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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES


Enviado por   •  29 de Junio de 2021  •  Documentos de Investigación  •  1.324 Palabras (6 Páginas)  •  108 Visitas

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Código: MAN-3425-MOF

Gerencia General.v06

Estado:

Vigente

Versión: 06

Macroproceso:

Control

Proceso:

Control Documentario

Fecha de aprobación: 00/00/2018

Página  de

  1. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA GERENCIA GENERAL

ORGANIGRAMA [pic 2]

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OBJETIVO

Trabajar por un mundo con menos preocupaciones y llegar a hacer de Rimac una empresa socialmente responsable, centrada en el cliente y de clase mundial, líder nacional en Seguros y Salud.

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Las funciones de la Gerencia General se presentan en la descripción del puesto del Gerente General:

PUESTO: Gerente General

OBJETIVO:

Liderar la compañía para la consecución del plan estratégico de la misma, representarla ante autoridades e instituciones (stakeholders) y establecer relaciones con clientes corporativos.

REPORTES

Reporta a:

Directorio

Supervisa a:

  • Vicepresidente Ejecutivo de la División de Gestión y Desarrollo Humano
  • Vicepresidente Ejecutivo de Finanzas y Control de Riesgos
  • Vicepresidente Ejecutivo de Operaciones y Tecnología
  • Vicepresidente Ejecutivo de la División de Inversiones y Pensiones
  • Vicepresidente Ejecutivo de la División de Seguros Empresariales
  • Vicepresidente Ejecutivo de la División de Seguros, Personas y Marketing
  • Vicepresidente de Riesgos Humanos
  • Vicepresidente Ejecutivo de la División Legal y Regulación
  • Secretaría de Gerencia

FUNCIONES y RESPONSABILIDADES:

  • Definir y gestionar la visión, misión, objetivos y estrategia de la Compañía, en especial liderando la formulación del plan estratégico.
  • Gestionar la organización, asignación de recursos y control, alineados a los objetivos y estrategia de la Compañía.
  • Controlar la ejecución del plan estratégico y de los planes operativos de la compañía, mediante los comités que para dicho fin se organicen.
  • Gestionar las relaciones de alto nivel, estableciendo compromisos, acuerdos y negocios alineados a las estrategias de la Compañía.
  • Dirigir la gestión económica financiera de las operaciones de la Compañía.
  • Brindar apoyo a los requerimientos y necesidades de índole administrativa a la Unidad de Auditoría Interna.

Por Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos (Resolución SBS 272-2017)

  • Implementar la Gestión Integral de Riesgos conforme a las disposiciones del Directorio, además de las responsabilidades dadas por otras normas.
  • Asegurar que las actividades de la empresa sean consistentes con la estrategia del negocio, el sistema de apetito por el riesgo, la cultura y valores corporativos, una adecuada conducta de mercado, y las políticas aprobadas por el directorio; así como de informar al directorio de manera periódica los resultados de dicho aseguramiento.
  • Informar al directorio respecto a nuevos productos y, en general, sobre iniciativas gerenciales relevantes (cambios de sistemas, procesos, modelos de negocios, inversiones sustanciales, etc.), que puedan tener un impacto material en el perfil de riesgo de la empresa.
  • Informar al Directorio sobre las operaciones con partes vinculadas.
  • Delegar funciones al personal de la empresa y velar por su cumplimiento.
  • Implementar las medidas que sean necesarias para que la empresa cuente con una adecuada conducta de mercado.
  • La veracidad de la información que proporcione al directorio y a la junta general de accionistas.

Por Reglamento de Gestión Actuarial para Empresas de Seguros (Resolución SBS 3863-2016)

  • Implementar la gestión actuarial conforme a las disposiciones aprobadas por el Directorio y las normas vigentes.

Por Reglamento de las Inversiones de las Empresas de Seguros (Resolución SBS 1041-2016)

  • Implementar las disposiciones aprobadas por el Directorio relacionadas al Reglamento de Inversiones.

Por Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (Resolución SBS 2660-2015)

  • Implementar el sistema de prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo conforme a la regulación vigente

Por Estatutos:

  • Administrar la sociedad, según las facultades que para tal efecto le otorga el Estatuto o aquellos concedidos por el Directorio.
  • Representar a la sociedad, con las facultades generales y especiales previstas en el Código Procesal Civil.
  • Celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social.
  • Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Directorio, salvo que éste acuerde sesionar de manera reservada.
  • Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones de la Junta General, salvo que ésta decida en contrario.
  • Expedir constancias y certificaciones respecto del contenido de los libros y registros de la sociedad.
  • Actuar como secretario de las Juntas de Accionistas y del Directorio. Corresponde al Art. 6 del Estatuto
  • Usar el sello de la sociedad, expedir y cursar la correspondencia epistolar, así como cuidar que la contabilidad se encuentre al día.
  • Gestionar se conserve los libros y documentos, con arreglo a ley.
  • Informar al Directorio, cuando menos trimestralmente, sobre la marcha económica de la sociedad, contrastando esa información con la correspondiente al trimestre anterior y con las metas previstas para el período.
  • Dar cuenta al Directorio del estado de los negocios sociales, cada vez que éste así lo solicite; y presentar, en tiempo oportuno el balance general y la cuenta de ganancias y pérdidas de cada ejercicio y los datos necesarios para la redacción de la memoria.
  • Poner en conocimiento del Directorio, en la primera oportunidad en que éste se reúna, toda comunicación que la SBS. dirija a la sociedad, en referencia a una disposición o investigación practicada, o que contenga recomendaciones sobre los negocios sociales.        
  • Informar al Directorio en cada sesión ordinaria y por escrito, de todos los créditos y garantías que a partir de la sesión precedente se hubiera otorgado a cada cliente, así como de las inversiones y ventas efectuadas, cuando en uno u otro caso se exceda el límite que establezca la SBS.
  • Ejercer las demás funciones que la ley señale y las que el Directorio le encomiende.

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