES | 6 | 1,600.00 | VACACIONES | 1.00 | 267.40 | |
PRIMA VACACIONAL | 6 | 400.00 | PRIMA VACACIONAL | 1.00 | 66.85 | |
TOTAL FINIQUITO | 6,000.00 | TOTAL FINIQUITO | 1,002.74 |
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